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e TA LI idACTA AAA ERA .. A AI > anita bl eri Az A eS Pz Se a E a RR coacis A o e « 600 Tnesable concedida la ne vw alsi fiempre le ha de negar perque es talla, ¿omo queda ca todo clte papel deciaradk5 pues el dercchoque á ello tienen los Padres Obier- vantes, lesproviebe de lo dicho en el numero antecedente, fégun la declaracion de la Rota. Hafia aqii dicho P.Truxillos mayor de 2 Te difcurto, RESPVESTA. 225 ' Nb eltraño yo en clte punto; que €l Padie Truxiilo quiera conftituirfe , y le confti- tuya Macítro de los Padres Obfezvantes , aun con aver entre eltos , copo losay, muchos mi« - ilares de ellos , de quieñes pudiera [er difci- palo el dicho. P.y contentaríc ron ele grado.Lo que eltraño es, que aya Macftros, y aguno de los. muy dotos de elta Provincia ) que por fa- car vn ojo ini Religioní que nó podra cónfe- guir ) fobre lacar de camino 4 la fuya dos,quis- ran alitaríe, y le atiften por difcipúlos de *di- cho Padre, y dela dicha doctrina, tan falfa, como hemos vita. Efto 1, buelvo A dezir,. que lo eltraño.; y lo eltrañó mas, quando lo miro dlastuzes de inconfequencia , cón loque fiema pre ha prerendido , pleyteado , y vencido lu teligiola Familia, como le ponderara en fu debido lugar.Pero dex23mos elto , Y vamosá la refpuelta, 225 Refpondo, pues , 2 dicho Truxillo, que la mayor no. puede negarfe racionalmerte, Lo va), porque el Derecho Natural , que tie. nen d dar el Habito 4 los Seculares los Frayles Menores , es tán manificita; que folo quien ten- ga enmarañadas las entenderas, dexará de con. felfarlo. Y lo otro , porque las conceÍsiones Pontificias que conceden lo dicho á los Fray les Menores y fon tan expre(fas , que mis pare. cen explicaciones de el Derecho Coínun ,y Na. tural , y preceptos 4 queeftin obligados obe= decer los Erayles Meñores, que Privilegios cor. cedidos á los dichos: todo lo qua! conta abun- dancemente de lodicho;y y alegado en la quef. tion primera, dificultad primera, y fegunda por todas ellas ¿ y enla queítion legunda, dificultad fegunda, defde el numero treinta halta <l qua. renta y ocho. Veale taiibicn la dif. 1. de dicha quelt.s. 247 - Hemos conicluidofmo [olo cof los di co Notables del Padre Truxillo , fine tambien contoda fu Apología deíde el Prologo haltael fin; pero ni en ellos , ni en ella há á parecido,ni dexadofe var la cara aquella demon trácion que nos ofreció con tanta arrogancia , contra Jos muchos yerros de Torrecilla, pagin. 10.5 prin cipio. 22% Pero nodixébien; y .aflsi me re- rato de lodicho , que vna demonfiracion , y ¡en manificlta ha hecho cl Padre Trúxillo, que jes cite vicimo fylogiímo con que concluye di- Quéf.3 Satisfator Ir fin vlt. cha fu obra: bien es verdad, que ed tan verlte doen demontitraciones el dicho Partrer, qUe tes niendola entre las manos, aun no la acaba de conoccríferá quizás por ler a favor de ] Oirécia lla la dicha)pues le niega vna premiía incgabie que es la mayor, o 229 Aorabien, mi Reverendo Padre Tru. xillo, yo: quiero hazer d Vucfa Paternidad Rea verenda yna demonflracion independente de ella.mayor, que fea comun de dos, y que ños dexe los dos, y d todos enpaz;s yes la fia guiente, 230. A quien los Sumos Pontifices huviés sen corfirmado , aprobado , y concedido con autoridad Apoftolica «la facu'tad, nofe le da drá negar que lá tenga, lin negar al Sumo Poña tiíice la autoridad para cor firmarla , Aprobir!a y concederla; Sed fic efi , que el Sumo Pontifice Clemente Dezimo en el Breve, que empieza. Sea ticitudo PaÑloralss del año de mil [eifcientos y ¡ra tenta y cinto confirma, aprucba , y concede con autoridad Apoftolica sel cue afsi los Capuchia ños, como los Terceros Regulares puedan dar el dicho Habito 3as perfonas Seculares de ena trambos lexas,¿omo [e puede ver en dichoBreye que queda exhibido ar: iba:Luego a los Capuchi nas , y dlosRcligiofos Terceros no fe les pue de negar tengan cía facultad, Gin hegará dichó Sumo Pontifice la autoridad para confirm aprobarla, y concederla. 231 Dicho fylcgifmo tiene fuerca des monttrativa, porque cs vn (Y iogilmo de tal calia dad, y naturaleza,que ingiere dl entend ¡miento vn conocimiento fcientifico ¿ y que repele dl toda ambiguedad, ve ex je parort Sed fic et, que] demonttraci OD, como la difinvArifloteles toa. da de lu En: Ef fillozifmus faciens Jere, ¡def e fylogifmus talis nature, ve Ícientificam intelle éui inferat cognitionem,S ab eo omnem ambiin Buitatem repellartergo,8cc, ! arla, QUESTION. 1v, ENQUE SESATISFACE. AL MO Reverendo dolo y Virtuofi/ simo PI, Diaz yy 4 algunos Jeguaces del dicho Pádre Linxillos SECCION 1 i El Reverendifsi: , S no Padre Máef pel ro Fra Seo Diaz de San Buenayentura j dica lan a f . lor de lu Mageftad, Calificados del Santo Tri. bunal de la Inquificion, Lector de T! ¡ a os de Thcologia en Jas Crudades de Oviedo, y Sane; UN arras 20, Y Santiago , y del» pues de Vilperas(y ya de Prima ) en Salamanca y Genera) en Aracceli de Koma y ente en Corie Ro dea 15 a tt: Komana, en la defenía de los ati de la Madre Sor María de Jesvs de greda; lu nm eltimacj jgno d a; lugeto en mi eltimacion ¿digno e to- da
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