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e el a e o ei tt n ao a cian Queftion 3 Satisfat. Infanc 8. 0 1 de Fébrero de 1675. el mimo Papa Clermunte Dezjmo concede vn Breve, en que gr Alos20.“«e an entéglos Capuchin s , y Penitentes, por interpoficion de los Emi ena confirma la concordia E fi, y Defirees; y afsimilmo por la del Duque Deftrces, Embaxador Elton Caco del Rey a , 90 fu Santidaa > declarando , que les eslicito, afsi ¿ los Capuchinos, Extraordimario del Rey a : der elH bito de la Tercera Orden 4d las perflonas Seculares de como 1 los Penitentes y admitir, $ : entrambos ÍexoS» REFLEXTONES SO BR E.,LOS Breves, y Dedretos precedentes. 82 Aunque del efectode eftos refcriptos Cela tratado fuficientemente endos capitulos $. 6. V7. convierte con todo eflo e) que veamos aquí qual de las partes ha procedido rus: lnge- ramente 3 y por quanto los Padres Penitentes fundan todas fus inftancias contra los Capuchi- nos fubre el Decreto de 1616» (que fe hallará arribaen la quefl 2. defdecln 6.elprdada a la ro que los exceptua de la direccion de ciertas Mus res Terceras, llamadas Bizzochas: por tanto me ha parecido cófentaneo el hazer eftas breves de flexiones,para mofirar evidentemente,d 1 Pe criptos referidos arriba, O co oir guna a los Capuchinos , aÍsi como, poa ae cofa alguna 3 los Penitentes por cauta dedos de feftos de derecho , que intervinieron en la ob- rencion,o en las expoliciones , Y MArrativas con que fe configuieron,que hazen 1rritas las gracias obtenidáscon narráciones defectuolas. Advierta el Leétor,que las palabras que van viyadis en el Memorial , fon en las que le fundan los dichos Vicios. DEFECTOS POR OBREPCION, 0 per falfa narración. 83 Dizenlo r. en fu Memorial , que el de- crero del año de 16:16. fue dadoá lu initancia, Veále el decreto, y no fe hal'ári ral cofa , fino que dimano del ¿elo de la Sacra Co: gregacion, ibi: Sacra Congregario ad tollendas de» hdd 84 —Dizen loz. en fu Memorial , que el de. creto de 1616: emanó de la Congregacion del Concilio Tridentino, Veafe lo contrario en el incialo: re E fu Memorial, que los Capuchinos reciben Terceros contra el tenot del decreto de 1616. peto finprobarlo, y <on- tra toda verdad. y S6 Inlinuan lo 4. por equivocácion , que fon ellos los Superiores particulares, A quier es eslicito admitir al Tercero Orden. Y el decres to de 1616. no habla delos Penitentes , [ino de los Superiores Regulares en general, , DEFECTOS POR SUBRE PU 1ON, opor [rpritrir la verdad gue debia expre ay fe. $7 1 El Memorial de Jos Padres Peniten- tes, calla:, y fuprime el decreto de 1620; que revoca la excepcion de Jos Capuchinos , hecha por el decróto de 1616. 83 2 Omite el principio, y fin del decreto de 1616. para fuponer que fue dado por otra Congregacion, y para eltender la excepcion de los Capuchinos , que era para lolas las Bizzos chas, á todas las mugeres Terceras. 89 3 Eldicho Memorial enuncia, d nara ra , que los Capuchinos fon excluidos de la dia réccion detoda fuerte de Terceras indefinita. mente; liendo aísi,que Ja val exce pcion(calo que fublifticra y era folamente en orden A ¡las Bizzo» chas,que fon elpecificadas en el decreto del año 1616, 90 Delo dicho, pues, fe figue lo Primero, que los Capuchinos por el decreto de 1616.(0. lo fueron excluidos de la direccion de las Terce. ras Bizzochas, pues folas ellas [on las efpecificas das en dichá excepcion , con las qualidades que alli.fe anotan, las quales no convienen ch Manet- ra alguná á las demis mugeres Tercerás, 91 Sigucfelofegundo, que ellando dicha excepcion , coto Jo efti plenamente revocada porel decreto deliaño de 1620, pueden los Ca. puchinos admitir, no folo 1 las mugcres Terces ras indefinitamente , liho :tambien Jpecifice a las Bizzochas,fi lo quieren hazer. 92 - Siguefe lo tercero , que los Decrerós, Breves, y los demás refcriptos , Obtenidos por los Padres Penitentes , deíde el año de 16S3a hafta el de 1672. no dañan en manera alguna 4 los Capuchinos ; ni les firven, d aprovechan en cola 4 los Pádres Penitentes , porque los tienen por nulos, afsi el derecho, comolos Datos res, pot los notables defeétos que intervinieron entabarrativa , con que fe configujeron , que les haze obreoticios, y fubrepriciós > Y por con. figuiente nulos : Onis Jubreprio, quantimane mo= dica vitiat gratism. Titaquelo, trat? ce/). camf. y dado que fueran vajidos , folo vudicran produ» cir la excepcion de los Caouchinos , en ordén 4 la direccion de folas las Bizzochas,; fe bun la pe- ticion del Procurador General de los € apuchi= nos, quando ef Decreto de ríi!l feifcientos y : diez y fcis, y la qual procuro el Capitulo Gene- ral, que le revocafle el año de 1620, Hafía aquí dicho quadernillo. 93 A quefe debe añadir el cftar ya, como lo eftán , revocados todos los dichos De Cretos, y LetrasA poftolicas,por el lobredichn Breve de Clemente Dezimo,en 20.de Febrero de mil feif- cientos $ [etentá y cinco, Pero ¿cerca de todo lo dicho, veáfe lo alegado fupra en la queltióo 2* di-

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