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Elucida: 10m de: Breve de Clemente X., CLAVSVLA Xk 299 Digolo vndeziío, que la claufula de nueltro Breve: luxtaio/umn apud fuos receprum , es muy divería ae la antecedente, y lignifica ¿que aísilos Capuchinos , como los Padres Terce= yos puedan dar el dicho Habito, en aquella for= ma, y modo que fe eftila,y vía en las dizhas Rea ligiones: elto es, que puedan darle, y le den, aísi en las Iglefias prorias de lus Conventos, CO= mo fucra de ellas, que era la preteniion de los Padres Terceros, y lo que Íe eítila en miReligion en eltas Provincias de Elpaña: y que aunque folo pucden darle los Provinciales, ó 4 quien ellos lo enmetieren, fegun (e probó latamente en mi li- bro dela Tercera Orden, er.2.dific.a. le ete en lo dichoal vío de las dichas Religiones; y la ra- zon de lo dicho es, porque la dicha claufula no Ja pufo el Sumo Pontifice, fino las milmas pár- tes interafadas, en Jas palabras de la concordia, y enla cfcritura prainferra, antes dela diflpoli- cion de dicho Breve: y alsila pulieron , no.en fontido reftritivo, lino en el mas favorable i las dichas Religiones, re/pective, y Lu Santidad cOn= firma, y aprucba lo dicho en forma eflpecifica, O de cierta ciencia:ergo,Éc. 300. Ademis,que adbuc la claufula quatenms Jens in v/0,que fuejen poner los Sumos Pontifices de luyo en la confirmacion de los privilegios, y que por configuiente es reltriótiva al calo de que eltén en vÍo; no obítante la dicha reltriccion ¿la explica en parte con femejante amplitud, Porrél, dub,Regular .verb.Privilez.cc/Jatio,num.6 E. Pues de dos explicaciones que da a las dichas palabras, lafegunda es,que contirmá los privilegios,eomo- de que fune iu fu; y afsi dize. , que 51 no eltuyiere - tado el privilegio en vío, fino fola vna parte,ef- ta parte que elti en vío le confirmará por dicha contirmacionzporque elto fuenan tambien las dis chas pa'abras; quarenws fune mn vfr ,¡delt , eo modo quo fune in ofusy añade al intento, y en prueba de éljotras colas que fe pueden ver allí. CLAVSVLA XI ¿or Digolo duodezimo , que la claulula, non oh/lanribms , por A fola no es fuficiente para uitar la Jey jurada,como lotiene con la Glof- 2, Calaneo, Covarrubias,Quintiliano ,Mando- lo, y otros, Manuel Rodriguez,qaefl. Regul. e 1.quefl.S are. 11.Ni laley, o cltatuto, en que le manda , que le haga del efpecial mencion,y €X- prefsionz porque eo Je, tacita, O expreflamente fe prohibe la general, como bien, con Gabriel, Juíeph de Seíse, y Moneda, lo tieñe Eráy Luis de la Concepcion, de poreftar. Regulgrium, tgm. 7» lib. 1 .rradh.2.clamf.27. mum, Y. Paz. 46. y por ello nuetro Breve confirma , y aprueba todo 'S que contiene le efcritura prein/erta, Y ¿ada cola de Comfuls.Tow: .4- $559 las que conti enc mon ob lamrións Nadutis, comfreradis nibns »privilegijs, Inamizis, litres Is, Apyioits, éliifo que guibnjvis > £tñam huramento, confrmarione Apojidn lica, vel quiivis alía firmitate roboraris, Y para mas expreÍsion, y para cogerlotodo , profigue: fa contrarimn prembijorum quemodoiibes concefsis, confipa maris, Ó invevaci guibns ampibus , 5finguls il ram tenores prajencibus proplene, feflicienter exo prefis, G 44 verbum inferss habentes... Jpecialiser, O exprefse dorogamas , careri/que contr arijs quibnja CUIIGue . CLAVSVLA XIIL 302 Digo lo dezimorercio , que la dicha claufula, non obftantibus js, Fe, guorurn tenores pro exprefis, Ó' ad verbumn infertis babences,quita la nea cefsiltad de infertar alli las tales cofas,y drefen rirlas conefpecial mencion, y exprefsion , auna que ellas fucflen tales , que en lu primera difpo= ficion, á la qual le ha de derogar, fe dixefle,que no pudicefer derogada por cfta claufula ; y la razon es, porque contra la plenitud de poteflad de el Papa, nada puede eftatuirfe : y la dicha claufula arguye plenitud de poteítad : efto es,que en tal cafo obra u Santidad de plemicudine porefta- +5s2 Aísilo tiene con Naldo, Navarro,y la Rota, Lezava, in Summa, verb. Clanfula , numero 4,3. 303 Acerca de la fé que le debe dar ¿los tralumptos de dichas letras, y, con que requifi- tos, eftá bien claro en la vltima claúfula de dis cho Breve: Volumus autem, E e.vide ibi. V cafe emo pero, acerca delto Lezana,tom.3. in Mar.magn, Predicator.num»183.184.186.3 fequentibus, 4 pag.mibi 43.ad 45.3 in Mar.magn ,fervitar.nu - Mer, 221. Y 222.pag. 334. donde toca quanto pueda defearfe para cl intento: y veale Bordon en el tom. 3.refolut.52.quelt, 13.pag.32. donde pregunta :.4n privilegium , cuins originale non ha- betur, fed rantum copia excuja eypis in folio, vel im ali- quo Bullario , feu also libro, fidez faciar iniudicio? A que refponde, que haze fe, y lo prueba difuía. mente, vide ¿nm * QUESTION IHÍ. EN QVE SE SATISFACE AL QVINTO Norable de +l Padre Solis Trnxilla. 1 Enla dificultad 2.de la quart. 1 .fe farisfizo abundantemente 4 los quacro primeros Nota. bles delP. Truxillo , fin que en ellos le defcu- brielle cofa notable, ni que tenga la menor apas riécia,O Lombra de alguna minima fuerga,a vien» donos ofrecido eh el m.7. del fol, 9. y del fol. 10.1 princ,hazer vna dernonftracion contra jos mu» chos yerros deT orrecilla.Sus palabras fon,ibi: 7 fiel Padre Torrecilla fupiera lo que en eflo dize conorie > rales muchos yetros en qué $ y pora que conflen B b 3 has

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