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Confer VIII. Dela {atisfacion facramental. es por condefeender con la tliqueza de los peni- tentes: comocon Lugo dixc em ms Pratt. tratt.g. cap.4.num.29 de la 8.zmprefLiuego fila flaqueza, y puGilanimidad del Penitente es tal,que el la ma- nifietta, y dize no fe atreve acumplir otra mas grave penitencia , podra el Confetlor condetcen- der con fu miferable animo,y ablolverle. Objccion primera contra efta quarta refpucfa. 487 La fatisfacion in voto es parte. effencial del Sacramento; etto es, el animo,y propofito de admitic, y cuniplic lapenitencia: luego el peni- tente, queno quiere admitir la queel Conteflor le pone, quiere privar al Sacramento de una cola eflencial. El que privaal Sacramento de cofa ef- fencial, es iacapaz de la abfolucion : Lucgo n> ¢s capaz de ella Cayo, find admite la penitencia juf- ta,que fu Canfeflor le pone. Rel pondo,concedo elantecedente: de que la fatisficion és varo fea parte effencial del Sacramento, y s# re pafte inte- gral,niego la conte yuencia. Es verdad,quefi Ca- yo ninguna peaitencia quifielle admitir, privava alSacramento de efta parte fuya,y era incapaz de recibir la abfolucion;como ya he dicho ene/ num. 4.34. Pero admitiendo alguna penitencia,aungue leve,ya tienc la fatisfacion én voto que ¢s fuficicre para el valor del Sacramento, de la Penirencia, y configuentemente , ni quiere privarle de la fatis- sfacion sn woto, ni in re, pues quiese facisfazer,aun- que no con la carga grave, que el Confeflor fe queria poner; con que mo es incapaz de recibir la abfolucion , eftando difpucttos a admutic algena -penitencia. Objecion fegunda contra la mifma quarta refprc/ta, 488 El Confeffor tiene grave obligacion de -medir la penitencia,fegun las culpas del peniten- tecomo fe dixo enelnam 446 Luego pecara gravemente , fi fiendo las culpas graves , dicre la penitencialeve; luego pecara mortalmente en abfolver al penitente,, aquien did leve penitencia quando fus culpas la merecian grave : y confi- guientemente fe debe dezir, que no puede abfol- verle,find admite la penitencia jufta, que por fus pecados merece. Refpondo,diftingo el anrecedé+ te: Tiene el Confeflor grave obligacion de me- dir la penitencia.fegun-las culpas ; per fe, concedo el antecedente: red accidens, nego el antecedente y diftingode) mifmo modo el configuiente. Ver- dad es,que per fe debe elConfeffor dar la peniten- cia, fegun lo pidieren los pecados del penitente: pero accidentalmente efta efcufado de efto en al- gunos cafos ;Gomo dixc en el mifmo num.4.46? 445-Y uno deloscafosjen que ex accidents puede moral la pénitencia, es poratender ala flaque- za-del pemitente, aquicn chpeto de la fatisfacion grave le hia. de fer de lazo,y node provectio Y lo otros porque aunque los pecados graves del pe- ? liciano , aunque tres , 6 quatro ae Neos a 177 picente merezcan mas fatisfacid, que laque fe les “ impone, pueden luplitlo los Confeflores,aplican- doles en general todas fus obras buenas, c6 aquel Quidquid boni feceris,Sc, advirtiendo al penirena te, paca AF no tome ofidia de pecar » Creyendo fer {us culpas menos graves, porque la penitencia €sfuave, que por cflo les aplica todo lo bueno g chiziere, o padeciere ; como lo noré en mi Pratt, cod. cap.4, oum’38. ¥ lo tiene Leandro fap. que/t. 10g. citandoa Santo Thomas, Soto, Navarro, y otro. hwogud oh ai "CASO ¥. * 489 A Feliciano madofu Confeffor, que cn | un ano confeflafle todos Jos mefes, y algunas vezes fucle adelantar la confeflion dos,o tres dias, yaun ocho, fi ocurre antes alguna folemnidad grande ; y otras vezes lo defiere por el mimo ef- pacio. Preguntate,/ falta grawemete a fu obligacion en effo? Relpondo : que no peca graven ce Bee . ias adelante 32 pofponga {u confeflion; ni aunque feanocho dias antes,6 defpues, por ocurrir alguna efpecial fef- tividad. Affi lo enfefia con otros Leandro del Sa- craméto ead,.di/p.g. quajt.31.y quaft.32. Juan Sane chez en fa Selett.defp.13.nam.9.y num.10 Laraz6 es : porque en.eftas cofas morales, no fiempre fe chan-de computar las cofas mathematicamente, fie nO pradentemente. Y lo.otro, porque, en efig forma fe debe prefumir ferla voliitad razonable. del Conteflor, que did-a Feliciano cfla penitens cia : Luego,&c. Segttly ober La penitencia fe debe cumplir en el tic» po que fefala el Céfeflor,quando él loafligna, y determina; como fe dixo arriba sum. 458. Sed fic eft, quea Feliciano fefiald el Confeflor tiempo fixo, en que avia de cumplir la penitencia; luego no podia adelantarlo,ni dilatarlo.Refpondo lo 1. diftingo Ja mayor: La penitencia fe ha de cum- plir en el riempo fifico, en que manda el Confef- for, niego lamayor: enel tiempo moral, y pru- -dencial,concedo; de manera,que en efto no fe ha de obfervar ch rigor fifico, y moral; y efta fe. pre- fume fer la voluntad prudente del Confeffor, quando no ay fundamento grave. para juzgar lo contrario. Refpondolo2 gre fien honor deal- gon efpccial Santo,0culto fingular de alguna fef twidad, mandafle el Confeflor al penitente, que - confeflaffe,o rezafle,6 ayunaffe , no podia enton- ces dilatarlo,ni anteponer!o, find que debia cum- plirloen aquel. mifmo dia: como con Thomas Sanchez lo motd Leandro ead.quef.3t. | CASO FI. | 490 Un Confeffor imputo a Emilio una pe- , ’ nitencis

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