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abil ae Confer. VILL, De la fatisSavicn fatramental.: eftos Autores.Pruchsfe la primera parte, po: qa ficl Confeifor es Medico del. penitente, tam- bien loesel otro : luego pudo recerarle otra me- dicina en lugar de aquella, que ¢l primeroiavia dilfpuefta Prucbafe la 2, patte: porque la inedici< na prefervativa (e ordena para lanar al doliente,y cautelarle la recaiia ; para efto no Girve la pem~ rencia,que no cs pretervativa: luego el. Confef- for co podra commutar la pemiteacis prefervari- va ef otra que nolo fea. Ni auncn otra prefer- vativa podra commutarla, fin oir la confeflion , y pecados del penitenre; comolo nord Fi. Antonio del Efpiritu Santo shid. num, 1636. sn fise.Porque en efte cafo ha de obrar cl Confetlor ‘como Me- dico : Atqui ,.¢l Medico no pucde recetar fin cos nocer la enfermedad del paciente: Luego,&c. ¥ fe advierta por ultimo, que mel proprio Confef. {or,ni otro,pueden commutar la penitencia fa. cisfatoriayntla prefervativa, fin que cl peaitente tenga caufa julta para la tal commutacion, coma notan los DD.comunmente : mas en nueltro cas fo tenia Sempronio jutta caula para pedir comas tacion, en la gran dificulead que hallava ca cum. plir fu primera penitencia, Objecion contra la quinta refpucha, 477. Puede el Confeffor, fin oir lospecados del penitente, bezer juizio,a lo menos en confu- fo, de fu eftado,y modo de vida ; luego podra cO- mutarle ja pemtencia, que otro Confeflor le dio, fin oirle los pecados,ni confeflton.E| anrecedente fe prueba: El penitente , que pide commutacion de fu penitencta,declara, y manpfictta la peniren- cia,que el otro Conteffar le pufo: Atqut, porla penitencia , quecl otro confeflor le pufo,, puede conocer faltem enconfuloel eftado, y modode vivir de) penitente: luego puede el Confeflor,fin oir Jos pecados del peoitente , conocer filtem en confufo el eftado, y modode vivir fuyo. Pruebo Ja menor: porquela:penitencia, que el otro Cons feflor did, fue juftarazonable,y arregiada a los pe cados del penitente: luego por efia penivencia puede el otro Confeflor conocer falremen confu- fo e) eftado del penitente. 478 Refpondolo x. negandoel antecedens te :a fu prueba concedo Jamayor,y niego la me- nor: porque los Confeflores muchiflimas vezes, con diferecion,dan menor pemtencia de la que e} ecador merecia, ya porque han de ganar alguna ndulgencia jya porque ton fragiles, y'la hande cumplir mal, yy por otras razones ; con que pre= cifamente , por faber la penitencia que c! otro Confeflor pufo, no fe puede conocer aun en cons fufoe) eftado,y mado de vivir del penitente- Ref rondo lo 2.que aunque concedamos , que el otre Contelios pudicra venir cn canocimicato confa- fo del eftado del pecador por la penitencia,que te leimpufono.fera baftante eflo,para que padiefle commutarlela penitencia fin oir fu confeflion; Parte Ll. 17% Pp» gue el commurar la penitencia es aéty an idicion, de judicatuta y de higar, y ablolver ey come elto no te puede hezer fin, formar Tabunal y oir laconfeflion del penicente, pore» no pues de el otro Confeflor commutarle la pemitéca fia oir fus peeados; aungue concedieflemas , que fia oirlos pudiera hazer juizio cgnfule del eftado , ¥ modo de vida del penitence. ¢ by Vip Pies BINS? Replica contra ea kleime refpuefi ar, 479 El proprio Conteffor,que didJa primes ra peoitencia, puede commutarla fin bolyer a oit los pecados del penitente, y fin formar Tribunal, no obftante,que en cfla commutacion exerce ju- rifdicion , hgasy ablalve : luego aunque aya de excrcer efla juriidicion otra Conf: flor, padsa con mutar la penicencia fin oir la confeflion delpeni- tente. Refpondo,concedido el antecedente,co la limitacion que fe dixo arriba en ef nam.473 micgo la confequencia, ¥ doy la difparidad ; porque el propio Confeflor , quando commuta la penitens cia, lo haze con refpeéto ,y relacion ala confet. fion,que antes oyo ; en que ya tormo fu Tnbu- nal; y uniendola moralmente con aquella pri mera, Con el orden que aclla haze , ya que fares mita, puedacommutar la penitencia fin nueva confcflion; pero el otra Confeflor , como no fue antes Juez de la caufa del penitence , ni fobre ella ha aan puede exerceila aora fin formal Tnbunal, y oirla confeflion, y peca- dos del penitente, que viene. a pedir commutas ¢ion, " & LAY CASO Ml, 80 Terencio tenia penitencia impucfta por fu Confeflor,que ayunate dos dias; tenia aigang repugnancia en ayunarlo, y pidio a un amigo fa- yo, que los ayunafe por él. Preguntale,# Terencia fuisfizo a fis obligacion.campliendo la penitencia por medio de effe amigo? Relpondo lo 1, que fi Terens cio hizoeflocon fu propia autoridad , no fatif- fizoa fu obligacion,cumpliendé la penitencia por medio de tercera perfona. ¥ effo es ya cierto,por eftar condenado lo contrario por Alexadro VII. en la Propoficion 14. referida arriba n, 436. Ref- pordo lo 2, quecon licencia de fu flor po» - dia Terencio cumplir la penitencia por medio d¢ tercera perfona. Affi lo enfeta Silvettro verbo Sa tisfattio,quaft.3 ¥ con Santo Thomas,y otros, Fa gundez lib.g m2 pracept.Becle/.cap.4. 0.1%. ¥ CO Suarez, Reginaldo, Tannero, Merccro, y otros, Diana p.4.tral.4.ref0l.241. §.Nota quarte Moure part.3 cap 6.5.7.num.8. Toledo hb 3,cap,41.9.13, y otros. Pruebafe : porque un hombre puede fa- tisfazer por otro, y aplicarle la parte fatisfatoria deus obras:luego puede el Confcffor admitir en fatisfacion de lo que el penitente debe, las obras que otro le ofrece: y confintiendoen elloel Co~ Pi fellory ee , 7

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