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Confer. VIL. Del pecado de la confeffon. : Gua $& O di, 430 Bertaesuna muger pub'ica, expueftaa quantos fe dexan l'evar de la precipitada corrié- te de la concupticencia.Perguatale, f e/a muger, as demas meretrices publicas efta libres dcl precepto de la confefiron anual? Relpoado,que tales. muge- res eftan obliga jas.a efte precepto, y que pecan mortalméte, {ino lo cumpien. Affi lo enfefian to- dos!os Doctores, fegun Torrecilla, que los cita, y figuetom.2 traéd. 1 difp.2 cap.2.num.5.Porg no ay razon alguna,oi ley, ni privilegio, nicoftum- bre, que las elcufe, como conftara de la refpuefta a las objeciones contrarias: luego eftan obligadas al tal precepto de Ja céfeflid anual.Lo otro,porg nadie ha de facar cOmodo,ntalivio de fu maldad: Nein: fica frans patrocinari debet: Ergo &c. Objecton primera, 431 Las meretrices, que no cumplen con _ e) precepto anual de confeflion , no incurren las eenfuras, y penas impueftas contra los tran{gref- fores de othe precepto: como con Vivaldo, Sa, ), Graffis , Rodrigues, y Z:rola , enfefa Leandro ‘dc) Sacramento fupra quaft.s8. Luego es prueba Se que no pecan mortalmente en no cumplir. Pruebo ta confequencia: La pena, y la culpa fon “gorrelativos; y el que peca gravemente contra pm precepto incurre la pena impuefta contra los tranfgrefiores de el. Luego filas Meretrices no dncurren la pena impuefta contra los que no cil- plen con ¢} precepto anual-de la Iglefia, es fenal Hue ne.pecan gravemente en dexar de cumplir. Refpondolo :. que aunque effos Autores dizen “Que las meretrices oo incurren dichas pena:,efto MOescicrto, y lo contrariajuzg. verdadero: y iO Heva con Valquez,y Faguodez,Lugo fap. fed. panes .148. (nonum.449. comole cita Leandro y ¥ con cl mifmo Fagadez ,. tiene lo mifmo » wbi fup.§.3, num-6. Y con los mifmos Fra | Elpinitu Santo #6: fupra, num. 226. habla generalmente con todos; y que por fer eflas mugercs peores que is, ayan de hallar en fu mifmo vicio n de las de la lFolefia. Refpondo lo 2. que aun admitida la que libra a tales mugeres de lis penas de no feefcufan de pecat gravemente en t con el precepto; porque aunque la ilpa fean correlativas , pero puede el. ena, tener intécion de que no com-. ‘Gen tranfgreffor de laley.¥ enefto &dizen, que no incurren eftas per ‘ageres;porque fe prefume de la ela, que ya que fe toleran eftas at Mayores males, no-las come. Pas.ampueftas a los que no ca ual de la confeffion, 167 423 Masque los nifios,que no han Legadoa la pubertad , find cumplen con el precepto de la Iglefia,no incurren en laexcommunion, y penas impuetlas contra los tranigreffores, en fentencia de Fihucio,y Nugno,gue cita,y figue Diana p.3. tract.4.refol. 120,10 fine [00 refol.12.como le cita Leandro del Sacraméto fapra quaft.57.|Cita por elta mifma opinion Leandro a Vafquez, Suarez, Cordoba , Sanchez, y otros, la figue como co- mun. Y no obftante, find cumplen con el prece+ pto de Ja Iglefia, en teniendo ufo de razon, pe- can mortalmente , como dixe arriba num. 395. Luego aun cafo negado , que las Meretrices no incurriffen en la cenfura , y penas, no fe figue, que dexaflen de pecar mortalmente en no cumplir con el precepto : porque aunque Ja piedad de la Iplefia exima de eftas penas a los nifios impuberes , alas Meretrices., no les tis Ae por effo de la carga,y obligacion de la confel- on. Objecion fegunda, 4.34. ‘ Lasleyes han de fervir para edificacion y provecho , no para dano, y deftraccton, Evfta ey de la confeffion no ha de fer de provecho , ni edificacion para tales mugeres, que confeflaran facrilegamente , fin propofito de eamendarfe , y fin dolor : luego noles liga, ni fa intencion pia- dofa de la Iglefia fera obligarles a que confieflen. Refpondo:que la ley de la confeflion es para edi- ficacion , y provecho para todos los que quieren difposerfe bien: y que fi por fu mala difpoficion les firve de dafioa algunos, eflo no es culpa de la ley , ni por eff les avemos de librar de fu carga; imputenfe a fu culpa el dafio de que voluntarta- mente fon caufa, y nocarguena la ley la culpa,q no tiene.: difponganfe en buen examen ; confi- deren fus enormes culpas,fu vaferrimo eftado, fu miferable .perdicion ,laamable bondad d: Dios ofendida, y coneffo les fervira:de provecho la confeffion. : UCM SIies | CONFERENCIA VI. Dela fatisfacton y Penitencia facramental, ‘A. Viédo tratado ya del dolor, y de fa confef, [A fion , que fon dos actos de! penitente, que como materia proxima pertenecen aefte Sacra- mento: figuefecl tratar dela farisfacion , que-és el aétotercero, que comple efta materia proxi- ma, -Muchas colas, tocantes a efte affumpto de la fatisfacton, tengo tratadas en mi Prall. part.1 tract 9 cap.4.y part.2.trat.17.nnm.gs. © feq. donde fe pueden ver. La g. I.

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