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De la Extrema” Vacion. aunque huvielíe recibido otro Sacramento, €s probable,que le podrá hazer lo dieho. $. I. , Minifiró de efle Sacramento , obligaciones y y Ritos son quefe ¿eve admirar. 141 = LMiniltro de elle Sacramento, voo es ordinario, y otro delega. do: Ordinario es el Obilpo ¿ 0 Farrocu pata 195 iocuiares ; y paralosRegulare, lu Pre:iado PrO> ysucial,o Jocal : Delegado, para adiminilirarioa los ieculares , es quelquiera Sacerdote lecular y 0 Keglar,a quien es Obsfpo, o Parroco dieten fa- cultad : Deiegado para los Regulares, es qual- quiera dacerdute Regular , o tecular ¿ a quien el Provincial, o Prelado local diere facuitad. El: 52- cerdote Keguiar, que (0 licencia del Parroco adminiítra cit Sacramento a Jos fecularesy fuera de los calos d: extrema mecelsidad , incurre cn delcomunion lara fententia , relervada al Papa: mas en calo de extrema necelsidid , cOmO /qUuan- do no ay otro legitimo Miniltro prelente ; 0 calo que lo aya, no lo quiere adiminiftrar, no incurrirá en dicha delcomunion el Sacerdote Regular.que lo adminiftrare. A. los criados, y comeníales de fus Monalterios , y alos que viven en Colegi0s;0 Seminarios,cuya direccion, y govierno incumbe a dichos Monalterios » 0 Contentos; y alos que fiendo jornaleros, y operarios de los miímos Conventos , enfermaren de peligro de ¿puerte, pueden adminiltrario por privilegios de 165.Pon- tifices,que tienen para ello. Ya los criados, y fa- miliareslo puedea adminiftrar,aun en tiempo de entredicho,como dichos criados, o famuliares. no ayan dado caula al entredicho. [Es OE Para lo valido de efle Sacramento, es (09 ficicate Miniltro qualquiera Sacerdote , 4un- que cite degradado y delcomuigado., O ¡rregus Jar, d inodadoen otra qualquiera ceníura Lcle- Galtica; pero no lo pueden ler loslegos,ni Dia- conos. Y fi el Sacerdote eftuvicre ligado con al- guna confura Ecleñiaítica , pecará mortalmente adminiltrandolo fuera de ¡los:cajos de extrema necelsidad. El Parroco:, y Prelado Regular , el- tan obiigados debaxo de prcado mortal a admi- niítrar a lus lubditos,y feligrefeselto Sacramento, fiempre que lo pidisren explicita -, tácita , O pre- fuativamente;y fino lo hazen pecarán venialmen- te contra caridad , y gravemente concra julticia: mas en tiempo de pelte,O con peligro de la vida, po eltán obligados a adminiltrarlo deba xo de pe- cado mortal ; menos en calo que el enfermo a. huviere recibido otto Sacramento, y ño contiafle ciertamente que eltava fegura lu lalvación , mo- salmente habiaudo : que no aviendo recibido otro Sacramento , y no aviendo dicha certitud moral, pecarian gravemente,no adimtailtrandolo, aun con peligro de la vida ; pero en ellos calos han de procurar inquerir, y tentar,(1 cop algunos 381 antidotos, d adminiftrando!o con vna, varita de oro, plata,o otra máteria decente, pueden admi- miirarlo , falrando ¡d y.da . El dattrdote que Go es Preciado , mu proprio Farroco deci euicrmo eíta oblgaúo pos caridad debaro de pecado ve. nial,cn caío de cxtiensada nec"l ¿dad , de no aver atro,que lo admuniltre,ó que avicado , nO Qui-re adiminitirar ele Sacramento : y aun li el enícrmo no ha reccbido otro Sacramento , en dicho calo de extrema neceísidad , pecara mortalmente di. cho Sacerdote, fino le adminiftra efte : Regular. mente babiando , deve el Minifiro de elle Sacra» mento obiervar los ritos,y ccremonias,que orde. na el Ritual,reccbido en tu Obilpado; pero no a-,, viendo Muniltro alsiftente, qu relponda,ni comu nidad,para llevar luz; podra, porque no le nuera el enfermo lin ele Sacramento, admin ftrario La dicho aísillente, y finluz;refponciendo el milmo Sacerdote , que lo. admunillra, O:el enfermo , fi eltá para ello. Devele adminiftrar regularmente delpues que el Viatico ; y 4 1e adminiítra antes, no aviendo elcandaio, falo e, pecado venial : mas aviendo caula juíta, y razonable, no lerá pecado alguno. a Siwn Religiofo Sacerdote andando de viage encuentra a.gun Religiolo enfermo en aigun Lu- garfuera de íu proprio Convento , puede. fin li- cencia de eiParrocho de ci tal Lugar adminiltrar adicho enfermo elte Sacramento, El Parrocho delcomu:gado vitando , puede dar licencia 4 quaiquiera Saceraote , para adminiftrar elte Sa- crameato: y aun (1 el enfermo no havicíle recibi- do otro, lo podrá adminiltrar poríi mimo. Si el Sacerdote Regular pide licencia al Cura de al- gun lugar,para admuniftrar elte Sacramento a yn fcligres del tal lugar, y el Cura lin cauía la niega; podrá licitamentg -adompiftrarlo , y aun cltara obligado de caridad debaxo de pecado mortal, dicho enfermo no avia recibido orro Sacramen= toy fi yá avia recibido otro, eltaria cbligedo de- baxo de venial. reca mortalmente el Cura que fin caula vrgente eíperad adminiftrar elle Sacra= mento, 4 quando los enfermos eltán deltituidos de razon,y lentidos. $1 el enfermo no avia recibi. do otro Sacran:.to, yifino lo. adminiftravan dos ¿Sacerdotes a vn tiempo, vhgiendo cada yno vno, údos Ientidos, pronunciando la forma , 0 formas correlpon dientes; es probable, que podrán admi. nultrario los dos fimyl enla. forma dicha : y tamo bienes probable ¿odicho ,aunque huviela reci- bido otro Sacramento, Si el Miniltro de elte Sa» cramento muete , entes de acabar las cinco Un- % ari: 23 , í ciones, y la enfermedad dá lugar, parareiterar- lo , adminilirando!o otro , fe deve reiterar, ó adminilrar de nuevo, quando el emermo no huvielíe recibido otro Sacramento * y li avia re- cibido otro , le podra relrerar , aunque no arrá obligación. Y en calo , que le aya de adowiaiitrar por otro , ne cumplirá clic con fuplir las Uncio» nes, que faltavan, lino que deys hazer de nuevo - las IE A ri A ds

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