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ile Conferencia I.dela Tafiitacion Naturaleza y Necefidad dela Eacherifia 13 72 Notolo 6. Queen quanto d los enfer- mos, [egun eíte Decreto, no fe les deve llevar q fus cafas la comunion en fecreto en algú bolíillo; fino 4 11 fe les lleva de la Igleía, fea poblicamen- te,y en procefsionsfegun la forma del Ritual Ro mano; y es muchifsima razon fe oblerve afsi. Lo primero, por la decencia de ran Auguíto Sacra- mento. Lofegundo, porque los fieles, que le acompañan,tengan ef merito de tan fanta obra,y logren las Indulgencias,que á ella eftán concedis dis. Lo tercero, porque ayuden con fus oracio= nes al enfermo, para qué logre lós efcétos de tan Suberano Viatico. Lo quarto,para que elte avifo defpierte d los mortales, que viven fepultadós en el olvido de lá muerte, penfarnido fe han de eter- nizar en efte trifte deltierro;y fe acuerden,queles ha de venir lu dia;y con elte delpertador mejorén lus vidas. De todos eltos frutos, y otros mpchos privan á los fieles, los que llevan de fecreto la Euchariftia ; queriendo cubrir lu operacion con pretextos humanos; mas eu efte Decreto fe les dize, no obran bien en effo. 73 Noto lo 7.Que tambien dize efte Decres to,Íe prevenga,que no fe den mas formas,O par= ticulas confagradas, ni mayores , que lo que Íe acoltumbra, porque prefcindiendo ¿30ra de 14 queftion, de (1 quanto mas durá las efpecies en ell eltomago, caulen,o no', mas gracia ; U de la dé íi es,'O no licito dar muchas formas, O mayores; de que le trata infra n. 964. O" fequent. lo cierto es,que elto en la pradtica no es conveniente, Má xime á gente ruda, € ignorante ; porque pueden peníar, que reciben mas Sacramento,por recibir mayor cantidad de efpecies; y porque tambien fuele aver en elfo el peligro de introdacir alguna fuperfticion. En el dia que [e renueva, fi ay mu- chas formas remanentes de las antiguas, y el Sa- cerdote no pudiere fumirlas todas , no [ería ¡Mi- cito abfulute dar dos,O tres á cada vno de los que comulgan, fiendo fugeros capaces, y advertidos; aunque lo feguro es,no hazerlo. 74 Noto lo 8. Que tambien efte Decreto dize ,que no le permita , que la confelsion de los -veniales fe haga con Sacerdote fimple, no aprobado del Ordinario; porque aunque topyan todos los Sacerdotes facultad para abfolver de los veniales , y efta facultad no le les prohibe en elte Decreto, fino que fe dize ,que los Obi/pos no lo permitán ; no obítante , nor hard' bien el Sacerdote fimple en poneríe ¿cffo; porque pue- den peníar , que abínelve fin juriídiccion,los que le vean oir la confefslon,y no faben, fi el peniten= te tiene culpas graves , O leves; y porque tiene otros muchos inconvenientes. Aqui no le habla de lo que pueden hazer los Sacerdotes fimples con los entermos enel articulo de muerte, avié- do, Ó no aviendo Sacerdote aprobadosde lo qual trate en la 2.part.de mi PraFica del Confe/fonario tradt.13.n4m.70. 75 Noto lo gy vitimo. Que efte Decreto Confer.Part.J1l, E pone contra los gue obraren contra El, la amena= za de dos Tribunales: elvno Divino, yel otra humano ; efte dando comilsiónla Sede Apoftolia c24los Ordinarios,para proceder contra los inoa bedientes, aunque lean Regulares efemptos;elte Tribunal merece gran reípeto: mayor vencrás cion , y temor fedeve al Divino , porque el Juez es mas fupremo, el caftigo es mayor, y la relidé» cia mas formidable. Tengamosla ficmpre pres fente para oblervar ete Decreto; y cumplir con todasqueltras obligaciones, fabiendo que de todo fe nos ha de pedir eftrecha quentapor vn red fimo Juez,0 temeroía refidencia 1 Vnde necejfe es$ fratres; ut femper pavidi, [emperque fufpeóti pones mus ante oculos cordis, hinc culpas operis, illinc ¡gs dicinm extrema distridtionis Penfemos , quam dia Sirius ludeR veniat , qui ¡udicium minetuY y Oi later San Gregor. Hom. 10.1n Evangel. Refpondefe al cafo propuefto en el mum.5%. 76 Efpondo,que precilamente por fer Terós cio hombre de negocios , Lo le le avia de negar la comunion cotidiana.Lara= zon es, porque los negocios por (i , no lon ma los el que los lleva procede con limpieza , tien ne: el fin reéto,y elige los medios Chriftianoss(ts gun la ley de Dios. Confta elta reípuelta delDe ereto mum. 54. donde elte vío de la comunion,no le prohibe a eltas períonas, fino que le dexa al juyzio prudente del Confeflor, 77 'Reípondo lo 2. Que en Terencio avia algúna canía, para permitirle el vío de la comus nion cotidiana ; porque le experimentava el co. nocido fruto , que de ella recibía , pues con efte auxilio quitava las culpas veniales , y lin el cala en ellas, y alguna vez en mortales. 78 'Reípondo lo 3. Que para permitir d' Terencio el vío de la comunion cotidiana, le le avia de aconfejar , tuviefíe algunos ratos de ora= cion, y de leccion de libros devotos; llevale la prelencia de Dios, tratale de algunas mortifica= ciones, y le exercitará en las virrudes;porque tos do es neccifario, y au Bo es codo lo que fe deve, para llegar codos los días á frequencar ele Mana jar de los Angeles. Objeción 1. contra la 3. refpueTtas 79 y WNfeñando Chrifto 4 grar , dize ,pidamos E el pan cotidiano : Panem nostrum quotia diangm da nobis hodie. Luc. 1% 3» y efte pan le flama fuperíubltancial San Mateo» cap. 6.11. Panem nofiram fuperfubftantialem ; y le entiende del Pan Euchariítico , en fentir de San Ambroño , lib. 5. de Sacrament. cap. 4. y de otros Padres ; Sed (ic ell, que elte modo de orar lo encarga Chriító d todos los fieles , lean hom- bres de negocios , 0 n0; lean de elte » o aquel: citado: Juego 4 todos indiferentemente e ha e A
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