BCCPAM0001173-4-1100000000000

Confor 111. del fuzetopor Gita puede efricerfo 6d 3aerifició de ia Mie deS.Fanftó,Navarro,y Peirinisscirados de Diana part.s.traft.13 .vefol. 2.9 añade de dicho Pinelos que ella coftumbre eftá en vigof éri Lorena:: Lo miímo tiene eon Faguridez; y ortos; Balleo verbo Mijs4,fuplem.7.fub n:15.y lo afitina por ciettiísi- mo Con los referidos,y cor Lezara ¿ Learidro del Sacram.e4d.difp.4-q.23. y de vatias hiltorias Ló ficre Pala0,tom.4.trad. 22.pnE.6/h.19: fines q 10 obíervaró aísi Albetto Magno,y Enrique 11.Con- de de Roteneé ; Obiípo de Rarisbona. La razon es; porque en ello no fe contraviene d ley algunas ni le delcubré ¡eo úveniente; coño conitará de la tefpueíta d lo quete objetards y por otra parte es mejor cuydar yno de lu alrñía; que no: fiárla de orros con las experiencias continaas de la grán- de omiísion, que ay en cumplit eltas obligacio nes tan presifías. 1171 Reípondo lo 3. Que [erá córiveniente; que Matfilio relerve alguna porcion de fufragios tambien para delpues de lus dias;porque atenta la humana flaqueza ;púede de(pues de celebrados efos Oficios,Miflas, y fufragios y éact ei algunas faltas,y pecados, cuya pena avrá de ir: 4 pagar en el Purgatoriosfi en elta vida do lo farisface;y para lu (ufragio,y Alivio lerd importante hazer refer va de algunas Miflas, que [e celebran depues de Íu muerte; y para feguridad de lu logro puede de- xarlos condicionadamente,que (e apliquen por els fi los neceísicare delpues «de muerto ; y fi no los neccÍsitare, fc apliquen por otros, Ojecion contra la 4. refpuesta: N el Oficio , y Millas , que le celebrad por los difútos;ay muchas preces,¿ no convienend los vivosscomo'en la ora» cion Inclina Domine (e dize pro dnima , quem de hoc faculo migrare imfsisti:Sed fic elftsque Marfilio no avia aun migrado de cte figlo: Luego ño (e po dian dezir por el ela oración , y ottas Colas fm mejantes,que contiene el Oficio,que fe haze por los difuntos.Por eta tazon,y otras (iente Laymá, lib.5.Erad.s.cap.2.m1t5.$.Veruntamén ¿ que do e deve introducir tal coftumbre,y ( le halla intros ducida,(c deve quitar.Lo mifmo (iente con Lay- man,y Fraginclo,Diana cit.part.s.rraf.13. refoba 2. y Palao ubi fupra eod.punt.6.fine. 1173 Reípondo lo 1.Que quando [ce házen el- fos fufragios por períona vivamo [e han de dezic eflas preces,que fuponen difunta 4 la cal perfona, comolo ota con Zerola,Barboía wbi fupra ; cor que cefía toda la fuergaide la objeción contraria. Reípondo lo 2.Que en fentir de Bartolome de $. Faulto apud Dianam loc.cit.no tiene inconvenieño re, que fe digan effas preces ; pues el Sacerdote, que las dize,reprefénta á Chrifto efas almas, co- mo li exiftieran en el Pargatorio,y afsi le Calva la verdad de effas preces. Tambien la Igleña en las Mifas,G dize de Requiempor las Almas del Pur- gatopio,dizc aquellas proces, Ne cadant in obs 1173 28 +um,ne obfopueat cas dartari5s;y yá no cltia en pe ligro de condenarle; mi caer en el Infierño, O tara Caro,y cambié lon verdaderas;porque Erepreleñs tan aquellos difuntos ; como fi eltuvieran agoni zando; y para efpirar: tambien cára al difunto lá Igleña, Non intres in indicio cum feruo tuo Domiñé, y quádo canta efto, yá eftá purgado; y no obítad te no ay mentira por lá milma rázonya dicha, Á' mías, que muchas perfonas vivas pidenal Sacerdó.. te Millas (ueltas por fu Almasy el Sacerdote norá para alguua vez en dezir Mia de Requiem por las tales perfonas; y no comete mentira en degig en eíla Mifía las Oraciones de los difuntos; lena do la Milla eri beneficio de perfora viva: Con qué cefía toda la fuerga de la objecion contraria; y (é refuelve fer loable la conftumbre de hazer eñ vi. da los (ufragios; en la forma que queda relueltos 1174. Por vltimo de efte caío advierto, que eftos [uftagios no fe debé hazer, ni le puederi con la intencion de refervar lu fatisfacion, Para quádo vna períóna muera y vaya al Purgatorio: pues no puede quedar lufpenio el fraro latisfatotio háña efle tiempo, fino que luego que fe celebrándos fam fragios le aplica la fatisfacció de ellos: y la intens cion hade fer, de que (e apliquen luegópor el tean to de las penas, que baíta entonces aya coútraido la períona: ni tampoco [e puede aplicar por el. reas to, que le contraxere delpues; por-la milmia rázon de no pe der quedar fulpélo elte efedto d aíbitria de la per (064; y por edo lic iotado enel y, 4714 que ferá bien; que Maríilió telerve algunos lufras gios, para que lecelebrea deípues de fu miuéttes para latisfacer los duevos reatos, que contraxere por fusdefeRos.comecidos delpues de hechos eos oficios primeros; CONFERENCIA Ív. ; Dil Min ¡firo que ha de celebrar el Sacrificio de la Mia. EA SVMARIO, Dos cofas fe confideran er el Miniftro de eSte Sacrifis cio, M. 1175. Muchas cofas acerca del Ministro fe tocan remmif sim ve, 4 A. 1176. ada: 1180. | Comole ofrezcan los demas fieles prefentes al Srcri ficio, y otros, cod. tr. 1180, Solos los Sacerdotes pueden hazer el Sacrificio de la Miss 1. 1181. + Los que celebran ná lo Jiendo, debi fer delasádos ¿la Inquificion, fs penas, mn: 1182. 00" Todos los Sacerdutes y aunque heregés degrados ,¿ excomulgádos pueden hazerlo valide, m1183. Que fe requiera pará que fe haga licitaméten.1184o Es probable; que folo comete un pecado él que le celen bra en mortal, ibid. Como aproveche sl que de celebrá es pecado mortal, mANpo 11850 * 3 2 -

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz