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| 156 f i blando,no afsientod1a fexta lenrencia referidatá el ium.g11. que dize, que no obliga elte precepto de la Comunion haíta los'eatorze ¡, O quinzé años. Lovno; porque eta opinion'es contra el fentir comun de losDoctores,y no fe funda en ras 200 fuertoslo qual erá neccffario para fundar pro babilidad Í:gura. Lo otro, porque elte precepto obliga, en llegando 4 los años de la diferecion:á juyzio del prudente Confeflor: Sed (ic eft, que el prudente Confeflor haze juyzio en muchifsimos fgeros,que á los diez años;á los onzc,0 d los do- e, tienen difcrecion Sufcientifsima para poder comulgar : Luegono fe podrá dilatar á los tales la. obligación' de 'comúlgar halta los'catorze , 0 quinze años. 921: Dixe generalmente hablando;porque bi n creo,que en muchos rufticos,que fe crian fin cul- sivo entre Padresignorátes, y muchos huerfanos, aun pafados los quinze años, hará joyzio el pru- «dente Confeffor, que no eltán capaces de comul- garsy que eltos lugetos,y otros de duro ingenio, «y tolco entendimientosno eltárán obligados 4 cl. te preceprod los catorze, 0 quinze años. Y fito» 168 dos los fugetos del Pais,que refiere la coníulta en el num. 904. fueffen de efta farina:y pudiera dar- feles refolución favorable; pero ni todos lerán de efte genero”, ni le podrá aplicar e(tá limitácion sodos. 911 Reípondo lo 5, Que fi huviera coftum- j bre legitima , de que en el Pais , de que habla ta elpecie del cafo y no fe diefle la Comunión hala «umplidos los catorzé años, por evitar los gaítos «recidos del entierro,(1 mueren, quando comul- agavan yá; fe puede paar por e Sa coftumbre, y fe rá praGicárel queno comulguen hafta cfa edad;/eguu la doftrina de los Autores de la fexta dentencia. Elta refpueíta: tiene Manuel Rodri- iguez en el cit.cap.. 64. ¿oncl. 2.:donde aviendo di- cho; que efta obligacion viene en los muchachos d los catorze iños ,''y en las muchachas á los do- ze, y añadido con Medina, que [e ha de dexar al 5 arbitrio del Confefor y concluyó con eftas pala» Mie N bras formales. lata * 923 +», Verdad es, que fila coftumbre ha ad *p» mirido;que ningun mogo, ni moga antes dela ly» fobredicha edad comulgue , efta le dere guar- ip dar; porque no le guardando con: algunos mu- | y» chachos,y muchachas, cuyo entendimiento»: y A * E » Juyzio fuple el defeñto de la edad, feria efcanda -s» lo, para los que ignoran fu prudencia y y avilo. j t -«Haíta aqui Manuel Rodriguez. Efto miímo con- firma el clariísimo Dodor Navarro vb; [»pr.eod. | | ¿ips num.s7 donde dize cítas palabras. Quelacof “Ag, tumbresque parece general en toda la ChriMtiá» : toy dad [abida,y no repreheridida por los prelados, » de que losO más tarde lecomulguen, ve le conhefían (por les parecer, queaunque tienen diferecion Dalia lod fe Ei o n acompañadacon la devida devocion;y vt Y m0 Tratado IX 5 del $dmtifimoSatramento de la Entharifita: 7 obligacion, (egun vn Card. ( cita 216 mágten 2 ,» Cayetano en la Sumayuerbo Communio Sacramira sa lis.) Porque aquella coftambre honefta derogó »» 9 declaro el mandamiento del Concilio gene= ¿> ral,quanto 4 eltos; y aun le podria dezir, que »» declaró el Mandamiento Divino , en quanto á »» £llos,que ni aun en el articulo de muerte fe co. ¿s mulguen; aunque de nueítro confejo Te cómul- »» garian en el,pusíto qae no comulgallen ( fiemié 5» do fanos ) enla Paíqua. 914 Decltadoétrina deNavarro:le formael. te diícuríos La coftumbre fabida, y no reprehendis da por los Prelados,es baftante,para que elCon- cilio Lateraneníe,que manda laComunion,en le- gando a lá diíerecion, le'interprere, o ceffe hata los diez,Ó los onze años: Luego tambien la miíma coftambre baltará, para que no obligue d-losc4- rorzé. De elte argumento le vale el docifsimo Naávarro,cod.cap.21:00mM. 4:fin.para probar, que la coltumbre haze lícito el vío,de que en algunas parteslas viudas no falganá Milla en quinze dias, 9 yn mes:Luego la mima coftumbre dize) don= dela huviere , lohard licito feis mefes, 9 vn años pues ño esmas divino.el precepto de oir Mila cm quinze dias,que en Íeis mefes.Subfumo. El precep= ¿Yode comulgar no es mas Divinoyni masEcleaía tico en-los doze años,que en los catorce, 0 en los nueve,que en los-trece: Luego 1 la legitima cofs tumbre e sd queno fe comulgue Juego, que lega la diíereción, haíta tener diez, O onzc:años; podrá hazer lo mimo lá cofumbre legitima ¿a los catorce años: 20925. Vea/aora el confulente,que tal es la cof tumbre del Payss( el legitimaso no; (1 la permisé libremente los Obifpos,9 (us Vifitadores;y fi has lare,q es legitima coltúbre, podrán conformatíe con la doétrina de la Íexta fentencia, y deltanuek «ra re(pueíta 5. y fegun ella podrán abíolver 4 los Padres de los tales muchachos , 4 por la alegada cauía no les permirécomalgar. Aung 4 le puedes ferá bié delterrar efía coftumbre,y hazet que co- imulguen los niños,en teniendo difcrecion baltan- re á juyzio del Pradente Confedor,o Parrocos.; Efto eslo-que fiento fobre efta dificultad. sal wofiempres Te. CONFERENCIA XL ¡Delos tfeRos del Sacramento dela Encha iia SYMARIO. Puede recibirfe de quatro modos laEuchariftia,n.926 Quienes:ma reciban fu efecto, m.p27.- y Cirifio;: Mariacomulgaró la noche de laCenas»n.918 Difpoficiones para comulgar, remifsive,B. 919u> Vo produce Ju efeGo la Emharistia, hafia quebaxs al estomago, 1.930: cenasl 7 «Se ha de tomar ¿modo de comida para canfarle,ibía «¿No €s mece/Jario comulgar enambas e/pecic5, 1.9310 sa Alia zemifiad, ibido. is 4
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