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Conferencia V 1. detesdias.hcra, y lucas en que Jebadecciobrar la Mia: 233 fra feót. 3. imisio, ino que folo efta prohibido por derecho Ecleftaftico , impuelto por Alexandro H. in cap. uf ficit,de confecras. dift.1.y delpues lo coná firmaron Inocencio HI. y Honorio lL.en los eit<d, eab. confulifti , Y te referente. He dicho regu/ara mente hablando; porque cu muchos calos le.conce- de poder celebrar dos Millas en yn día , de que le hablará defpues. pay PERA 1381 Conclulion 3+ Aviendo caula grave, y competente, [e puede celebrar dos vezes en vn dia el Sacrificio de la Milla, eltando el Sacerdote en ayuno natural, y no aviendo tomado en la primera Milla la ablucion,ni purificacion:.es comun de los Aurorcsipórquela prohibicion,que ay para nO CC= lebrar mas que vna vez en vn día, es por Derecho Ecleñaftico; Sed fic elt, que elte cella ocurriendo caula vsgente, y grave: Luego aviendola podrá el Sacerdote celebrar dos vezes en vn dia , como cf- té ayuno; y no aya tomado la ablucion, ni purifi. cacion en la: primera Miila, 1382 Delo dichole infiere lo 1. Que quan= do par la corredad de las rentas , € inopia de $a- cerdores tiene vnCura cuydado de dos Parroquias divifas , puede celebrar. dos Millas en los dias de ficftajcomo afirma con Soto, Azor,y Grafio,Polle- vino vhi fupra n. 7. Balleo derbo Mi//s 4.1.5. Y la comun;y añade Suarez tom. 3.8n3.part.di/p. 80» fec.3.prope finem,4 podrá hazer lo:miímo en dias feriados, fi en ellos dias en ambas Parroquias ay fuficients multitud de Pueblo,que oy ga Millasy lo miímo tiene Leandro del Sacs.vbi: Jupr. difp.5.q 38. aunque Diana part.10.brabf.16, refol.1 2.cob Lugo, Dicaltillo, y otros tiente lo contrario; y yo juzgo con Ledelma cap.19» de Ench. $. Di go lo 6. pag. (mibi)240.con Juan de la Cruzqg.2.de Sacrif: MifJ-dab.3 .1.6.comc/.2. que en clto fe ha de eltár ¿la collumbre , y lo aconfeja.el milmo Suarez ibid, y no conftando de la coftumbte , fe haga con confulta del Obifpo; como advierte Pollevino cir. esp.2.0:7.+ y juzga probable Lugo ih rejpomf. mor. lib.r dab.12.n.2. puede concederlo el Superior. 1383 ¿Pero advicttan los rales Parrocos, que tienen dos feligreltas , que enel Jueves Santo no pueden celebrar Milla en ambas Parroquias;y de. xar refervado el Señor en la veria, Monumento; fivo que hagan ellos Oficios,y celebren la Milla en la Parroquia principal, llamando ellálos feligres les de la anexa: y li ambas Parroquias fon iguales, celebren vn año los Oficios,y Milla en:la vna, y el otro año en la. otra. Alsi lo enfeñan Suarez eod. lora Ledelimaeod. cap. 19. Page 24.1." Juan de la Cruz cir.dub.3 . y Leandro del Sacra ead.difp. 5.q.40La razon.es, potque como el Viernes Santo no le con- fagra, y para confúmir la Hofltia relervada en eb Monumento y la ha de tomar cón vino en la' pri- mera Párroquia , yA no pudria tomar la otra Hof vía en la fegandaParroquia en ayuno natural:Lue- go, E A A : 1394 Pero Íi por inadwertencia,ó ignorancia el Sacerdote huvielTe celebrado Milla el Jueves confer. Part. LL, Santo en ambas Partoquias, y relervado el Sacras mento en el Monumentozdizen Suarez cit. fer. ja Jfme, y Juan de la Cruz ibid, que enla primera Pa- rroquia fuma la Holtia en los Oficios del Viernes Santo,fin mezclar vino;y li yá le mezcló,y tomo, no contuma la Hoftia enla otra Parroquia, fino 4 la relerve en el Tabernaculo,d Sagrario, y no haga el Oficio del Viernes Santo en cfla fegundaPárro- quia.Lo miímo enleña Fr.Pedro de Ledelma e04,, cap.19+5. La dificultad eftázante 74 concluf . 1385 Infercic lo 2. Que fegun enfeña Jueh de la Cruz vbi fupr. con Durando, fi por la corte. dad del Templo no caben en él los ficles,y por no ayer mas de vn Sacerdote , le han de quedar mun chos hn Milla, podria el Sacerdote celebrar dos en dias lolemnes 3 porque los fieles tuviellen el coná fuelo de oirla en tales dias; lo qual tiene por muy, probable Suarez cit. fec. 3. fine, y tambien Ledef= ma cod, cap,1 9. $. El parecer,ante 8. concl. Quan do fuera de la Igle lia no le pucde dezir Miíla cos modamente,0 dezitle en el atrio interior de cilas de forma,que de fuera puedan oirla todos; y con elta limitacion me conformo con el diétamen de la Cruz, y Durando: y cafo que de fuera no pueda olríe comodamente, fe confulte con el Saperiory para obrar con feguridad, Lo que puedo afirmar, es,aver vilto en laCiudad de San Sebaftian,que en, el graviísimo Convento de S. Bartolomé de Relis gioías Aguítinas celebra el Cura con licencia del Señor Nuncio dos Millas; porque todas las Reli- gioías(que fon muchas en aquel Convento) ten4 gan el cónfuelo de olrla;(iendo aísi, que en aques la Ciudad ay muchifsimos Sacerdotes, a(si Regua lares, como Seculares, .v 1386: "Infiercle lo 3. Queíi el Cura,que fir= we d vna Parroquia,enfermalle, y no buvicile otro que celebralle el dia feltivo al Pueblo,podria otro Cara quefervía la Parroquia vezina en otso Puc- blo celebrar elle dia dosvezes , vna en lu Porro quía, y otra en la del Cura enfermoscomo conDis caltillo dize Dianaparf-10. .traff.16.re/0l.23. Ina ficrele lo 4¿Que entierras de Infieles, ó Hereges, como es en la Africa, en Inglaterra, y Olanda , en que ay! pocos Sacerdotes, y muéhos Catholicos ócultos, a quienes no pueden fatisfacer aquellos eclebrando fola vnaMilla en las ficltas,pueden ga lebrar dos,porque fatisfagá al precepto de lalglea fiascomo con Lago,Fagundez,y la comun enteña Leandro del Sacr «voi fupr.q.39.y advierte Tama burino iimetób. celebr. lib. ricap.6. $.2.1.1. Qué no es necellario pedir para ello licencia alQbifpo, aunque le aya proximo; porque el cit. cap, Confa (mi/H.concede eltafaculrad,aviendo neceísidad,cos mo coníta de lus palabíias : Nifi canfa mecefsitarós fuadeat [uffieie S acerdotí femel iu die duam MijJam folummodo celebrare: Luego concediendolo el Des recho en calo de necefsidad , no esnecellario pes dir licenciá al Ordináric.Orras colas perreneciend resá clto fe tocarán abaxo $. 3: cafo 2-1" 14214 E fequevtión : Y 1387 Cond

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