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8 TratadoV TI. del [. Mandamiento Si bien Villalobos par:.2.traét $1. dific.30.num.5 Soto £b ¿“de o EROS 2 quien figue probablemente Bartholome de San Faufto ¿n Speculo confefíon,di/p.23 quel 8.num.8.Remigio rraft.2.c.6. $.8.nu4m'7 enteñan ,q quando el adultéro no aconfe- joa la adutera , que introduxeflé , y fupuliefle como a hijo legitimoal efpurio', fino que el:a Jo hizode fu Inera vol nrad , auque eltá obligado “a farisfazer los a.imentos; qneel marido galta con el hijo apro ó pero no a los etros daños de herencia, S'dote, lo qual ligue como probable Diana part 2.traft.17.G es el 3. “Muícel. pi 55- Y eslarazon: porque fila adultera procurafle el aborto de efle feto efpurio,no fe diria el adultero caufa de efic aborto , fino lo aconfejara, 0 cooperara con la adultefa a el = luego lo mifmo fe ha de dezir de la introduccion del hijo efpurio entre Jos Jegitimos. Aunque lo verdadero eslo que dizen Le- f10,y Azor. . - E Y el iodo con quela adulrera ha de refarcir effos daños, ha de fer mejorando alos hijos legítimos, o herederos verdaderos,de lus bienes parafrenales, y de fu dote: y fino tuviere uno , niotro; procurar a hor- "rar de otros gallos, quealias avia de hazer, fegun lu eltado, y trabajar algo más de lo acoftambrado, para cón effo retarcir Jos daños a fu marido, y hijos legi- timos. - Y ultimamente, en quanto pbdiere, Tin ignominia fuya, debe aconfejar al hijo efpurio que entre Reli- ¡of0,0 Que renuncie la herencia, eomo dizen Soto, Cordova! y Aragon,que cita, y figue Villalobos wbs fupra num. CAPITULO ITV. dal | Del Rapro. 23 Padre,aculome,que a una donzella la faque , de noche de caía, y la llevé a la mia, y alla la viole. : C.Y fuetodo por confenrimiento fuyo? P. Si Padre. C.Si v.m. la huviera facado de caía con violencia, tenia ele ¡ecado dos malicias en efpecie diítintas; la tana contra la virtud de la caítidad , y la otra contra jufticia: es comun, Leño lib.4.de jujt.cup.3. dmb::. 9. num.Ó67. -. Pero lí ella voluntariamente falió de cafa, no havo ma!1cia de rapto.Sanches lib.7. de matrim. dsfp. 14.1. 5 7 otros que cita Baílco,verb Rapius mum.7 o milmo o del aver violado a cfla donzella,, que (i fuera por fuerga, tenia efeadto dos malicias, É Mama eltupro ; pero fi ella confintió voluntariamé- té, no fue eltupro, fino folo fimple fornicación , en fentir de Pedro Navarro, L.eño Vafques,y otros,que cita Murcia, tom.2.lib 4..di/fp 10.refol.3.m.3.Dianap. 1: tract-7.refol. 11. y la razon es; porque /ciemt, ES volen vúvulla fir injuria. Luego fi la tal donzella de lu vo- himtad coníiente , no ay malicia de rapto, ni ef- tupro, = AunqueSuares, Azor, Bonacina, y otros, apud Murcia'iósd. m. 2. dizen fer pecado con malicia de ” eftupro aunque la donzella confienta (ini violencia; y ide Bafleum, Uerb Simprim 1.1: Y digame, los padres, 9 tutores, a cuya guar da ettava ella donzella, vreron como v.m.la lacava de ca 2? P Si Padre. C.Y fe refiftieron paraque v. no la facarrá? P.Si padre,pero yo tuve más brios, y la llevé. C. Pues por effa circunftancia de aver fido con la actual refiltencia de fuspadres, huvo malicia de ins Jutticia , en aver lacado a cíla donzella de cala, como fienten los DD. 25. P.Padre,acufóme de aver conocido por fuerga a una muger viuda. C. Y llevo y.m. por fuerga de un lagar 'a otro , para conocerla? porque en efte calo avria pecado de fapto. | * P,Si Padre "CC Afli como la malicia del rapto fe verifica, quan do violentamente le lleva de un lugar a otro gyuna muger,para abufar della,ora fea donzella, ora calada; O viuda; del mifimo modo, de ualquiera eftado, que Íca la muger, (icon violencia fe llega a ella, tiene efe acto malicia deinjulticia porque la virtud de la juftis cia ordena, que a nadie fe haja agravio en fs bienes, O perfona; enefle calo fe haze ala perfona de la tal muger [qualquiera que fea. ] Luego es' pecado de injuíticia; y a más de elo contra caltidad , como es claro, aunque no fiendo donzella, no tendrá elle acto la malicia de eftupro. CAPITULO V. Del Eftupro. 26 Padre, acufome , que a otra donzella cos + NOCI CON Vilencia, C.Y fue dandole palabra de cafamiento , d ofere: ciendolé dote? P Padre yonada le ofreci C.Si ella huviera confentido en dexatfe violar, nó eftava v.n. obligado a reftituirle cofa alguna”, [ no aviendolelo prometido] aunque alias fus padres,0 tus tores refillieran a ello Sanches (b.7. de matrim. difp. 141.1 1-Lotio, Navarro,y otros¿que cita,y figve Fa: gundes in 6 pracept.lsb.6.cap.s. Villobos part. 2. trad? 11 dific 3 num 5. Porque ella, y no fus padres tiene pleno dominio de fu cuerpo. Pero aviendolav.m. conocido con violencia , quitado!a fu honra, aunque alias nada laáya prom:ti> do,efta v. m.obligadoa reftituirle,no toda la dote, fi. no'aquello demás que necelfita para calar: v.g. fi el tando con fuintegridad , hallaria cafamiento com tente con 300 ducados, y por eltar in ella , neceffita de'50.. eftay.m. obligadoa reftituir!le 200. ducados; porque efie daño tuvo por culpa de v.m. Villalobos en el lugar citado mu», 13. Navarro en la Suma Latí- na,Cap.16.8-17. y OUTOS. P.Padrejella cato del mifme mod», que íi eftuvie- ra con fu honor, fín más dote, queel “que llevaria cftando finlefion , pues cafó con la miíma dore, que tus hermanas, C
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