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2 Pratado 111. del 1TL. MMindamiento. embio los criados a regar ,y 'en tiempo de Agolto a tender la parva, que cl día (guiente le ha de trillar. C.Lo uno, y lo otro conceden por licito Sanches Uibi5.en los Confejos Marales,d1b,18.n. M1... con algunos modernos,que cita Paíqua!igo en el lugar arriba citado decif.:29 n.2. Porque la coftumbre tolerada por los Su periores, y legitimamente introducida, prevalece có. tralaley Eclefialtica ; ay «ya coflumbre tolerada», y mirida afíí de rega ¡como de tender las parvas en - dia de Fiefta.Luego no ferá.contra el precepto el ha» zerlo uno, y lo erro. Como también cl pefcar con caña enlos dias de Ficíta, y el andar 4 caga es permirido en fentir de Murciaes el lugar arriba citado mu».3. pero n> pels car con redes ' Tambien la coftumbre cfcuía de pecado a los bár- beros, que exercen fu oficio cn dia de Fiella, como dize Soto, Fagundes, y otros, que cita Diana par: 2 tralt.15.refol.234. : Pero note-fe que en donde no huvierc coftumbre legitimamente introducida, y toleradá por los Supe- rieres, no fera licito trabajar en los exercicios se dichos. * Ñ 13 P.Padre,aculome,que en la fñiega, en. que fucle difpentarle para trabajar en JasFicttas¿he trabajado, y percibido el jornal C.Efo no es ilicito: porque quando por la difpen- facion es licito ya el abajo e puede percibir eltipé- die porel como enfeñan o. Soto, Medina , Navarro,y otros,qué cita Murcia xb: fupra refolb: we. 5 y es la razon: porque fin:s legis non cadit fublege Lue- go el que fe haga la obra por fin del eftipendio, no fe= rá contra el precep:o, quando la tal obra por la difw penfacion es permitida Del qual principio de infiere, que por fer licito el efcrivir en dia de Fiettafe puede percibir eftipendio por elte exercicio 14 Aquies menefter que el Confeflor advierta a muchas mugeres,que pienfan que el dar quer ro pun- tadas en dia de Fiefta es pecado mortal,y les diga eo- mo en efte precepto ay e parvidad de materia, y que el trabajar una hora no es pecado mortal en fentir:de Azor p.3 lib.1.c4p.27:9.5:y 402 Bulembaum tra? 3 eap.1 dub.2.num.7 le parece que dos horas cs materia A del miímo fentir es Filiucio , que cita, y figue tana part.2.trafh.11 Mifcel refol.36.8 Quaná vero.Si bien fi fe haze fin neceffidad,ferá pecado venial; peso aviendo nece/lidad, no es pecado a'guno el trabajár el tiempo dicho. CAPITULO UL Del Ayuno. 15 Padre,acufome, que algunos dias he dexa- «do de ayunar. ¿ C, Y porque caufa? : P. Avezes fin caufa ¿ y otras por a'gun trabajo,en que me ocupava. - C.En cumpliendo 21.2ños,obli n> o la enfer medad,o tra ayuno de artodo Chrifbia ajo lo efcufe] el da la Quarcíma, Temporas, y Vigilias. de Santos , que trayen ayurto; y el omitirlo es: recado mortal. Pero. en los Viernes: , Sabados dee «re año, aunque ay obligacion de no comer carnes; no la ay de ayunar. >4 16. Y en. que trabajo le occupava Y. m,: quando dexava de ayunar? P.Padrez a vezes podando,otras vezes me iba aver los peones.':; C. El podar estrabajo fuficiente para ¡eximir del ayuno. la i Porque es principio comun de 'Fheologos,4 qual- quicra trabajo recio,o incompatible. can el ayuno ef- cuía del: cal es el podar, cabar, labar, legar, labrar,y los femejanos.Luego v.m-los dias que: ódava, no eltavi obliszado a ayunar. Y quando v. m. 1ba aver los peones, tenia muy le- xos las her edades,de manera, que le falbigalle mucho en ello? P.Padre;, algo lexitos eltavan, C.Y froliav.m.iracavallo, 0 a pie? P.Pad re; a.cavallo. »3 C¿El Papa Alexandro VÍL. cn fu Decreto del año 1666.en la Propolicion 3 condeno por improbable la opinion que dizia , que todos los que andavan a. ca- vallo, «aunque fucfle fin neccóidad , y el viage folo fuefle de ua dia, cltavan dolob gados dobayuno. De que fe infiere,que y m.andando»acavallo aver los peones,y no tieniendo en el campo mas trabajo,Gq eftarlos murardo , no eltava defob 1gado de ayunar, Porque aunque fu occupacion fuellumeceliaria, pero el casfanciomo podiafer mucho ; pues andando a ca- vallo; no podía durarle tanto rato'el llegar a la here. dad, au1que eftuvie/le algo diftáre,que porefío que- dafle eximido de la obligacion del -ayuno" 17 - Si w.m. húviera de andar a pic, y el caminar fuefle por la mayor parte del dia de una heredad a exra, citaria delobligado del ayuno, en lentencia de Sanches sn: confiliss rom 2..l:b.5.cap.1.dub 10. Sylveftro Gabriel, Paludano, y otros gue cita; y figue cl KR. P. Lcandro de Murcia,Capuchino en la explicacion de la Regla de nueítro P. S:Francilco, e 1p 2. fobre ea de la Regla $.2:n 22105 quales calcivan, que el q am a pic gras part: del dia fiendo el viage précilo,o aril, ao eftá regularmente” ob ¡gado alayuno ; cl ar a ver los peones, es exe: cici o util. Luego 11 la mayor parte del dia fe au da a pte en ele exercicio ,- regularmente no avrá oblig :cion de a:vunar. 18 P.Padre acufomi", que un dia anduve á caga, y quede tan canfado para el dia iguiente,que era dia de ayuno, que no me me atrevia ayunar. C Y previno v.m.que fe moleftaria' tanto que no podria e dia figuiente ayunzr ? P Padre,no ocurrio eflo. C:Del Decreto de Alexandro VII poco ha citado, le inficre,q elandará cagao jur a la polota,o exer- cer otra ocupaeion voluntaria; que Íc puede efcufar, no £s baltante para eximir del ayuno, córra Medina, Ledeíma, Ejlincio, Villalobos,que cita Diana par?.1. traik.9.refo!. 4; que enfeñan, que el. que¿ponc abice voluntariamenteal ayuno, v.e faugádo=le muchoen eljuego de pelota,no pecari endexár de ayanar. mo qua

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