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Cap.L Delos Solda7os. que huyiete recebido, cómo afirma con la comun Moactado 10.2 sb 5 trati.1 doc Gram 2 0S la razon, porque eleRey haze mucho gaíto en ves tir los Soldados , alimentarlos , conduculos de un du gar aorro; y pagarlos ¿afin de que le (gan: Luego wmolo hazan ¿fino que fe aníentan. pecaran grave went: con obligacion de reftituir: 3: P.Me acufotambien Padre , Que aviestdame encargado el Capitan un paelto ,:en que awía mans ficfto peligro de la vida, yole dexe, y me pufecjen otro lugar mas feguro. €. Y evia ebperanga de 'la. Vitoria en aquella guerra? P.No era cola defefperada. “¿Ci Yde figura daño, o tueocalion de que fe per. die Me lá toria, por no averfe cuniervando v: mm € aquel puuíto? ] P. No Padre, porque: luego do ocupó €on otra más animofo, 4 €. Obligacion tiene elfoldado de mantenerfe. có el yuelto, y lygar ¿en que le pone fu«Capiwan rund. Íta con manificito; peligro dé láwida. Cafpenii tom. 2 trat. 17.de Char. difp jet. 1.9.2.1 y la comun.Y ettá oblagado a reftrcuir dos daños , que de Gguieren por aver deflamparado el puelto, menosen cat», que no huviere cperanca de relillécia Palao tom. 1.1raé, 6.di/p.5 puntt.5.num. 4. Potque para cla le tiene,y pigacl- Reyepara que obzdezca, y fe exponga al pebgro por fu defenía del bien publico, que pela mas, que el particalar. Y aunque cs loab!e en el fol. dado arrojarfe al peligro de la vida ¿ quando por efe metio efpera confegusr alguna facción eloriofa par salu exercito , O Republica y pero fi hvianamente: fin fundamento [e pone. a rmezgo de la vida y petard mortalmente contra lá virtud de la fortaleza, ¿omo " dze Polao-rbid 4 P. Acufome Padre,que en una ocalios , que Megamos aun alojami=nto. recibi dos cedulas, O pos hiz»s,para hofpedarms ra dos cafos, y:en tola una me ho!pede, y al otro hutíped obligué aque me pagito tecn dincro lo que meavia de dar emecomidá , y po” Sada. CGravemente pecó v, m.con obligacion. dercf- tituir elle ¿incio alegan fugero y de quien la tes abios y tambien pecura gravemente» con obligas cion de reflituir , el que diftribuye los alojamientos; hwomadvyrrencia dicfis a un loldado dos polizas. C.dpenlis mbs Jupra Vilbilobos 'en el lugar curado n.$. Puesnoaytitulo alguno, para que el loldado reri= ba cif dinero,ni le Je feñalen dos quarteles , quando - el unole baña. | 3 5 P. Af miímo me aculo Padre, que no me he contentado eñ los alojamientos con lo: que a da» van, y he facado a lo; hueípedes algo más. U No davana vam. lo: decente, tegun la poffíble da, que tenian? P SiPadre. C. Graves extoriones fuelen haze a fo< husipe- des los leltados en losalajimientos, no cortétimdo fe con lo queles dan y fino ficandoles con viol=Arra 35 mal modo, y fobertia más de -lojiíto: eno quel no folo pecan graveméntes lime queen iábion «blo gadosa relbituif lo que tán violentamente han recio bulo. Machado b: japrama». 3. Paloo , y Cotrente doc <:t. Villalobos. fxpra hen 9. Drsña part. 6. troll y, ref:1,26. Porquenolo dan - los buclpedes volunta: namentes fino totalmente v160lormtados de la lubera via, y aluvezdelos follados u.quiétos; y poco hu. mides, 6 P. “Tambien Padre me acufo, que en das mare chashe tomado en los Lnmgares, y compos algunas colas agehase C. Se hailava v. men nec idad «xtrcm:? Pora queen elatuta sion Jo necesario, para iccbr- ses ha necofh. tod; aunque en la nece Bidsd graveno» es hno burra, por clinms Ya CONiDacOCiumo elcana dalcfa por <L Papa Incvencio Xi en ia Psopol. 36. P.No meiallava eb extueoma neo Miuad: C.Induxoa v. 1. algunos comphe os para que robaílen y y hurtallen en clas ocalionis? P.Padre, Eódos to hamamos tin reparo y En nes ceffitir nadie de muucir a otro para sobar, C. Muocbos injullacias tuekin: her los foldacos en las niarchías por. los caminos, y térras por uunde pañan ,en quepecan gravemente con cbiÉacion as reltituig lo q Ga temor de Dios, contra toda razo, ron hurtan: El Cafpente frpra, Y eS comun. erdad es, . tiene cadá ino dt ¡os toldados obli. pa de teítituir todo el dño, quádo no fue cau- aq determinoa los compañeros a el, lolo la parte, q le correfponde,tendrá obligacion de fatisfazer, Pe- ro los Capitanes, que por fu oficio eflan obligados, a que los foldados no hagan: injullicia , cltaran oblr- gadosa larelturuición de todo el daño, “que por fu conlejo, O culpable omiflion hizieron los foJ sados infersores. lrscum Nayarro,S Leño, C.(penlisrom 2. trat, 118.de reffu dijp.1 fect.9.$ 3 9104 : P.Padr e no es poble que yo haga la vefbituicion a las perfmas domnificadas y porqué mo conozco a unos,y los que cortozca, eftan tan lx>s, queno pos dre Matifizenles C Emebe cafo fe puede hazer la reftuuicion a pobres, 0 por medio velas Miles, 0 con Bulas de gompolition; como enfelié en la 1.p.de la Prol trat, 9 cap. 2.4um. 20 pag 97: Pues nadie cita “obhgadoa to mpoflíble , lugo hicado «mpoflible el y elbmui el daño a la mima perfona ofendido, baltara que fe fa- tisfaga por modo de limolaa, 0 Bulas de cóploficion Adverse Encia. Raviífimos fueleniter Josinfultos, quelos fol. dados tometen ngola mente los viicños, que pentan, q el Enrrar enla mmiicia, es entrar a una vida licenciofasfin Diosns concer cio, los: robos, Jos da- ños e mpolticias, que, hozen.fon muchos, las toy: zas, y iontuabidade+* len bulgss:Bimas enselles, y es For- tor oir las blas m:-9 ¿Jurame: OS, Y (Xetracicnes s G cxala fs permeoiotos lergost: ulirmjsodo Et rel. peéto;mi fer sehgron aquel venerado rombre de nucftro

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