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as Cafo3. Nollarma, E furtiva Ec. “Tres cofas fon nece Marias para INCUIMIT CN cíta redes vación: La primera, que la falida del Convento le haga de no- che, cori que fi fe haze de dra claro y [ca por la maña- na, ó tarde, no fichado. con anime de apoftatar , no fera pecado relervado. La fegunda, que la tahda lea furuva, o a efcondidas, y ah ti le ven otros y que ño fon complices en ella, no fera calo refervado La ter- cera, queda Calida fca fuera ue los terminos de la claufura, legun que cada Convento tenga más, d menos limitados los terminos de dicha claulura: concurriendo eflastres colas juntas , fura el cafo re- Jer vado, y una fala que falte, dexaira de terio. 26 Calo4. Propricias, Sé Bien puede verificarlo, que el Religiolo peque mortalmente contra el vóro de la pobrefa, y no fea proprictario, c mo li tuviefle a lu uto cofás tup crfluas en cantidad notable, con li» cencra de lu Prelado, pecaria gravefiébte cóntra la pobre a, mas no feria proprictario, ni imcurriña en elle calo refeivado; pero le incurre,el que a quiere, retiene cnagena,0 confume alguna cola en mátena grave, lin licencia exprefa, m razonablementé pre. fumpra de fu Prelado,pues efe tal realmente es q 0. prictarlo. La cantidad , que lerá grave pataincurrir en cita refer vacion y en el fentir comun de los Do- Ctores ,es la que en los leglares es fuficientez para conflicuir materia grave de burte: Sic Balleo subi fup.. S.4: Lia cantidad de quatro reales fiente fer gra- ve Thomas Sanches en la Suma lsb.7.cap.20: 1:5. pe- ro en colillas de comer no fe habla con tanto rigor, quando los Religiofos las toman para confumirlas, y las Pielados no fuelen fer mvoluntarios en la fub- Itancia, fino en cl modo, fegun lo que de los criados, € hijos de familias dixe en la 1. part. de la Praél. tratt, 104.150. Pag.173: A 27 Calo 5: Juramentim filjum, Sc. Enla teler- vación de efte cala incurre cl Religiofo , que liendo preguntado judicialmente, y legitumamente por fu Prelado, comoreo, o tclligo, jura falío en las cofas, que fu le preguntan ; pero li el Prelado no pregun- talle legitimamente, por ne tener probinga Iemu- plena ,Ó no tener probada la infamia , O por Otra ra- 2o0nyMo incurrina en elte cafo el Rebgiofo, que ju- ralle falfo , y fiocultaMeda verdad con amphibolo- gra.externa, quando no debia manifeftarla, tampoco Pucaria en no icfponder ,tegun la mente del Prela- do. Vea fc lo que dixc en la 1.p.de la Pract.traci.a cap 1.1.20.p4g.19-y lo que 1 € detpues enel traét.15.cap. 1.S.1,per Lotum. 28 Caño 6.Procuratio amxilinm aborta4s,c.Aun- que no fe figa «1 efi Éto del aborto, incusre en celta selcr vación el Religroto q procura, O aconfeja , 0 da favor a la muger pieñida, ordenando bebidas. ba- cados, O Cargas,Ó Otra cola a efe fin, con tal, que el fcto cile ammado; pero fino locfla , ño fe incurre en la rele vacion ¿ tampoco fi la muger no tema da bebida, O bocado , 0 cc fa que fe le ordena paa abor- tas : ó fi ignorando ellar preñada la muger, Tele of. denan eflos remedios, para eflerilizarla, O para otro fio difunto : y a más de ello incurre en cxXCoMunion, Cap. 1H. Noticia de las ajos referaados enla Religion, E tl que procura, O 2Confeja el aborto,ccmo dixe en É 1.p.del Dialozo,tratt.5 Cep 5.1.34.pag.47. ' ¿29 Galo 7 Falfificatio manes am foil; Sc No les ra calo 101€: Yau el contrahazer la efciitura, fis ma, Q lello de los Oficiales del Monaflerio, fino ay falle. cad en la elerpora, pues ño lera falfificacion; ni tam- poco li efio no lu hazc para dañar, fino por modo de FOCFCACION, O para moltrar la habilidad de umicar la firma , O Ícllo. Con nombre de Oficiales del Convé. to, le entienden los Gene: ales,Prowinciales, Gomif fans, Prrores,Goaroranes, Mimitros, Vicarios, Pre: fidentes, Secretanico ic. Y el Eilfificar la firma, d ¡ello de qualquiera de ellos Oficiales , es calo r efer- vado, Veante otras colas tocantes a ello en da 1 ,p.de la Pralt en el Apendice de los cufos refervados ¿num 17, Nota 17. 30 + Calo 8. Eurium de rebus Monaleri, Gt Para fer relervado elle preado de hurto, ha de ler mate» ria grave, y lo ferá la cantidad, que: te ha dicho num+26,y «l que toma dicha cantidad de los bienes del Monalteno, y: g. dela libreria, roperia, facrila tiayÉtc. comete pecado refer vado, y aunque ay opls mones, fi rigurotemente lea celo relervado, arcnto el Decrero de Clemente V111 el hurtar las. colas, no las que firven al ulo comun del Monalterio, fi» noal vlo particular de algun Religiofo, como fe puede ver en el Padre Murcia Jobre el 7. de la Regla, cap-15: 14M. 13. pero ya que no incurra en la opinión de algunos, en la relesvacion de eftc cafo , al que bhurta cola que firve de ufu particular del Relgide fo; peroes fin duda, que incurrirá en la relciyas . cion del quarto cafo, que habla de la propriedad, pues Ícrá propmerario el Religiolo que hurta a otro lo que cita determinado para fu ufo particu- Jar , fupueflo que lo haze contra la voluntad del Prelado. Dc aqui es, que fera muy grove culpa de hurto , y pecado relervado cl borrar adlgun Reli. giotodos papules manulensos, y. tambien li feto, man Julo para copiarlos,como dize Murcia shid. 1,4 Vea: fe tambien el M.R.P. Luumbier tom 3 de la Sama n. 2066 que con muchidima razon pondera la gravedad delte pecado , y el notable pesjuizio y qué ue fe (gue. 31 Calog.Lapjes carnis, Ecxike calo li fe refers vaynt jacet, cow prehende, y le cxticnde a todo peca- ¿do centumado en qualquera de las ficre efpecies de lvguria, fea natural, O contra nsruram y peto linó es confumado con la obra,no fora relervhdo y como no ¿To fon los taétos,olculos, ni am pléxos libidinofos, no fguiendo-fe la polución, ny lo tera la polucion vo. luntaría, que procede de fola interior dele étacion morofa, Ó defco conicntido , no fic ndo procurada có ; IECION CXLCHOF , COMO IKE en el Apendice de los cafos rejervados en-da 1.p. dela Praél.n 25 Nota 25, Íncurre en elte co d6 el que le om plea en cofss, que per fe tie- nen influxo en la polución , sungue no intente cita, ni la quiera, ficon efeéto fe ligue, como el que ticne pcluc:ó con tabiosimpuros en fi, Óen tercera perlo- na, Ócon alpettos Iibidinofus,-O torpes, y obícines; perocl q intenta la pelucion con taétos , Ó de otea Gc i] ma-

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