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negarlo;y Pollevino,relte Diana p.5.traé? 3, rolas. im fine, dize y (ue con ea duda de ll tienen, o no uk de razon , 1c les puede dar la Comunion en peligro de. muerte, Yo juzgo,que guando fe duda del utoide lá razon., fe ha de dar el Viatico, (1 el mo llego alos, lierc años; y hno tiede flete años, no fe le'ha de dar, como no:caníte tener ulo de razon. La razon es, ' porque en cafo de duda es mejor la condicion del quepollee: Sed lic elt, que el niño que Hegó a ficte años celta en poflcítion de la prelumpcion de tener ufo de razon : y por ello el Derecho permite en ella. edad, y aprueba loselpontales , cap, literis, $ 6sp .a6 ecfsst, de defponfat, impuber. y cl que no ha llegado a los licte años no pote elta prefumpcion,: Luego quando feyduda, lr el niño tiene ufo derazon , fe le ha de dar.el Viatico , (llego alos licre años » y ino llego refta edad,no fe Je hade dar. $0 : P: Padre, un fel:gres mio,qgue avia comuúlga- do un dia de San Juan por,la mañana , le dio delpues de aver comido un accidente mortal, y No mb atre- vi a comulgarle por modo de Viarico. fegunda vez aquel miímo dia; y aquel dia murió ln recibir la Enuchasitia por modo de Viarico. + C. No faltan Abtores, que patrocinen (u ópera. cion de v.m. pues Suares, Fagundes , Grenada, y otros, que cita el Cardenal Lugo de Sacr.. Ench. difp, 16./21.3 n.52.y Trullench, citado de Leádro del SS. pa trattzidifp2.q 6. Faufto, Meracio, Zambrano, y gtros,quereñere Diana p.5 ,traót.3.re/00 :33.dizen,que al que comulgo por devoción a la mañana, no fe le puede dar el Viatico, fi el mifmo día le fobreyiene peligro de muerte; y dize Coninch de Sacram. 3. 80, art.11 deb.3.n. 100. que nadie ha dicho, q en elle caloaya obligacion de recibir la Eucariftia fegun- da vez; pero lin razon: dixo eflo Coninch, pues Ochagavia trall,2. de Sacram Enchar.q.14 n.7. llevó lo contrario; aunque Logo fipra num. 50. fine, dize, que Ochagavia mo dize cola alguna acerca de reci- bir el dia mimo la Eucorifbia otravez 5 pero fu ra. zon prueba lo mifmo del dia antecedente, en que fe huvicfle comulgado por devovion, que del dia mif- mo en que lubreviene el accidéte; pues dize Ocha- gavia: Quia in eo cafs [de comulgar por deyocion] Encharifiía non fumerciar 1anquam Viaticóm, quia hoc tantúm dat mr proficifcentibms ex hac vita. La qual razó fo verifica 1gualment en el que cltando fano, co- mu-Bo alguno, o algunos dias antes, como en el que fin aceidente de enfermedad comulgo el dia mif- mo Pero quidquid fit de hoc, llevan, que puede ,: y debe comblgar por Viatico el enfermo,que a la ma- ñana €llando ano , comu!lgo por dePocion, Gafpaf Hurtado, Hurtado de Mendoga, Ludovico de San Juan, y otros, que cita L.candro del Sacramento p..z. 1ract.7. dp 2,qu88.6, Vurriano, y el miímo Ochaga- Via, 3Quicngs cita, y figoe Diana pars.5. traét.3. refol, 33.y en la pare.8.eratt.1. refo1,87.$. Sed afirmativa, aviendo: citado a Hurtado, Zambelo, y Efcobar, añade con Cáñriftoval de Garcia , que clta opinion s ha. praéticado algunas vezes la compañia de elus. Cap.F. Part. 11. Del modode adminifirar el Viatico. 287 $1 Mi fentires, que aunque una, y otra op nión fon probables, pero juzgoque no ay obligacion de comulgar feganda vez por modo de Viatico en tlte' cafo; aunque hiento fe puede hazer licitamente.Que no aya obligacion le prueba , porque el que por ae- voción oye Milla , ignorando fer el diade fielta, en- fabiendolo, noelta obligado a oir otras fino a perfua- dile, que ya cumplió con aquella que oyó , cómo enicñe en las Conferencias, tral?.3.conf 3 $:2. num, 19. Luego el que por devocion comulyó, ignorando el pehgro de muerte 'que le avia de fobievenir , no elo rara obligado a comulgar fegunda vez, fobrevinien. de el mimo dia peligro de muerte. Que te pueda comulgar fegunda vez en elte calo ¿fe prueba; por- que (alguna cola avr de obltar a ello , feria la pro. hibicion , que la Igleba ha pueclto de Comúlgar dos vezes en un dia, cap. ConfuluiBis ¡de celebrar. Mijar. Sed fic cit, que de la piedad de la Iglelía no fe ha de creer, quiera obligar con tanto rigor, que prive a fu$ hijos del contuclo de recibir por Viatico en cíta ocalion el: Sacramento , fabiendo que qualquiera Chtiftiano fe preparamás fervorolo, y cuidadofo a recibule en ocaliones tan apretadas: Luego avrés mos de dezir , que en efe cafo le podrá comulgar fe». gúnda vez por modo de Viatico: ¡82 P. Tambien 'Padre me aculo de aver dado la Consunion dos,y tres vezes a algunos enfermos, no eltando ayunos. Lo 1: Y laJleyava v, m. ocultamente , 9 con la acofo. tumbrada 'folemnidad ? Porque el llevarla ocultas mente, eftá prohibido por Decreto de N SS.P, Ino. cencio XI. expedido en 12. de Febrero delaño 1679 y publicado en Madrid el año milmoa 1, de Setiem- bre ; como afirma N. R. P.Tótrécilla en fus Confuls. tralt,3.confulr,13.0.37. Y dicho Decreto lo refiere.cl R.P.M: Lumbicr al fin del tomo fegundo de la Suma de Arana: 2 P.Padre, yo punca llevava ocultamente el Viatia cosfino con la decencia acoftumbrada. C. Y perfeverava empre el enfermo en el mif- mo peligro de muerte > Porqueíi falio del, y mejo- 10, y dcipuesrecac otra vez en peligro,claroes, que fe le ha de dar el Vistico, P. Padre, no cefiócl peligro de muerte. C. Y aviacometido algun pecado grave el enfer» mo, delpues de recibido el Viatito la primera vez? Porque fi elo fuera, tenia el enfermo obligacion. de comulgar fegunda vez, enla opinion de Soto, Ta- biena,y Armilaycitados por Dianaparti5. traét.3, re- $1.43. Aunque yo loy de fentis., que en elle calo el- taria obligado aconfeflar otra vez, por fer el Sacra- mento de la Penitencia en todo tiempo necéflario para la falud ; pero no cftaria obligado a recibir fe. gunda vez la Comunion y porno fer cíte medio ne- ccflario , y precilo para la lalud, y porque yade'avia cumplido el precepto Divino de comulgar'en el p.e- ligro de muerte. Tra cum Lugo , Hu:tado, y Ocha- gavia, Diana tha. P. Padre", mo era eflo por aver caido en nueva culpa grave el enfermo , defpues de secibido cl ] Bb" Viíatico

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