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284 fi miímo no 4e puede, fe juzga impedido en el cap. Quamuss de fent. excomm. Y no clta obligado a 11 por medio del Confeflor, nitampocoa llamar al Obif- po,0 fuperior,para que venga , porque ello feria no- ta para el enfermo, y con ella nora no tiene tal cbl:- gacion,como dize Sanchcs f%p.18.14. 68 Peroen el calo de v. m. noay elta dificultad, porque teniendo,como tenia , el enfermo la Bula de la Cruzada, podia.v. m, en virtod de ella abiolverle de la excomiunion q avia incurrido -por aver pucíto violentas manos en «1 Ecl: fiaítico , como dixe en mes Prall part.1.srall,5 cap.6.1.48. 42.49. Y aunque di- zcn comunmente los Doétores, que para ello era ¡neceflario , que el pemtente preltalle caucion fide- jofforía , pignoratoria., Ojuratoria; pero dixe con Layman en cl lugar citado de la Praótica num. 49. y digo aora tambien , que baftava que el penitente ofrecicífe de coracon Jar la fatistacion , fiendo el tal perfona fici , de quien de podia cfpcrar lo. cum» hiia. A 69 Y añado, que aunque fuc Me la cenfura de las refervadasal Sumo Pontifize en 1. Bula de la Cuna, podia v.m. en virtud de la Cruzada ab'o¡verle, ip el gravamen , de que eltando bueno, fe prefentafle, Si tel enfermo no tuviee Bula , cltariaobl gado a pie- fe ntaríe al Superior, lí fe Iibrafle de la enfermedao, g uando el cafo refervado Cienc cenbura anexa 5 mus no, quando era refervado lin cenfura, como dixe en el Apendice de la 1. part.de la Prabt. nm. 4. Y advierte el Calpenle tom.2.tracl.25.de ceuf.dyp.2.fect.12 num, 145que ella prelentacion ante el Superior , a quien * era refervado el calo , le puede hazir defpues por Procurador: O por carta, lo qual limita Suares en Ja cenfura incurrida por la percuflion del Clerigo, que fi fejabfucive fin el privilegio dela Bula , ebbura obligado el enfermo, en convaleciendo ,.a recurrir por (1 mifmo al Superor. 70 + P. Un eferupula le me otrece aora, y es, que antes que fucfle Cura, ni tuviefle, aprobación para adminill rar el Sacramento de la Penitencia, confeof fé, y dida abfolucion a una pertona, que cltáva en peligro de muerte. C. Y avia otro Sacerdote aprobado, que le pu: dic le confellar? Be Sj Padgre, C.Y efe Confelfor vina,quando V.m, avis yaco- mengado la confeffion del enfermo, O antes de em- pezarla? .P..Padre, ya yo avia comengado, quando lle- go: | 1 €, Opinion es de graves Autores, que, el Sacer- dore fimple puede confeflar al enfermo que eltá de peligro,quando ay.otro aprobado , que lo. puede ha- zer; len Navarro,Sa,Ledeíma, Rodrigues, Vega, y Enriquesggue refiere Sanches in Décalog. lib, 2. cap. 13.nm 6, Barbola, Villalobos, Coriolano , y tros, que cados figue Diana par+. 1.1ra0t.5.refol.5 y le fun dan, en que el Goncidio /+//.14.c4p.7 1ndiferentemen- ac, y, [im comeétacion concede cíta facultad a todos los Saccudores : 4igui ideo omnes Sacerdotes quof- Tratado XII: DelOficiodelos Parocos; 3 Liber panitemses a quibnfvss peccatis, ES cenfiris Ablwe. re pofsimt3y no avicodolo Lumtado el Concilio qui. do elta prelente , óno lo celta otro Sacerdorás bado, no es razon, que nolotros lo coarcCtemos: Oy nbi lex non difiingws mpenos di jonguere debemms ¡Lo de pretso, ff. de public. sm remo aji. y porque; Sa lev aleed volwjer exprefit/fer : regul. L. unic.S.Ssp anem, Y * finalmente porque: Lex generaliter loquens generaliser efh intelligenda: L. prersoy fp, Pos Los QuAles princi, pios tengo por muy probable efta opinion; 4 71 La concrana es amas gura, y la Mera Boní cina, Coninch, Santarello, RKeginaldo., AV alo ques,y otros alegados por Diana sb:d. Sylvelo Ar: milla,Soto, y otros muchos, que Cita, y gue Sanches fúp.n 7. y la tiene por mas probable, queda cóntraa Leandro del Sacramento som. 1. tract 5. dub. 11 9:18, Porgue el ufo, y coltumbre úe la Iglcita fue que el Saccedote fimple no abfolyicfle fino cn falta de otro; y €] Concilio, dize Sanches, no hizo enele c:fo Derecho nuevo, fino que aprobo el ulo anpis guo: Lu: go fiendo el antiguo ulo,y coftumbreyque el Sacerdote fimple abiuciva en defcéto de otro; le ligue , Que no lopodiá hazer , quando ay prelenté otro aprobado. Pero elto no fe entiende , quandodl Sirerdote fimpl: avia ya comengado la confellión an:cs que licga fe cl aprobado, que en ce calo de continuar la, y concluirla en ambas opini como dize Leandro sbid.7 19. Y añade, que Mel fer mole huvieie confeflado mal, por ayer cálido algun pecado grave fementidamente , O por cáula femejante , que po ¿ria el Sacerdote Gmple, q le ana oido la confeMion,bolyerle a confeflar, y4uplir aquel defiéto, aunque eftuvielde prefente OO Dicerndore aprobado. Y advierte Sanches ». 8. pda dore aprobado no puede ,.O no quicre € lar. enfermo ,lo puede hazer fin dificultad alguna el Sas cerdore fimple ; y concluye dizicnio, queno dep ceda cicrupulofamente en efte calo lobre. (1 vendra " atiempo,o no, Sacerdote aprobado , no fucedas que por efta cauía el enfermo fe wucra lin contellion, prevenido de algun prompto accidente , quelon tan frequentes en cltos caos... A Ni oblía contra eftas doctrinas la condenación de Inocencio XI. en la 1. Propof: que habla Eb Jéguit lo másfiguro en colas de Sacramentos; porque cla condenación no habla. en puntos de jurfdiCiÓn, guales fon los de nueltro cafo , y acerca dela jurk cion fe puede feguir la opinion probable, dexad más legura, como dizen los Expofitores de d Propobicion, y adverti en mi Pratt. part. 1. traltil nun, 19. e ó d ee 72 P.Acufome Padre, quea una muger Quid: va de parto , la abfolvi de unos cafos relcuvados+ Ye cenfuras,como fi eftuyiera en peligro de muertes C. Y erala primera vez que clla muger aviá cltar do en cinta? : A P. No Padre. de 5 C. Y folia tener los partos dificiles , y peligro los? | es P, Si Padre. : 7 A cae do Cc +
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