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A y * e ps j 2, mE FORM A AASERAAIEIIAS BIVIADBREAS —PREAMBULO PARA LA INTELIGENCIA, .Y MODO DE PRACTICAR elte Dialogo. 1 Res fén los principales empleos del Confeflor., el primero de Juez , el fegundo de Maeítro , y cl tercero de Medico: Como Juez , lo que primero debe hazer en qualquier pecado, de.que cl penitente fe acuíare , es, hazer juizio , (i el tal pe- cado es mortal, o venial, arendiendo a la materia, Íes leve,o grave, mterrongan- do, fi la accion fue advertida , O deliberada , que fon comites precilos del pecado mortal ., co- mo enfeñan los Theologos en la materia de peccatas , largamente Thomás Sanches en la Sumá lib:x. en los documentos, y principi05 generales cap. 1 y2.y fc. 2 Lofegundo, debe interrogar al penitente las cifcunftancias, que mudan de efpeciezv.g. fi el hurto fue en lagar, ú de cola fagrada. Si la torpeza [e cometió con perionia libre,o-calada, $rc, De que tratan los DD. en la materia de penitencia , y con toda erudición Lugo de Pens:. difp.16. fec.4 5 y 6. Lo tercero, debe preguntar el numero de las culpas en qualquiera efpecie de pecado, de que le aculare ; y quando el penitente mo fe acordare , ni pudiere mdividuar cierto numero, hazerle que fe acute del tiempo, o coftumbre, fegun dire defpuesen el trai?. 2. cap. 1. mum. 10, P- 17.7 p-56.num. id y 4 Loquarto, debe preguntar al penitente ¿ fi la accion , O penfamiento de que fe acue fa, lo tuvo por pecado mortal, 0 no; porque como 'enfeñan todos los Theologos en la materia de conci:ncia:, las acciones humanas -en tanto fon pecaminolas, en quato proce- den de 'a conciencia, que dicta ler tales. Pero 'efta pregunta noes neceflario hazerle, quan- do la materia por fi es clara ; v.g en lafornicacion ,- hurto , homicidio , £tc. fino quando la materia:es obicuras, y ferofrece fundamento baltante al Confeflor para dudar, fi pudo la ¡gnorancia-,0 inadvertencia elcufar , 0agravar la malicia de la operacion , v. g cu las maldi- ciones materiales ; en lo s ju ramentos con verjad, y jufticia: en las murmuraciones de co- las leves ,.0 publicas , 0.en el defeo de los bienes agenos,, firintencion dañada, en los huri- Jlos de cofas leves , y en materias femejantes, que fienda todas materias de pecado venial, Suelen muchos por diétamen erronco- juzgarlas por mortal : y>en eftos calos te les ha de eri , fi Jo tenian:¿0 no por pecadomortal .: Al contrario en otras cofas , que ex genere uo lon mortales , pienfar erroncamente , que folamente fon veniales, v. g- en los penfamien- tos confeniidos , enlas deleótaciones morofas , en los.amplexos , ofculos ,-taftos ¡inpuditos, y aun en las poluciones voluntarias pienfan muchos ¡gmorantes que no ay pecado mortal, por eflo ha de hazerte la dicha pregunta cn eftas materias. Tambien en elle punto fe ha de LE diftincion de penitentes ¿ porque unos fon advertidos , y entendidos , y 4 eltos.no ay ne- ceflidad de hazer dichainterrogacion , fino en alguna materia obfcura, y extraordinaria , de que:ay prudente fundamento para creer; que. le puede gnerár', Otros ay ruíticos , y de taleoro corto, y acítos fc debe preguntar en lasmaterias referidas , con que diétamen de cociencia obraron. e Md Lo quinto , quando lasacciones procedieron de algún movintiento irafeible:, v. g. en las maldiciones, contumelias, difcordias., á rancores 7 le ha de preguntur, A precedió a ellas plena advertencia de la malicia de efías acciones ; porque faltaddo: le advertencia plena, ho puede ayer pecado mortal, como enfeñan los Thcologos en la materia de añtrbus' himman:s, wbi de volunsario, y Y homás Sanches mbi fupra. Y para hazer 5uízio,, fi en eltas acciones hu- yo culpa grave, 0.10, podrá cae el Confellor porlb que dirt:en el 1ra!?.2.0ap-3. vun.32 O f:g.p 21. Y notienc que af ¡rte el Confefor,fi en todómopuede hazer júizio y 11 es pec.do mortal, 0 venial la culpa : cn efte cafo , fí hechas las dividas , y neceflarias preguntas , no pu- diere hazer juizio determinado , condenelo como pecado dudofo. La mifma cificultad ha- llará, quando cl penitente íe acuía de penfamientos , obre fi fueron, d no, confentidos , y €n clte punto fe podra governar por lo que diré el rraé?. 6. cap.9. ». 153. S fe3.p. 87. General- mente hablando, para condenar a pecado mortal al penitente, fiendo la materia grave , balta aquella fealdad , 0 deformidad , que al tiempo de cxecurar le ocurrió , aunque cxpreflamente no fe le ofreciera , que erá pecado mortal ; ali lo enfeña Valques 1.2. 312/?. 19. art. 6. di/p.59, cap.3 num, 10. Sanches l1b.1.58 Decalogo cap.11.num.7. Lo milmo digo en las circuntiancias, que
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