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medad el penitente, efobligado a prelentaríe ante aquel Superior,o a quienes relervada la cenfura: me- dos que [ea abucito sa virtud de la Bula, que enton- ces nocíta obligado a comparecer .Mas el que fue ab fuelto en el articulo de la muerte de cafos referyados fin centura,no efta obligado defpues a prelencarfe al- Superior,Suares, y otros citados por Diana p.4.trad?. q refol.a99 >: pc " Advertencia 5.El que aviendo ¡ocurrido en ca- fo retervado, elta impedido de recurrir ad Ordinario, li le infla el precepto de la comunion,o es precifo co- mulgar, O.celebrar par evitar elelcandalo, puede fer abíuclto indireótamente de los calos réleryados por qualquicra Conteflor aprobado por el Ordinario. Ita Filucio tom, 1: tralh.7.cap.10.1.304.fo !.mibi 202.Pero queda el. penitente con obligacion ve pretoncarfeal Superior; en cellando el impedimento, La Avila de cenf.2.part.cap.7 difp 3. dub que 6 Advertencia 6 Los Regulares podian antes ab- folver de todostos cafos refervados por derecho par- ticular alos Señores Obifposyen virtud de un Breve- de Paulo MÍ que empieza /nter cunétas, concedido a los PP. de la Compañia de Jefus: que reftifica ¿verlo villo autentico en el Colegio de la Compañia de Va- lencia el P.Ff.Manuel Rodrigues ad finem Bulla Cru ciata.Y eíta fue opimion del mifino Rodrigues, Villa- lobos,Suares, y otros,que cita, y (igue;el R.P.L:an- dro de Murera Capuchinojobre el 7.de La Regla de N. P.S Franfesfco,n 8 Seleít n.28.Peso oy efta opinion no fe puele praéticar, porque eltá condenada por el Pa- pa Alexandro VIL./ub die 14.Seprembris:anno 1665 .en la Propof;7 7 Adugriencia 7. Unos calos fe releryan in odium, ES penam peccatizotros ón medicinam animar Los q le refervan por modo de penayno incurre. en lu ¡eler- vacion el yue ignora lon refervados,. aunque la gno- rancia lea culpable.ItaMrcia in difquifit.Moral.tom. 2.lib.2 difp .qurefol.20.n.9.Los que le referyanm por mo do de medicina, incurre en la refervacion,; el q igno- ra fer refervados , aunque lá ignorancia fea. inveaci- ble, enlaopinion comun delos Theologos, apud Moyam. ¿w,Seled?. tom.1.traft,3.d:/p.8.quef,2,num.2, Aunque tambien es probable, que toda relervacon es pena,y que el que cometealgun pecado releryado, ftigoora fu relervacion), no incurreenclla. Ita con Navarro, Grafis, y Jangario, Diana part. 10.1r4Él.1.4o refal.63. Y por probibie la juzga Moyasaunque el (> guela contraria 46: fup.m.5. Advertencia 8, En cafo de duda, de fi el.cafo es sclervado,0 19, 1<' ha de juzgar, que no es refervado, Porquela refervacion eso Jiola, y fe ha dereftringie a folos los ealos ciertos [13.B ¿cb de pote/?, Epsje pare,3 alleg.51 fuba; Sa Jure sgitur yn foe: v.g Referva-fe el aborto , acónlejolo Pedro a, una muger,duda,' fi por lu contejo fe figuió, 0.no , el aborto,en cafo de duda, no ncurre Pedro en la refervacion. Advertencia 9. Algunos cafos, que relervan en las Synodales los Señores Obifpos, tienen irregulari» dad otras cenfuras releryadas al Papa. Y en los tales cafos comumente fe notayy.dias quanto al pecado, y es lo miímo que dezir, que laconfurao seegularidad fe Delos Cafos Refervados. “ul remite a Su Santidad.Y en eftos cafos,au ngel 05t po de (acultad para abíolver de los cafos a ei relervas dos, no fepodrán ablolyer de los que tienen cenlura anexa a Su Santidad. Al contrario, (i SuSantidad con- cede facultad para abíolver de todas las. cenfuras a el relervadas, le podrá abfolyer de los cafos, aque eltán anexas cílas cenfuras. Aunque rales cafos fean refer. vados alos Ordinarios, Ita Navarro en elManual,cap. 27, num.254.Suares, y otros,apud Barbolam deporeff. Epifcop.part.3.alle 52 fub.num,7.$ Verim contrarimm El Padre Cafpenfe, Capuchino som 2.1rabt,25 de ceñin furis,difp.2 fet. 13 n.136. : 10, La doétrina dei numero precedente, la con» tradize el R..P Fr,Mannel de lCócencion en fa trat. de Panirent.di/p.6.quef.1o 1.862. ¿iziendo,que o mi doétrina es la milma,que la que condenó Alexandre VII en la Propoficion 12,que dizia : Que los Mendi- cantes pueden abfolver de los cafos refervados a los Obif- pos. fin tener para ello facultad [2ya, O. que crto ral por mi doétrina alos referidos Auto: is * £s quidimDD. ques citat. (dize) mtiame volunt,G mod qusa Pontifex, com» ceflí Regularibus,u1 abfolvan: ab omuibas c..fibas fibr ren Servatas pojfint abfolvere 4 refervaris Epi fiopss *Y comé- cando por elto ultimo, digo, Que ys Mind), (tp,y clas ramente falío lo que dize el P Fi ,Manyol, como «Xa p"cffamente conftará delas formaliflimas palabras; quedizen los Autores. que yo cue en los lugares re- feridos , las quales facadas originalmente de dichos Autores, lon com: le figuen. 11 Navarro en el Mannal de idiomaE/pañol, c.27. num 254. d11e affi:¡* Si con la e fervacion,qu de la cenfura haz: el Papa, no concurre Ae ora del Obif- po con que referva el pecado; porque aquelia cenfu- ra fe pone. Lo qual aungue por derecho proceda; pe: ro parecenos Y la goftumbre interpieta indiftivramé- te por quitada la del Obilpo,en (iendo quitada la del Paya. * Digame el P. Fr. Manucl,i Navarro en ete Jug+r(q es el que yo cite) lize,oi fueña en dezar palán bra de Regulares , ni de quefe abíuelva de los cafos relervados a Obifpos por. con. eHiga hecha, a los Ru- gulares por el Papa? Sino que folo.gize,que la coftum bre interpreta , que quitada larcferyación Papal, fe entiende quitada la del Obifpo tábien..No es menos contrao a fu aercion Navarso en laSurz Latin. cpp. 27.1:263.4 es donde de cita el P.Pr, Manuel, pues.em een 263.£olo habla Navasso de laporeltad que tigne el Papa £bre el Obiípo para reftrimgir lu juridicion enorden ala relervacion de los tolos , y luablolu- cion; y en el n.261 «del mifmo cap.en la impre[ffonideCo- lonia año 1616.d12ze:* Videtur tamen ulu 10diftináe receptum fublatam ele Espitcopi refervationem, $ cenfuram,fublata Papal: *. Las mifmas palabras dize em la impre/Jion de Leon de Francia des año 1575. enel £ap.27..255.Y en todas ellas fo vé claro,que nada di- ze Navarro, fobre que los Regulares tengan concef- fion Pontificiaypara ablolver delos cafos rclervadosa los Señores Obifpos. My «12 Conocerá-fe tambien 1) poca razóndel P. Fr. Manucl de las palabra deBarboÍ .em.el lugar citado que es. la part.3 de pote JEpifcop. alleg 52 fubmum.7. donde aviendo referido la opinion. de losque: dizen , que LG in 4 AS pis A in 2 S ot > eme A ae a . .o os mm e R e
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