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voy wPropofición EXIV> y EKV7, condenadas. 7. ui P 193 bien cfpiritual,o temporal, v.g-¡cl q tuviere amiftad, licita con uña muger,porfaciar (a vencreo apetito, y a mas de elo por focorrer con alimento necelfario a la muger: elte fe diria que queria directe la oca on, tindircéte el fultento de la muger Butcar adi- rcéte la ocafion, es quando primariamente le intenta, algun bien ebpiritual,Ó temporal, y lecundariamente la ocafion,:v.g el padre de familias, que trae a fu cala una criada, para que le firva, con peliro de vivir lal- civamente en fu compañua; clte diredte quiere el fer- yicio de la criada, € indiredte la ocalion de pecar. No effiente a elte modo de explicar el bulcar directa, e ino:rectamente la ocalion,cl R. P.Fray Manuel de la Cencepcion loco eraro,queft 20.num.281. y en el num, 261.7 263, dá otra que « mi me agrada menos, como due enláfegunda parte de la Practica, fob ela Pros poficion quarenta y una de Alexandra VII. Efto fu- pueíto. 301 -Digo,que lo condenado en efta Propcficion 63.es, cl boicar dircótamente la ocalion proxima, no * el buícarla indircéte;, confta del texto mifmo de la Propoficion, y fe prueba. Porque el buftar direéta- mente la Ocafion, es querer formalmente ePpecado: el buícarla indiredresiolo es permiti losquando no ay obligacion de evitarlo ; Atrqui, nunca es licito que- rer formalmente el pecado, li empero el permitrlo, guandono ay obligacion de evitarlo: Ergo. 8. 302 Digo lo f:gundo, que aunque no eflá con- denado en elta Propoficion 63 el bulcar indiredta- mente la ocafion de pecarzpero lerá pecado mortal el buí/carla indireéte, quando no ocu: re urgente neccl lidad para ello,fino folo util, O honeíta. Y el dezir-16 contrario, es contravénir ala condenácion de la 'Pro- poficion 61 y 62.en -que fe condena el dezir, que el q efta en ocafion prox»ma de pecar, que púede, y no * quiere Jexar, puese ler abluelt»,y que balta para no dexa:)>,el ocurnr cola utu,o honelta para ello: Lue- go no awendo cau'a urgente,mucho menos tera lici- toel bufcarirdireótamente la ocsfion de pecar De donde fs 1oftere,que no es licito 41,2 predicar a losIhficles con peligro de fubverfton,nia las meretri- ces.con mefgo de violar Ja caftidad, juando no le con: pere por obligacion el predicar, al quelo haze. Y fe * prueba;' porque el 1al:folotiene.cauía un! o. honcita para efle exercicio,no urgeñte, como.deziamos.en la exp!1cacion:de la Propoficion precedente, .cancl 4 1, 237.4ul que Oye conf: Mones dolo por.demacion, con peligro Jelagontinencia. . »; NoitidaOl 303 »Infiere-£: lo fogundosque el Paraca podrá ie, aadmmittrar los Sacramentos, o. enicñar da ¡Doétuna a los cofermos, aunque en, lus calas tropicze.con algu na ocali: 99, y vaya.con peligro de pecar.Po¡G lo uno, elte fola quiere indireéte cda osaliom; y, lo. atroy, la! d tal ocelinieiesiavoluararia, por razon deu obligas cion, y oficio. hr : 34 Inficro loiterceso,. que ni los mercaderes y, Mi efcriuanos,ni demas oficiales, citan. obligados a deXar fus oficios,quandoneceliran de ellos para el Laltento de lu familia, ¡aunque tales oficios le (gan osafion de pecar. 1ra.cum <A + als Varo, recilla fol, 49.1umBo. Borguelos sales du cótamente, ¡neentan exercer du oficioy Lolo indir Re la orafon, la qual les es wyoluntaria,por:r2zon de iwoficio,Pé- roficon ella :ocafion involuntaria. huy: 8e tambisa coltumbre, fe ba de obíervar lo. dicho en la Propoú- cion 60. Veále otras doftrinas de la ocalion Proxima en la 2.p.de la PraótPropofic 4 1.condenada; - ; PROPOSICION LXIV. CONDENADA. 4 Es capaz de abfolucion el bombre,armqus ggnope dos myjterios de la Fe, y tambien f por neg ligencia, aunque fos enlpablezno fepa el mylberio de La d4nmtiffima Trinidad, y el de la Encarnacion de N.S. ¿efu Chrujto, PROPOSICION LYV,, CONDENADA: .. a Es b ifante aver creido na vz, cas myterios. 305 Supongo,que con necefidad de medio cfta. mosoblizatosa cer expre ffiarenee que oy enDios, y quecs Kemuncrador. Y en lá opinion más proba= blefuungue la contraria no : (tá consenada] tambien el mylterio ¿e la Santiffima Trínidad, y Encarnació, de taimanera,que el que ignora lo que es neccflario, con neceflicas ve medio [aunque lo ignore inculpa- blement: ] no fe puede falvar. Con necuffidad de "precepto ellamos bl gados ajcfdcr con té: Explicica todo lo que le contiene en el Credo,o Ar icúlos: y e qucignora llo imtulpábleniente, fe puede falvap. Ef. tofuyuelto, :306 Digo, que el que culpablemente ignora el mylterio de la Santiffima Trinidad, y Encarnacion,y los demás, que fé contien di el Préo, noes capaz de abfolucion; y el dezar lo contrario, es el cafo de la' condenación Prucba-fe la tócluñion: porque el igno- sar Culpablemente lo que fe debe creerf, con neceffi- dad de precepto, gualeslon los myllerios dde la Sana tiffima Trinidad, y Encarnacion, «s pecado moital; Atqui,cl penitente, que.cn Lreonfefoa: efha contra nuando el pecado.morral , es incapaz-de ablolucion; LurgoyBc, 2, : ib 807 De donde fe infiere,que fi. el Confeffor pue» dembirur enla conf fon al pensrente en los mylte- rios de la Santillima Trinidad, y Encarnacion, le pos digablolver ,. con el propofita fimede aprender los demas Pero el penenteoyrendolele impuelto por clGonf:Mor en.otsas.confeMones,queaprendicde los otros mylterjosde la F'£;no la ha,hechosdebe el Có- fellor megan la ablolucion, haft; que los.aprenda;+ Mi como le niega:al.que ticnc caltííbre de pecar;y om» te.culpablemente lá reftitucion. la Tortecil.a lobre elta Propolicion fl. 459.concs qu,6.. . ; + Y Ja razon porque es necellario, que exprelaméte fepailos Mylkrios dela Encarnacion, y Santillima Trinidad; para abíolver ley bah: 4 los demas propó- ga aprender los,, es, porque ¡los dos primeros lon ne- celfar:os.con nece (Mdad de Sacramento, y molos de- más, Y. que :apa de proponer aprender losdemas fe pruebasporgue la ¡anorancia culpa ellos es pe- cado mortal; Atqui,el penitente debe tener propolita 53 le z de. exi par todo pecado e id Ugo Ec: Digo A ATA PS ri yeVO RG po a a A E id

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