BCCPAM0001162-4-1400000000000

¡¿Capitedo 11, dela muimúración. 23> de v.m.no fue temerario,hi pecado mortal, 4 5 . P. Aco/lomede aver hecho un wal juizio de cierta perfona,y no le hapedido perdon, C.Era.en materia grave? Si Padre. : ) Y Y conplens deliberacion? bien. a vn, fundamento para juzgar mal de ella perfona?. +. ; j P.Padre ningun fundamento tenia, CY v.w dio ciertoaflento al caso? P.SiPadre. C. Loha dicho v.m.a alguno? P. NoPadre. G, Gravemente peco v.m. €n bazerefe mal iui- ZO, «que fue temetaric, porque le hizo fin tunda. mento. Mas no debe v. m., pedir perdon a ela perío na, como ignorantemente pientan algunos; porque el pedw perdon, lolole haze quando fe agravia al proximo de quien tejuzga mal; quando «fe dize al proximo en la honra. Atqui el iu1zio temerario no agravisal proximo en la honra, fino enla tama:Lue goen eliuizio temerario no fe debe pedir. perdon al proximo alguna contumelia,entonces como le haze agravio en lu honra,te ledebe pedir perdon; fegun Jo que dire despues enel c4p.5.n4m.34, 735. CAPITULO IL De la murmwracion, 4 6 1 Upongo, que la murmuracion, d:detrac S cion .jtinjuha fama dinigr atio :dizc=te in juffa, porque quandoiultamente le. quitala fama a algana perlona v,g.quando la: Jufticia la inama con algun caftigo publico, no es detracion, ni pecado, porque elo no esiniufto, bno 1ufto:aizc-te /ame,por que la murmuracion no (e opone a la honra,inoa la fama; elto es, 1 labuena opinion,que del proximo fe tiene,como dir? despues en el cap.s..al fin; la murmu taciones pecado mortal de lu naturaleza, aunque puede ler venial por la parvidad dela materia, y por otras razóñies. como refolveré en las preguntas (i- ientés, * Ro) P: Padre, aculome,que he murmurado de una donzellá,que eftava preñada. GAY ello fe murmurava por el pueblo? P. Padre. yo lo he oido, C.Y lo ha oido v.m.en muchas partes? P Padre en dos,o tres lo he oido, C.Elmurimurar vna cofa, que ya es publica en el pueblo, no especado mortal contra juíticia, aunque puede ferlo contra caridad,(i quádo fe murmura ay complacencia del mal del proximo. Porque quando la cola es publica, ya perdió el proximo laacción que tenia para la conlervacion de lu fama: Luego DO es contra jufticia el murerurar una cota | ublica.Y pu hlico fe dize aquello, que lo fabe la mayor parte del pueblo, A Ue 8. P.Padre,y no 1efierapublico, o no. C. Y lofabia: ya las petíóDAs, Ante quienes pur muro v.m> Porque fíellos lo fabian, no era pecado mortal el murmurarlo entu prefencia:Nayarro con laícomun, P. Padre, nolo fabian, $ C.Y eran períonas taciturnas, y prudentes, de quien v,m, preíumia, que no lodirian anadie? Por+ . Queelidezir unaculpa grave del proximo.a una; 0 dos perfonas calladas,de quienes fe efpeza lo tendrán en lilencio, noes pecado mortal, comoenteña Cae tano2.2.que/i7 3.art.2.dmb.y Regivaldo /i6.24.04m, 75. Navarro,y otro:; porquedizen, no cede en de trimento contiderable del proximo, el quelo fepan dos,0 tres Pertonas taciurnas,q ue es cierto nolo ban de dezir, Noobltante, lo contrario es más comun,y verdadero; comocon Layman, Villalobos, y otros, dize Diana part, 3.trat.5.refol.33. y es la razon; por que másfentirá el proximo, quetepan fus faltas, y culpas do:,0 una pertona prudente,y callada, que no que lo fepan una,o dos perlonas de menos esfera.Lzo Otro. porque no ay.que fiar en quelo callarán las tales perfonas, aunque lean taciturnas; porque Á ví m.que fe preciara delerlo,no lo ha fabido callar, pue de recelar, y confirmdamento, quetampocolocalla' ranellorros, fino que ellos lo dirana-orros con titu lo de que tambien aquellos fon tacitornos, eftos lo dirán a orros, que pienfan fon callados y de unos en otrosfe ballará ya divulgada la infamiadel pro; ximo, : P. Padre,no avia mucho que fiar, quelo callarian las perfonas aquienes yo lo dixe.%. 9 ¿C. Y eflas personas eran tales,que v.m.creyd, Que fe perivadirian: ler verdad lo que v.m.les dixa? Porque quando (e periume,que los oyentes no dará credito a Jo queleles dize,no fe figue graveifamia al proximo; y por configuienteno es pecado¡mortal; Elcoto.4%.15.904/4.4Navarr.cap.18,4um.50.Y OTTOS muchos.que callado el nombre cita Leko lib,2, cap. 39.dub.15.1.24. P. Persuadome, Padre, aque ellos lo creys Ton. C. Y v.m, afirmo fer el caso cigrto? P.No Padre, yosolo dixe loavia oido, C.Y dixo v.m. quele avia oido de personas Adedi ghasjOde perlonas de poca te, y credito? P.Padre, de personas de todafé dixe que loayia oido, ] C.Quando fe dizeaver cido lainfamia del proxi» mo a pessonas de poca fe, no es pecado mortal, au; quelos oyentcs,por fer faciles en creer, den alleníoa ello Sylveltro verb. Detractio.quelt y Ca tano graf, 73.art.3-Navarrocap.18.num.48.Pero quando le dí ze avericoidoa personas fidedignas, es pecado mor tal contra jufticia,con obligaciondereltituir la tama Sotolsb ,4.de just.queltG.are.3.Bonacinatom.2.deref, di/p.2.94e/?.4.part.5.mum, 5 y otros;y es la razon,pot=» que ladetracion, O murmuracion, entanto €$ peca» do mortal,en quanto le dá baltante fundamento,/pas fa que los oyentes hagan juizie malo del proximo:at qui,quando ferefiercla cota como cida de perfonas fidedignas, te dá bafláte fundamento para bazer mal juizio del pro ximo,utas no quádole tefiere como A 4 e9 ASS AS PE a EE 7 8 'Ñ q de

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz