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, 112 lucrativos, lonaquellos que redundan en provecho , 9 utilidad de una de las parres, y la otra queda grava- da; como en la promella,y donacion, en que una re- cibe la cola, que libremente promete , 0 dona otro. Unos contratos ay nominados , otros junomina- os: innominados fon aquellos, que no tienen nom- bre proprio,con que fe diftinguan de los demas,y fon quatro, y g. do,ut des; doyte Gineros, porque me des una alhaja; doyte una co'a , porque me des otra; fa- eio; u1 facias: hagote un gáfajo , porque me hagas “otro; do, facias: doyte una cola porque me hagas un beneficio: facio, we des: hagote un beneficio , por: que me dés una cota Los contratos nominados lon aquellos que tienen “nombre proprio,con que fe diftinguen de los demás, como la conducion,mutuo, venta, cenfo,Brc.y ay efta diferencia entre unos, y otros contratos;.que en los «nominados nace , luego que fe hazen , la obligacion de cumplirlos ; pero enlosinnominados no nace efta obligacion en cl era exterior, halta que una de ías - partes cumpla la obligacion. (tros, contratos fe lla» man bone fidei; otros Jfraftrjurss, cuya diferencia, »Un- que alguna vez pudiera importar taberla para el fue- ro de la conciencia; ¡ero principalmente conduce ra el fuero exterioy , y por ello omito el tratar de- hos, y puede el curiofo ver la In'lituta de aét.$ 4é110- mum autem Y la Glofía ibi,verb Bona fides 93 Enunos contratos (e transfiere el dominio dela cofa,en otros lolo el ufo, unos fon de utilidad de ambos contrayenges, Otros en utilidad de folo. el uno en algunos ay obligacion de reftituir los, daños ex lata ca en otros ex lev, en otros ex levi[íma; to- do 1d'qual tocaré en la parte primera, que fe figue, enlos numeros 95.96. y 97. yal principio de cada contrato iré dando fu definicion, y explicacion por lu orden ; y por comengar por el de conducion, o lo- cacion, Oalquiler, (quellaman otros] digo que con- ducion: Ef contraltus onerofus , quo res, vel perfon.a con- cedicur ad ufum , vel frublum pro preto. Dize-le con- trato onerofo, porque ambos COPAN quedan en el gravados: el que da la cofa, «queda gravado con la privacion de ella ; y el que la recibe conducida, ueda con el gravamen de pagar el precio de la con- debi De €, quo res, vel perfona,porque fe pueden alquilar las cofas, y g. las heresades, las caías, y tambien las perfonas, como los criados, y jornale- Tos, que fe conducen por cierto falario. Dizc-fe com- ceditur ad ufum, porque en el contrato de locacion , o conducion no fe tran fiere el dominio , fino falo el ufo de la cola.Añadete, vel fruétum, porque fi la cola es fruétifera, fe concede en la conducion el poder gozar el fruto, como quando fe conduce algun cam- po, O huerto, para recibir los frutos del , pagando algun precio: lo demas que pertenece aelte con- rrato de conducion , lo tocaré en la parte que fe figuc.* , Tratado VIT. del PIT. Mandamiento: | Ñ «77 PARTE TOO UNA Dela conducion,o loc acion. 9% Padre aculome,queun dia, para hazerú , Viage,alquilé una mula,la qual fe mec capo fin poder hallarla. q C. Y procuro v. m. ponerla arecado feguro, par que no fe perdiefle? PAIN la puerta de la polada, donde. entre, uedo. . | Ñ ] a C.Efle contrate de auer alquilado la mula, es con- trato de locacion, o conducion,el qual obliga a refti- tuir, quando (e pierde la cola alquilada por culpa le: ve, O lata del locarorio 95 Para cuya ¡oteligencia fupongo, que la cul. na le divide eu culpa lata,cul, a leve,: y cul pa eviffima. Culpa lata, esla ongiflion de la diligen. cía, que en confervar las cofas pone qualquieray par defcuidado que fea, v. g «el dexar una cava gadura/a las puertas de la pofada, fuelra , es culpa Jita, pues qualquiera por floxo que fea ,la ata a un palo ,: para que no fe huya. Culpa leve, es la omiffion de la. diligencia. , que en confervar. las cofas pone. un hombre prudente; v. g. un hombre prudente , que Meva.un- cavalló, mo le contenta folo con fiarlo a la puerta arado, finb que lo entra dentro de la cavallariza, y. alli lo a4, aflegura :. el omitir efta diligencia le introduzir el cavallo ala. cavallariza, y alli atarlo, es culpa leve. Culpa leviffima , es omitir la diligencia , que en guardar las. cofas ponenlos hombres prudentifimos y muy cuerdos : v. g. un hombre muy cuida ofo,no lolo fe contenta can ent: ar enla cayallariza cl cavas lo, y ararlo alla,(ino que aun procuta cerrar la puer- ta, y atentar el peftillo , para ver fi eftá bien cerrada; y la omifñion de efia diligencia de cerrar la puerta, y atender a que el peftillo no quede fin leguridad , (€ llama culpa leviffima. 96 - Supongo lo fegundo, que ay unos contratos, que ceder folo en favor del que recibe la cofa : v.g. el contrato de commodato ,;cn que le entrega la cofa al comodatario graciofamente , para que ule declla, lo qual cede en urilidad, deltal commodatatio, que larecibe, Otros contratos ay , que ceden folo en utili Jas del que haze entrega de la colas verbigrauiá , en el depoftto, en que fe entrega la cofa al depof-rario , pa. ra que la guarde, Sin darle por ello precio alguno; y efto cede, folo.en utilidad del que entrega la.cola en depofito. ;.. | Otros ay en que intereífan ambos a dos:.verbi gra:1 , enel locaro, en, que le conduce, -0..alquila una viña, cafa,o mula, con util del locante, y locata- rio, pues elte inrerefía el ufo, y frutos de la: cofa con- duci ta; y elJocante intercifa el precio de la Joca- cion, o conducion. ; 97. En
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