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DIA CUARTO. 145 racion de los siglos que han pasado desde su estableci- miento, no estén en uso, ni deban estarlo, por haber mandado lo contrario la Silla Apostólica, por observar ya rigurosa clausura las Religiosas que en sus principios es- taban destinadas á la hospitalidad, por tratarse en las constituciones de varios adornos en el hábito, en los que ni el significado de los términos se comprende en nues- tros dias, ó por otras cosas á este modo; pero en estos casos dicta la prudencia que se dé parte á los superiores para que provean de remedio segun las circunstancias actuales. Sí, venerables Religiosas , solamente los dog- mas de la fé son invariables: los demás estatutos pueden y deben alterarse, segun que las necesidades de los tiempos, ó de las personas lo exijan; y ved ahí el modo mas suave y mas eficáz de restablecer la pura observan- cia en las congregaciones monásticas, sin estrépito, sin alteraciones, sin violencia. La Magestad de Dios os mire desde el Cielo con toda misericordia, para que con los auxilios de su gracia observeis vuestra santa regla, cum- plais vuestras constituciones, y consigais la vida eterna por premio de vuestra fidelidad hasta.la muerte. Amen.
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