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a Tratado VI[I,Propoficiones condenadas por Alexandro VIIT. ta.3.Propoficion; la qual no es folo- improbable,y falliísima, no tam- bien folpechofa de heregia,erronea, y formalmente herctica ; como di, ze nucítro Padre Totrecilla en le Sumas,tom.1. 1r4t ,1.difp.qec4p.le sumn.101, £l qual , con la crudiciom que acoftumbra, impugna contra el D. Fagnano dicha Propoficion dal- de el 24.17. halta el 16.121. Veale alli,elpecialmente cl n4.25. 68.93. y 101. donde prueba. los intoleras bles abíurdos,e inconvenientes,que fc podian feguir,y- fe iguirian, fino fuelle licito feguirda opinión , que es verdaderamente probable:porque omo cn cfta vida. no podemos,por nueltra cortedad,alcah gar la verdad objetiva de todas-las colas; ni la cer tidumbr: de fubondad , 9 malicia; es forcofo difcurrida por princi- pios, por efcétos, por razones , por autoridad : y como cftas colas no fean infalibles entodo , por ello ha avido, y ay tantos opinamentos : y fiendo probable,y bien fundado , es precifo le conceda por licito cl fe. guirlo, 28 Digolo2, que aqui no fe condena el que pueda feguirfe la opinion, que fuere verdaderamente a dexada la mas probable; $ 2 ménos legura, dexada la mas (8. gura, excepto en los Sacramentos,y en las fentencias, como he dicho en el nu.26. La 12200 de elto es: por» ys lo:qn< d-112.la Propoficion có- Badacra , q no le podia feguir la opinion probabilifsima entre las probables; loqual, »! patet,cs muy | 0 46 diverío de Eguirla opinion menos probable,ó menos (egura, dexada:la mas probable, y mas fegura, - Propoficion IV. condenada. : Y: Entregofe:4/5 mifmo por no» [otros ex facrificio a Dios, ne por fas los los.efcogidos, fino por todos, y fo» Los los, Freles, Propoficion V.condenads» Y. Los Paganos, Indios, Hereger y otros de este genero,ningun infiuxo reciben de lefu Chrifio ; y por tanta de aqui inferiras bien,que en ellos ay Va voluntad defuuia, y defarmada, fin tener gracia alguna fuficiontes 29 Vpongo lo 1. que fin la racia fobrenatural de Dios, no puede el hombre merecer la vida ererna,nila jufliificacion:co» mo dizc.el Tridcurino [:/$6,de re- for.c4p.16. y Can, 2. Y que el Lom. brc.no puede hazer aftos de Fe,E(> peranza,y Caridad fin el auxilio de Ja divina gracia; como dize el mif, moCócilio.sbi,C an, 3. Ni phcoc.el hombre, fin el tal auxilio, prardar toda la ley natural, y evitar los pe- cadosicamo con muchosConcilios, y Padres enfeña el Calpeníe tom. 1, 4r4%.14. de gratia , difp.1. ft, 6, unm.68. 30 Supongo lo 2.que cftas dos Propoliciones 4. y $. fon muy-pa- recidas,y por ello las pongo juntas, La vna dezla , que Curiñto no avia muertoni ofrecidole al Eterno Pa» Non 2 dre
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