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A vine «40% Obifpos ; porque como los Oifpos no (can (us Supsriores , no pueden refervar cafos refpeto de los Reli- giofos: lo qual fe encigggle tambien reípetto de los Novicios porque el- tos gozan de los privilegios de los profellos; como có Suarez Sanchez, Azor, y otros , dizc Diana» par!.3a Arabia refol.73. Y la cxempcion de lajuriídicion de los Obilpos , es privilegio de Sixto IV.como le puc de ver enel miímo Diana parr.7. trat.12.refol.29.Weale tambien le refol.14e 636 - Reípondo lo 2,que tengo por probable,que Cayo no incurrió enla refervacionsaviendo cometido elle pecado en el lugar cflento. Alsi lo enfeña por probsble, con Pelliza- io,y otros¿Diana parf.1o,tr4f.14. refol.7..y con Vidal,y otros,lo tis- me Fr. Antonio del Efpiritu Santo cit.nn.928.La razon es + porque la ley no fe cftiende fuera del rerrito- rio del Legislador: fed fic eft,que cl Convento elento de la jurifdicion del Obifpo', no es rerrirorio (uyo: luego alli noliga la ley de la refer- yacion: luego avicndo cometido en gil lugar Cayo el pecado , no [esa relervado, . añ Objecion cótra cfia fegunda refpuefta 637 Aunque el lugar , en que Cayo cometid,el pecado, fía eflento de la ¡uriídicion del Obifpo:, no lo es:la perfona deCayo:fed fic est que bafta que la perfona fea Tubdita del Obiípo,para que incuría enla refer= Tratado 7. Del Sacramento de la Penitencia, vacion,aunque cometa el pecado en lugar effento; Juego: el pecado, que Cayo cometió en aquel Convento no dexú de fer refervado,por averle cometido en lugar cfento.Reíbon. do,concedo la mayor, y niego la me ¿nor : No balta (olo , que la períona íca fubdira, fino que es tambien ne- cefario , que la culpa la comera en territorio del Superior,para que in» curra la relervacion 3 porque hi la períona eflenta de la juriídicion del Obilpo cometiera algim pecado re- fervado al Obifpo en (u Territorio, no incurriria en la refervacion;pof- que aunque el lugar cra de juri(di. cion,nola períona: luego lo milmo fe podrá diícurrir,quando la perío- na noes efenta , fi el lugar en que comete cl pecado lo fuere, CASO 1, 638 Sempronio , fuúbdito del Obiípado de Siguenza,hizo yn via- ge al de Olma,y en efte cometió yn pecado , que era relervado en el Obilpado deOfma,y no en el de Si- guenza. Preguntafe,fi incurrió en ls refervacion de este pecado refer vado en.el Obifpado de Ofira,fiendo Sem- ¿Qronio del Obifpada de Siguenza? "Relpodolo primero, que tengo por probable,que el Confeflor que en el Obifpado deOlma tiene facultad de abíolver delos calós relervados En cfía Dioccí , puede en ella abíolvcr al penitente,que viene de otrdObil pado con pecados relervados a fu Obiípo proprio,que sometió en fu

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