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Conf.g. Objeción quintas. 541 La dich ond:nacion es de interpretacion clirecha,y fe deve ántes reltringir a fola la coftumbre de pecados mortales, que ampliarla tábien a la coftúbie de los veniales; pues cfto fuera ampliarlos odios, y las penas cótra todo derecho:Ergo, 8zc, Torrecilla ¡bid.o4m.6.Re(pon- do: que es verdad queíe ha de rel tringir,no ampliar la condenacion; más no es ampliarla , cl entenderla en fu genuino,y proprio (entido,co que habla dela coftumbre de pecar indiftintamente, asi de mortales, como veviales 3 y dondola Ley no diftingue,noforros no devemos dil- finguir. Mas , que el condenat por Jicito el abíolver en lacoftumbre de mortales , es porque eftando la tal coltumbre'; no (E cree que aya do- lor,ni propofito:lo qual igualmente fe verifica en la coftumbre de los pecados veniales. Objeción fext4. 542 Mas:facilmente (e deve das la abfolucion reípetto de los ve- niales,que relpetto de los mortales, por quanto mas facilmente fe co» meten aquellos,que eftos3como di- 2eEgidio de Sacram.de eeftibipa. nitentidifp:2. deb.14. in fine. Alo qual haze támbien,g en orden alos veniales , no (e requiere propofito de evitar las ocaliones proximas; como lo nota Dicaltillo , y de elte Diand, part. 11.tr44.5.refol.23. $. Rur(us: Ergo, Suc. Aísi Torrecilla [upr.n16.10. y 15, Relpondo: que es De laforma del Sacramento de la Penitencia. 373 verdad, querelfpedto de los venia- les ¿fe puede darla abíolucion mas facilmente,que reípelto de los mor tales,como lu he notado có el Cur- fo. Moral en cl mum. 534.Pero efto (e. entiende con tal,que cl Confeflor haga juyzio , quee] penitente tiene dolor de dichos venislesslo qual no deve juzgar,quando fon de coltum= bre frequente:y loque cl argumena to puede probar,es,que (i.cl que tics ns.coftumbre de mortales , y no ha fido amoneftado: del Confeflor,pue. de fer abíuclro tres¿d quatro vezes; como con Hozes,y el R,P. Torreci- Va,y orros-, lo dixe en la 1.parr.de mi Pratt. locucir. num.235. Podra ofto cftenderíe hálta cinco;dfeis ve= zes,en la.coftumbre de veniales,por la mayor facilidad que ay de cacr endos veniales,que en Jos mortales: pero pafladas clas vezes , no le pos drá abíolver mas,(no ay alguna cit cunftancia para crecr ferel dolor extraordinario. A lo de Dicaltillo, y Diana,acerca del propolito de evi tar las ocaliones proximas , le rcl= ponde , que hablan eftos Autores dela ocañon involuntaria , comof/e colige de fus palabras en-la.miíma refol. 23. y $. Rurfusy donde. dize Diana, de Dicaltillo: * Quod in or- dinc ad venislia non requiritur pro. polirum -vitandi occaliones proxi » mas: hoc caim propolitum requiri. tur folum , quando permanentia in illis eli illicita proprer periculuws.* Y mas abaxo añade:* Propter quam caulam neque tenemur evitare occa fiones proximas yenialium, neque : mor-

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