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Confer.4.. De los Padriños,Ritos, y efeétos del Baurifmo, cion) parentefco.Pero intempelti- "vamére dize Vazquez in 3.P. 9:67. difp.14.B: art. 7. num.7. tn fine. Y por ella caviía lo omito,refervando- lo para el Trátado de los impedi. mentos del Matsimonio. 6: 1V. Cafos praíticoso CHISO<E. Delos Padrinos. 14.0 Icio. esa. Vn“figero muy vano, y quifo:bautizar có folemnidad , y pompa grande a yn hijo, y para eflo ¡nombró quacro Padrinos, para que lo fueflen de fu hijo, y ton éfelto fue bautizado có los quatro. Preguntafe, fi peco Ticio gravemente.en llevar quatro Padré» mos, y el Parroco en admitirios? Relpondo:que aunque Thomaás'Sá- chez lib ,7.de matrim. d:fp.57. 4.6. fiente con Ludovico Lopez,que no es elo pecado grave: yo fiento que 41: y pecó mortalmente el padre en llevarlos «(Gi la ignorancia no le ef- cuso) y el Cura en admitirlos. AGi lo enfeña con Vega, y Rodriguez, Galpar Hurtado de maty. difp, 18. dificez.. [fub.nmm.14.Y cón Comiclr, Bonacina, Palao, Barbola , y otros, Leandro-del Sacram. part. 1. traf, 2. difp.7.queft.6. Y esla razó: por- que el faltar en cola grave al precep to del Concilio-, es pecado mortal: x1qus, enelto le falta en cofa grave al precepto del Concilio ; luego es Pecado mortal, La mayor <s qierta; 1o y la menor tambien para mi: pok que el fin del Concilio fue,no enre. dara las períonas con'tantos paren- tilcos, obligandolas a facar dilpen- laciones para contraher matrime- nio; lo qual es cofa grave. Lo otro, porá fiente el miímo Sanchez :;bid, mwm.7.+ que el Obifpo no puede dif peníar en elteDecreto del Concilio, permitiendo que aya mas de dos Padrinos en el'Baurifmo:Lucgo de - vo confellarfe,que efteDecreto obli. Ba fub morralr; pues feria-cofa dura dezir-, que en vn Deereto pofitivo humano, que obliga folo fwb ventáa ls, no pueda el Obilpo difpeníar. Obj eciono 14.1. El motivo que el Concilio tuvo para decretar, quetolo fuellen dos Padrinos, fue,porque no (4 mul. tiplicaflen parenteícos c(pirituales, como avemos dicho en cl numero precedentesLuego li celare cfle fin, cellará tambien la obligacion de el precepto fub mortalé : atquí , colas pues aunque aya mas Padrinos que dos , no contrahen los demas el pa- rente(cozcomo dize Filiucio rom.2a tralt.ro . de Sacr.matr: part.2, 5. num.191. (¿no 161.como lo verás citado en Ecandro rraf, 2, difp.7. 9.30.) paz. (mibr) 362. Suarez ci tado por Leandro sbid, y por Thou más Sanchez cad, TIA Luego fc ha de dezir , que elle pres ecpronio obliga fab mortálr. Ref pondo: que aunque lleven cios Auz tores, que-los demás , fuera de dos, als: g- . » la e
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