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82 Frgtado 5. Del Sacramento del Bautifmós manda laleleía,es contraria ala i tencion de jugar, porque laprimera es feria , la fegundajocofa + Luego haziendo el Bantifmo por modo de juego,y-con-efla intencion, no cabe el tener intencion verdadera de bau tiímo.Relpondo, negádo la menor, de que (can contrarias incompati- bles la intencion de hazer vna cola feria,y jocofamente : porque puede vna perfonair a vn lugar con inten cion de confellaríe , y de ver vnas ficftas , y puedellevar a vn tiempo eftas dos intenciones.Pudo muy bié el zal mozo tener intenció de hazer, lo que hazia elCura, y de hazer eo por pallatiempo : y teniendo la tal inrencion de bautizar,como los Cu. ras lo hazen, haria valido Sacramé- to. Aunque (1 huviefíe duda de 6 tu- vo, no tuvo la intencion, que rie- nen los Curas, y huvicfíe duda de 6 fuc,0 no fue verdadera fu intenció, fc deverareitcrar-el Bautifmo , de. baxo de condicion. CASO.-VEF 81 Vn parvulillo nació có evi. dente riéfgo dela vida , por lo qual fue precifo bantizarle luego : halla< ronke muchos prefentes, que le pos dia baurizar, y entre los demás fu padre,y cfte le bautizó. Preguntafe, fi quedo el ral padre privado de poder pedir-el debito 4 fu muger,por aver- le bawrizado ? Relpondolo 1, que íi el tal hombre huviera- obrado ¿on buena fe y ignoranco el tal impedi- miento,que refulrava,no quedaya có impedimento; fegun lo que di, xe'en mi Prad.part.1.tra4.6. caps 8. p.8. mum. 96. Reípondo lo 2. á fi eflolo huviera hecho el padre, en ellanecefsidad ¿no aviendo otro que lo pudicíle hazer, tampoco incurri- ria en dicho impedimento; como fienten,y enfeñan comunmente los Theologos. Refpondolo 3. que a- viendolo hecho el padre, fin tener de ello necefsidad, pues avia otros, que lo podian hazerzaunque fienten Sanchez, y Villalobos , apud Lean- drum de Sacr. vbi fupr.quet?.32. G incurrió en el dicho impedimento; tengo por muy probable queno lo incurrió (aunque pecó. mortalmen- tc. ) Afsi lo enfeña con la Glofía, Suarez,Durando,y Coninch, Diana P.3.tra%.4. refol.3. y con Hutta> do, y otros Leandro exd, q4ef,32. Porque no fe halla texto,d ley, que ponga tal pena.en efte calo : luego no (cra razon, que nofotros.la post» gamos. Objeciona 82 El padre,que en necefsidad bautiza al hijo, que tuvo en fir cona cubina,contrahe conella cognacion e(piritual,y no puede calar con:ellas cómo enfeña la comun ferténcia; Luego tambié incurrirá cl impedi. mento , de pedir el debito el padre, que en necesidad baurizá al hijo, que tuyo cn Íuú propia mugersy mas fi ello fe haze,quando pudiera efcu- farlo,por aver otros,que podian has zerlo.Reípondo,concedo el anteces dinte, y niego la confcquencia, La an
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