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¿ A A a » E ¿ e e” q. O y E, A BES + k pS ii á z Añadida, q lo el padre ef irrasionabilitór in vitas: pues es irrazonable el que impida la vida efpiritual , o la falud del hijo , la qual el tal hijo, bic, Ó* munc, no puede confeguir de otro modo: con que no fiendo de precio alguno la tal patria poteltad , de los Indios Infieles de los llanos, reípekto de [us hi= jos ; pues ni aquellos mandan á los hijos, ai los hi= jos lgs obedecen , ni eftos cuidan de los padres en el alimento, ni les ayudan ¿ buícar la comida, fino es como util para si, ni acuden á otro trabajo al. guno, como fe lupone en la efpecie del calo m.2, podrá lu Mageltad ( Dios le guarde ) y lus Miniltros en íu nombre, mandar feparar de fus padres los dichos hijos , fin carga alguna de recompenía , (e- gun los dichos Autores, y mas quando los tales hijos fe han bautizado , fin injaria alguna de los padres , pues no ha fido por barto, ni con igno= rancia de ellos, fino con lu fabiduria., permilsion, o no repugnancia : Ergo, $lc. ro Lo quinto , porque en «terminos de nuef= tro calo , y aun mas apretados , tiene nueltra re- lolucion , con otros graviísimos Autores, dicho Villalobos mum. 7. por codo el, que lo prueba bien ¿y refponde á los argumentos en contra , por lo qual me ha parecido tranícribir a la letra lo que dice, lo qual es como le (igue: ” 51. Y Quinta concluñion. Juftamente puede 3, €l Principe Chriftiano , hacer baptizar los niños ,,y de los Infieles , que fon fus (ubditos , contra la ,, voluntad de fus padres, y quitaríclos dandolos ,, 4 criar ¿los Chriftianos: celta conclulion es de y Soto, conSanto Thomás , in 4. dif. 5. prt. 10. ,, Galpar de Uceda ubl fupra , y Angles in 4. fen- yy tencia de baptifm. quefl. 2. art. 2. y €s comun ,» entre Elcotiltas : y le prueba, porque el Princi- , pe es Mimitro de Julticia : luego ( vé que el ln- sy fiel no obedece la ley de Dios, baptizando al ,» niño , le puede compeler : y por configaiente, ,, por quanto el niño, di queda en poder de fu ,, padre eftá en peligro de pervertirís (como queda , dicho ) puede el Principe quirarfele, y darle 4 y Criar á Chriltianos. ,» 12 Y nooblta contra cfto el decir,que la pa- ,, tria poteftad es de ley nacural , la qual no def= , truye la ley de gracia ; lino antes la perficiona; ,, porque á elto (e relponde , que la Ley de Gracia - ,, perficiona la Ley nacural , en quanto 4 los aGtos ,, de las virtudes , mas no la perficiona en codo lo ,, demás , como es la conferyacion de los Domi.- ¿, nios, y patria poteftad , y colas femejantes : que ,, muchas colas ay de ellas , que le han quitado , por el Evangelio , y Derecho pofitivo. Cierto , es, que cl hijo por Ley Nataral elta debaxo de ,, de la poteltad del padre , y no de la madre ,Co- ,, mo coníta del Derecho, Im/81t. de patria po- , £ef.5.1.0" leg. Si fli,C.e 04. sic. Y con todo elfo ,, en el Concilio Tolesano 4. refert.in cap. Judai 28. y, quef. 1. lfemanda , que los hijos de los Judios, y cuyas mugeres le buelvea Chriltianas , delpues , de haver amoneitado 4 los padres , que [e con- : Tom, Ji, SS E AR AR A PP O A E A nn a e 3 FOR a a, 3 $19 ,, Viertan , no lo queriendo hacer, apartaudo de »» €llos,las mugéres , le cricn don ellas. Aunque me ss me dicen , que efto no eftá en ufo en Roma , ni s» En Florencia ; porque fi lo fapizilen los Inficles, ¿y matarian ¿los niños antes que vinielen á poder »» de Chriftianos. Ztem , de ley natural el Matri- ,» monio €sindiflolub!e; mas íi uno de los calados 3, feconvierteála Fe, y el Infiel no quiere ha= ,» bitar con el, le diffvelve el Matrimonio ¿como » dixo San Pablo 2. Corinth. 7.,Si Infidelis difa ,»£edio ,difeedat. Item eo el Matrimonio rato, ( »» ¿Ll uno delos cafudos entra en Religion , y pros »» fefía lolemnemente , el que queda en el figlo piero », de el dominio. Ztem , los Infieles , que fon fub= », ditos de los Reyes Chriftianos, fon [eñores de s, lus haciendas , y con tolo les obliga el Derechos ,» cap. de Terris , de Decionis , d pagar diezmo de ,, las heredades, que comprar 4 los Chriftianoss G Hafa aqui dicho Villalobos, bien de nuefiro ¡ms bento, ut ex fe patet: Eszo, Sc. 13. Lo milmo que Villaloyos , tiene Delgadis lo ,abi fapra ,n.8. no folo delos Principes, rel- pecto d: fas vaflallos Inficles , fino tambica de los demás feñores Chriftianos , refpedto de fus cfcla» vos : pues relpondizndo á un argumento puefto en el mum. 6. que decia lerilicira dicha feparaciony por cauía de que por Derecho natural tienen los padres poteltad de tener cuidado de lus hijos , que no han llegado al ufo dela razon , y de tenerlos configo , y de educarlos; al qual argumento rela ponde como [e figue: 14 TU Igiturrefpondetar negando minorem fub4 fumptam., nempe efe ¡llicitam feparationem filios rum inj¿delium ad fuis parentibas , quando :/h1 fant fubditi , few mancipia Obrifiianoram , Oe. Y Alsi dicho Delgadillo. Y lo miímo tienen Caítro Palao, con Lay- mán , Coninch ,y Vazquez, hablando del poder bautizar á los hijos de los Hereges, que han apof= tacado de la Fé , abi fupra , num, 9. donde dice lo que le ligue. , ”. 195 YT Quarto cercum et, baptiímum rica » Catholico miniltrari pole , 8 deberi filiis han y, teticorum fidem in baptifmo [(ulcepram deles , tentium, ficuti dicitar io Concilio Tolerano 4 y cap. 56. relato in cap. Judais 45. Quia LIE y tici preceptis fub duntor. Unam amen ex Ec ¿y clefiz preceptis elt , ut filios ad Eccleiiam bap= ¿y tizandos deferant. Ergo (i huic ob!igatioai non , fatisfaciant, porel Eccleña cos punire , É cora ¿y negligentiam (upplere , ac proinde ; porel e04 ,, tum filios baptizare, 8% baptizatos ab £oram con- ¿, fortio feparare , fi periculum ad (e perverfionis ¿y ut veré adeít. Sic Paulus Layman y lib. 5. Summa y tradh.2.cap-6. concluf. 4.Coninch qae/4.68. ar. , 10.nam. 81. Vazquez di/p.155- ap. 1. Ín prim= , cip. Y Alsi dicho Palao en dicho num. 9. Veale , tambien lo que dexa dicho en el mum. 8. traní= cripto arriba, etíam, num.8. be 16 Detodo lo qua! , coníta [er comuniísima Yy fen- dd rs ha o
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