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Numero 7. mente probable /pecolative , O practice , co qué , pues , eta contra mi dicha autoridad de el Padre Cardenas? O en que elta patro- cina el intento. de cl Padre Olmo ? en nada cierto , ni con cien leguas , mt ex fo patet : er- go ,Xc. 81. Pero aun menos le patrocina (Í ca- be menos ) la fegunda autoridad de el. dicho Padre Cardenas, de Offócio Canonico y traciat, 4. 0ap. 1. porquetodo el intento de dicho Au- tor $s probar contra Caramuel , que elle tiene pcr probables las lentencias quealli propone , y no difuelve los argumentos contrarios , como confta de los numeros 3.4. y 5. de dicho ca- picalo , y elfo no es contra mi , que exprefla- mente llevo fer. probable , y evidentementepto- bable , /peculative , O practice , dicha tercera fentencia ,ni á favor en cofa alguna de el Pa- dre Olmo, como de fuyo es manificllo : ergo, Sc. Y lo miímo es de la autoridad de Peliza- rio ,que dicho Olmo alega, como de ella mil- ma conita. 32 Y fe debe reparar mucho aqui, la dife. rencia de terminos, con que los dichos Áuto- res alsientan, y dicen lodicho, y los terminos con que propone lo mifmo dicho Reverendo Pa- dre Olmo, pues dichos Autores no dicen ,que lo dicho fea perentorio , mi convincente, ni cierto, fino que folo dicen , que fe prefume afsi y 0 que lo juzgan afsi todos los Autores ,0 que lo parece, víando de aquellas cuerdas , prudentes, y pro- prias voces. Cardenas , en la primera:autoridad: Stat fíxa quedam , prefumptio inter Áutbores, y en la feguoda: Ab omnibus cenfetur. fare pro ea fententia , y Pelizario en la fluya , videtur fequi , ut notavis Sanchez, y con razon uían de di- cho prudenciísimo modo de hablar , porque aun- que es verdad , que hay fandamento para pre/4 mirfe afsi , y que parece eltar por la tal fentencia a quien fufraganlos argumentos , que propone , y no diíuelve el Autor ,contodo ello el tal funda- mento no esconyincente, fino folo baítante para prefamirlo afsi y O: para que juzguen los Doéto- res , que. parece feguirla 3 pero mueltro R.P. Lec- tor General, na fe contenta con que lo dicho fe quede en prefumpcion , O en parece , fino que echa por medio., y abandonando dichos cuerdos, y prudentes modos de hablar , dice : que es con- wencion perentoria , ibi : Quiero convencer mas pe- rentoriamente , fi es dable , miren , pues , y coníi- deren los prudentes, fi es barro la tal diferencia de terminos? 83 Alarercera autoridad del referido Padre Cardenas, en orden á nuetro Leandro de Murcia, digo , que es verdad hay baltante fundamento,pa- ra prelumir tiene por probable con probabilidad intrinfecalaral opinion ,como bien dicho Padre Cardenas zpero que el tal fundamento no es Con vincente3 y la que es cierta es, que dicho Lean- dro ,la viega la probabilidad practica , y con el fundamento irrefragable de eftár prohibida, y Part, VI, mandada borrar por laSanta Inquíficion , porque eoipfo , que una opinion , aunque alias lea proba=' ble, elte legitimamente prohibida , dexa yá de (et pradticamente probable, porque eo ip/o fe ha va. rado el cafo como bien Lumbier , con Cara. muel, t0m.1. 1472, 460. pag. tmibi 454. y lo milo mo Juan Martinez de Prado en fo Theologia Mo- ral,tom.2.cap.33.apud Amad. Xime. tract. 2. de Opinion. prob. propof.1.n.4. vide illum. Ade. mas , que dicho Leandro , adbuc hablando de la probabilidad intriofeca dela tal opinion,tiene por verifsima,Ó* omnino tenenda, la comuviísima fen- tencia contraria , y alega por ella, no folo los fun» damentos, que a lu favor fuelen alegar los Dodo» res, lino tambien otra razon fortiísima, y queel tiene , y da por potiísima, y por ello dixc AFD, que aunque hay fundamento para prelumir, que tiene por probable , con probabilidad intriufeca, la tal opinion , que cl tal fundamento no es con. Vincente, 84 : Sed quidquid de boc fit :la tal autoridad en nioguna manera es ad rem para nueltra pre- lente controveriia , pues yo exprefamente llevo que la tal tercera fentencia , no lolo es probable, fino evidentemente probable, y no fola: probable Jpeculativé , Gino tambien practice, y effo eslo que pruebo , y deficodo laramente , refpondiendó 4 todos los fundamentos en contra, afsi en el To. mo de las Propoficiones condenadas., 4 pag. 1 34» a4num.137.ad 188.como en la Suma , en la fos bredicha controverfa con el Padre Corella, y afa fillevo la probabilidad de dicha lentencia , queel- tablecio,y a la qual favorecen los argumentos que propongo, y foluciones que doy á los que la cone trarían , y por configuiente la tal autoridad del doétiísimo Padre Cardenas ,ni es contra mi, ni favorece en cola para lu intento al R. Padre Maceta tro Olmo. RESPUESTA IT Y 111. 85 Efpondo lo fegundo , que las loa bredichas autoridades en el moz do que las entiende dicho Reverendo Padre Ola mo , fon contra la doétrina del miímo. Pruebafa elto: porque el Padre Maefiro Candido , Maefá tro del Sacro Palacio”, tom. 3. di[p. 24. articulo 61. dub. q. concluf. 8. pagin. mibr 208. lleva por probable dicha tercera lentencia ,la prueba con muchos, y fortifsimos fundamentos ,y alega por ella muchos, y gravifsimos Doétores , y en la dus bitacion quinta, (iguienteá la dicha , refponde 4 la razon , y privilegios en contrario ; y no obilan¿ te elfo, el R. P. Olmo,en fu Tratado Moral Theos logi-Canonico, pag. 198. fub num. 54. dice , que dicho Candido , no lleva la tal tercera fentenciaz (que llama mia) ergo ,8tc. 86 Confirmafe lo mifmo. Lo primero , por- que (iendo afsi, que el Padre Maeltro Fray Bernas be Gallego, lleva por probable dicha tercera fená tencia ,atentas las concefsiones de la Bula, hechas É 2 por A A A e | ! cor plc a a aiii.

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