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Numero 6.. 491 ¿ que folole puedeablolver fu Preládo) 0 4 que no fe confielle enteramente , por no atreverle, Ó rener por inconveniente grave el conteflar la tal culpa con íu Prelado ; por lo qual me pértuado ¿4 que dicho erudicifsimo , y prudentilsimo Padre en la practica 1 le legafle a confeflar con el Un Regular, y ee, entre otros pecados y le confet- falle algunrelervado , no le havia de embiar ha abfolucion' , pOr, Mas que tenga por improbable, fegun principios intrinfecos , la cal opinion , la- biendo ¿como fabe que la tienen por probable Jpeculative O practice, tantos Autores de proba- da autoridad , por mas que indique lo contrario en la refpuefta á la fobredicha objecion , y ¿mas quando no tíae fundamento nuevo, que no: TeM- ga folucion facil, para reputarla por improbable, con improbabilidad intrinfeca y mucho menos para poderla negar la probabilidad extrinfeca , no tenue fimo folida , y fñrme, O Dec de Jupradicia difficulrate. 4 . $ 67. De toda la fobredicha controverfa con el Padre Corella, confta clarifsimamente , que dicho Corella folo impugva mi primera con- clufion', (como lo expreíso el miímo , en las pálabras tranícriptas , fupra num. 25.)en*que digo,,'que la-tal tercera fentencía es evidentes mente probable ,Jpeculative ¿13 pracítte , y que elpecialmente. impugna fu probabilidad practi- ca , y por configuicoté confia , que el Keve- rendo Padre Olmo ,'ho ha entendido 4 dicho Corella ,niá mi: Sed guidquid: de hoc Je, Veas mos aora, lamas evidente demónftracion , que día cho Reverendo Padre Olmo , ños ofrege ha- cer, fundado en la fobredicha concrovérlia Con Corella. , Numero 6. 68 Profiguiendoel Reverendo Padre Olmo, (delpues de las dichas mis relpuellas ,en com- pendio )en el mum. 6. pagin. 18. dice lo que fe (1- gue. Lo qual fapuclto preguntoal R. P.Er.Mar= cio ¿las qua/f ibfivitas Veces, que me 1mpropera, de que le arribuyo fal/amente lafentencia contra. ria , que el P, Corella, y yo impugramos , €s.con juftificacion;O yole aproprio alguna falfedad , con el manificlto , y evidente delengaño , que ha: vit. to yá, y que con engaño ha querido paliar con de- trimento de mi pundonor ? Le “atribuyo con yer- dad , que es defenfor dela fentencia que impug- no? No puede negarlo. Y es verdad ; que'en lu Religioñifsima Apologia , Pag» 298. num. $5.cita fu Suma , en el mifmo numero , que yo le llamo, como defenfor de la opinion contraria , ua: pugno ? Y puede negarme , que lo miímo que de: fiende en fu Suma , afirma tambien en lu Conlal- ta , puesen ambas partes fon las prucbas, y. fu0> damentoslos miímos ? Pues digame ¿Padre ,con qué conciencia, ni feguridad de fu: alma) en vif- ta de. tan palmar demonffracion , me impropera ac falfo , porque le atcibuyo la lentencia que nO Part. Vl. , 9% defiende , ni lleva , porque ligue la mia > 4/31 ¿/4.. letra dicho Olmo. ' RESPUESTAS. '69 Ofa recia es , que atribuyendome, quafí infinitas veces el R.P. Pray Juan ab/olutamente la tercera fentencia , (fiendo alsi, que la que yo lleve ab/blutamente por mas probable , y mas verdadera , esla fentencia quar- ta ) ni quiera que yo ¡me quexe ni que defplicgue mi boca ,para decir No llevo la fentencia que me acribuye, que llevo ab/folutamente. 70 Y li miquexa la refiriera dicho R.P.en los terminos que yd lo digo , aun fuera mas colerablez + pero no es asi, y fi no vamoslo viendo : En la rel puelta primera tranfcripra Jupra num. 2. lo que yo digoes cón ellos terminos 10 Refpondo lo T. que la opinion qué yo llevo abfolutamente ,es la contraria de la que atribuye el 2. M. Olmo. Y afsi no se con que legalidad pueda decir aquello : Dice en efie Tratado,que fon mas de fefenta AA. los que llevan fa opimion,Ú'c. ] Aora ,pues., vea qual= quiera, (fi dichos terminos, o dichas voces<Lón lo miímo , que aquellas con que lo refiere dicho Ol. mo ¿Me .impropera , que le atribuyo falfamenste la fentencia contraria , Oc. Y mas abaxo: Me ¿ma propera de falfo. 71. Digame, pues, Padre, [on eftas voces,y el tos terminos lo que: yo ufo ? Si V. P. hace juicio, que fon elfos terminos de que ufa, los que merecia la tal atribucion, (y por ran repetidas voces,como me lo atribuye en fo Religioliflsimo Tratado Mo- ral Theolo$i Canonico ) en ello miímo conocerá; O podrá conocer, la templanza de términos con que yo fe lo digo. P.Olmo;refiera V.P. Con legalís dad lo que yo llevo, y: del modo que lo Jleve,y no tendre yo ocafion de notarle el defecto de legalia” dad, que no folo'en elte punto , fino en otros ma- chos; padece lu dicho Religiolifsimo Tratado ; y apliquefe 4 si mifno aquello que dice,de que , com que conciencia,mi feguridad de [u alma, le ¡propes ro HE falfo:quando ni yo ufo de rales VOCES, Y QUAN» do lo que yo digo es verdaderifsimo, y en ordema aquello, en viga de tan palmar demonftracion. Véa” lo dicho arriba , 4 num. 24. 4d 31. | 72. Y en,quanto á lo que dice dicho RP. De que llevo fentencia contraria a la que el Padre Co- rella., y fu Paternidad impugnan , y que DO pue, do negarlo yo ; 36, £ > 73 Refpondo, que lo que mé impugna el P; Corella,es el que yo lleve,que la tercera fenrencia es probable /peculative,Ó* praétice,como conllade todá la fobredicha controverña, y elto milmo im. pugna V.P. pues niega alatal fentencia la proba- bilidad adbuc extrinfeca, y en elto Vamos contra. rios; perol¿ fentencia que yo lleve ab/olutamente, por mucho mas probable , y mas verdadera, ño es la ral tercera fentencia ¿fino lafGuarta , que es la que el Padre Corella, y V+P. llevan. Veafe arriba * los num. 32, y 23. y ali lo entiende dicho Padrk , " Co-
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