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Mi MS 14 De efe Sexto Tomó, 667 Aavo ? pagin 319.2 mamero 516. 4d 521. Las o ocianAS Generales de la Obfervancia, Capuchinos , Minimos , y de la Compañía , no obligan á culpa ?P4g: 495. M4m. 480. y los dos figuientes ¿Y 4 P4g 493.4 num, 509.44 522, Vide alia ? Verb. Bula de Urbano VIII, claufulas, leyes , y fuplica, Contrabulas. Si algunos Prelados han facado Contrabulas del- pues de publicada la Bula de la Cruzada? a pag. 317. 4 num. 503.44 511. Veafe tambien lo que Freytas , y con el, y Henri- quez , dice el dodo Sylveira $ pag.27. B.212. Contradicion , y contradictorias. Dice el P. Olmo, que me contradigo mil veces, y le idea por mas eltrecha una contradicion? Veafe, y lareípuelta? a pag. 189.4 14m.120.44 131. Veaníe muchas contradiciones verdaderas de di- cho Pádre Olmo , donde me remito, PAZ. 193, NUM, 132. 133+ Veafe afsimilmo un cúmulo de contradiétorias, que aglomera el Padre Olmo de mi doétrina? y y de que calidad lean ? 4 pag. 247. 414m.618. ad 645. Y alli otras verdaderas de dicho Padre. Reficrele otra contradicion , que fe Je antoja al P, Olmo de mi doétrinaí 4 pag-.412,. 44M, 1257. ad 1296. ¿Eno Oponete dicho Padre á fu miíma doátrina 1 4 paga 518.4 num.651. 44660» Vide alia? Verb. Confequencian Corella. El Padré Olmo no me ha entendido4 mi , oí al P, -Corella,¡en orden. 4 la opinion que lleve ( y elte impugna) en. mi ¿Tomo de las Propoficiones «condenadas? 4 Pag. 42 4.MHM,:19. 4d, 3 Lo: Satisfacefe exprofeflo al Padre Corella? 4 pag»: 44» 204 num pra dd 6? IAS El Padre Corella le dio-por, fatisfecho' de miref- pueltá, y confirma no haverle entendido el P, Olmd? pag» 274«4 NAM. 140» ad 144» Alia remiísive Capitulos Generales? Vide Genera- les:Cardenales? Vide Declaraciones:Citas de De- recho? Vide efilo¿Concubinario? Vide Confef- for : Confentir 2 Vide.callar.: Confentimiento? Vide voluntad. Correccion frargrna? Vide Delacion. Declaracion, y difinicion ex Catbedra; Es falío, que Urbano VIlI.en fu declaracion haya difinido, y hecho declaracion ex Cathedra de AA An . doctrina, como mal quiéré tl P.Olmo ? a pagin. 349. 4n4m. 767. ad 782. y 4Pa2. 355. 0emer. 798.44 S18.feuad 826... '. Es falío decir, que la Conftitucion Urbana fea des claracion de la Clementina , antes bien, fegun el Padre Olmo , fe debe decir al contrario? pag. 519.n4m. 658, ana” y Que fea declaracion? pags 350. fub numer. 367. y P48: 352. Nun. 781. El que enfeña dodtrina contra lo difinido, y declas rado ex Cathedra-, eo ipfo enfeña do4rina, que yd que no fea heretica, feraá lo menos error en la Fe? pag. 350. num. 772. Contra aquello que dixe yo en mi Apologetico 4: traoferjpto aqui en la Reípuelta 6. 4 pag. 342, num] 11. vempre: Que Urbano VIII, en fu Conf Sisucion mo declaró las palabras de la. Cruzada, ni el verdadero fentido de ellas, fino folo fuinw tencion; es falírísimo aquello que dice el Padre Olmo ( pag. 355.num. 799. ¡n fine) que no hay Autor alguno que me coadyuve ? pagin. 359.4 num, 828. ad 888, Veafe ramibien 4pag..351. nam.774. 4d 782. y . POL» 479.1, 346. 4d 354» Y no es menos falto decir , fea ablurdo el decir, que dicho Pontifice no declaró el verdadero fentiz do de las claufulas de la Cruzada? lmó,no podia declarar fuelle el fentido de ellas el que preten= de el P. Olmo,que no ha entendido efto? a pag. 361.4 num, 843. 4d 860. i¡aclufivé. ¡ Es tambien fallo,que Gregorio XV. (y otros Pons tifices) haya difinido , que la Bula no aprovecha alos Regulares para la abfolucion de loscafos relervados ? Y en qué materias , O colas: tenga lugar la difinicion tx Cachedra ? pag. 620. num, 1530. 4d. 1547=.: Siente ( fallamente ) el Padre Olmo, que los Pona tifices han declarado ex Cárhedra, que la.Bula nunca ha aprovechado á los Regularesí pag. 633,Dum.1649, ad 1670» Declaraciones de Cardenales, * A las declaraciones no autenticas , no fe lespuede dát credito en el fuero externo(jadicial,O extras judicial) pero de ai no le figue,que no fe le haya de dár credito al. Padre Leandro en lo que de- pone , comoteltigo de oido inmediato , como mal argumenta el Padre Olmo ? pagin. 283. 4d 289.4 num. 220, 4d 272». A Weafe la gran diferencia que, hay de aquello ¿.efto?, pagin, 284,mum, 230. 4d 253» Las declaraciones de Cardenales , en comun fens . tencia tieneo fuerza de Ley , y obligan ¡nú utros queforo? ibidem,dnum.732+ 04d 239 04 Y lo miímo es de las declaraciones de los Pontifñ. ces? ibidem, num. 238.y.239+ Vide etiam, pag. 237.10mM.254. 44272. h Y la fentencia contraria, y mia,aunque dice no ties nen fuerza de ley, dice empero , que lon de gras viísimo pelo , y que no nos havemos de apartar de

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