BCCMAS0001-15-E-1400000000000
De efte Sexto Tomo: Cbrifioval de San Fofepb ,y citas. Lo que dice el Padre Olmo, 4 cerca del Padre Chriftoval de San Jofeph?pagin. 343. vum. 717. Y fa refutacion? pagin. 345. numer. 730. ad 745» Vide alía? verb. Mendo ;, y verb. Opinion, El Padre Olmo , aun no labe el eltilo de citar los Canonifltas el Derecho Canonico ? Vide verb, Efilo, Claufulas. Las clavfulas de la Bula de la Cruzada, no folo fon generales , fino univerfales a todo genero de privilegios: y eftas equivalen á cfpecifica ex- preísiouí pag. 37. 14m, 237. y 288. La Conftitucion Urbana ( y lo miímo es de la de Clemente Ottavo ) adbúc en aquellas claufu= Jas, en que da,o quita jurifdiccion , y que por configuiente nía en ellas de la Poteftad Pon= tificia ,es perfonal , y no real ,y alsi elpira por la muerte del concedente ? pag. 59. 4 num. 139.4d 167. Explicanfe algunas clanfulas de la Bula de Urba- vo VIII? pagin. 175. 14M. 2. 3-Y 4- La claulula de plemitudine poteffatis , denota lo miímo que de poteffad abfoluta : y en calu de duda,no fe ha de juzgar que el Principe “tía de la plenitud de poteflad ; fimo que fe atempera al Derecho Comun, y padece algunas excepcio- nes? pagin..1492. num. 817. 44 821. La plenitud de potefiad ha de fer acomodada al 240? pagin. 141:04w7. 313-y 814» Pide el Padre Olmo , que le explique' algunas claufulas', y fe las explico ? pagin. 179. numea 7034. 4d 44- ER Es falío , que por aquella claufula : Deplenitudine potefi atis, Le fignifique, que la concelsion es “ad beneplacitum Sedis y como málrdice el Padre Ol mo?pag. 1386. num. 90. Y los«dos (iguientes.” La cláufula de lá difpoficion, ora fe ponga al principio, ora alfin, fe rebere a todo to con- tenido en la difpolicion?>pagin. 195. 14mM.164. pagin. 3 51.N4mM. 777» de. Beda otalapreccdenes determina la fignlente;y no al contrario? pagin. 195. num. 166... * La claufula general no fe eftiende a lo efpecificas do antes de ella ? Ibidem. 5U1 Vide alia? verb. Bulas de Urbano VIIL.O'e, cons fequencias , y dicciones. Chocolate, Nueltro Murcia lleva , que el chocolate quebrano ta el ayuno :refutale eficazmente Thomás Hur- tado, y el Padre Olmo , de lo que dice nucítro Marcia", forma un argumento para falvar lo que dixo á cerca del Padre Leandro del Sacrás mento , el qual nó patrocina en tola fu ln TO? pag. 277.num. 166.4d 219. Argumento en forma “del Padre Olmo , 1 cerca de lo dicho, y furefutacion? pagin. «89. 14. mer. 273. 44284. ' A cerca del chocoláte , y declaraciones que refies rc Hurtado ,en orden 4 El, veanfe lo que dia cen Fray Joan Enriquez, Diana , y Mendo ? pas gn. 294. num, 366. ad 310. ] Y a lo que dice nueltro Murcia , que teflis non jus ratusnon facit fidem , nec efi propri? tefis, lo qual prueba, ex cap. de Teftib. cap. Nuperydon- de los Doétores de Teffibus , y de otros textos, y muchos Doétores que cita , num. 12. in fine? Refponde dicho Hurtado , tranfcripto arriba, pagin, 282. fub num. 207.10 que fe figue: Nec tefisdebet efe jaratus fed fat ef quod fit fin dedignas , O contrariwm dicere pro foro intera no mibi nen ef probabile. Veafe lo que dice er Padre Olmo del feñor Arana jo , y confequencias que laca á cerca del chocos late? pag. 330. num. 610,ad 619. Comiffario de la Cruzada , y condenacion. El Comiflario General de la Cruzada , debe res prehender á los Prelados que impidieren la expedicion de la Santa Bula ? pagin, 166. num, 1030. 4d 1041. ' : Veafe lo que diceel Padre Olmo ,4 cerca de el Edido que publicó el Comillario de la Cru- zada en en cl Reyno dePortugal ? Lo que le acrecienta? Y (u «refuracion? Y (1 oy puedan los Comiflarios interpretar la Bula > pagina 169. NMWMer. 1053.4d 1070. ; Si el Comiffario General Don Pedro Pacheco,coná +"fulro al Padre Mendo fobre el punto? pagina, "171. HUME", 1071.4d 1094. y "umer. 1097-y 1098.) Pag.7335.nam. 653.) 654-J P4g. 337. num, 670. ad 673. ElNCómifario de la Cruzada tiene jurifdiccion or- dinaria , aísi en el fuero Eclefialtico , como “Semel Sécular , y quan independente [ea ? pas gin. 267. num, 84:y85. Vide alja > verb. Cartas. y : La condenacion es de interpretacion eltrecha ¿y aísi fe ha de reftringir antes que ampliar? pas, gim. 385.4. 1020. ) ; Confeffor. Si la facultad de elegir Confeffor eflpire por la muerte del concedente ? pagina 60. num. 1 $0. pagina 61.num, 156. $ los dos figuicatess Vide alía? verb. Regulares. El Conféllor debe conformaríe con la opinion del penitente , adbic en punto de jurifdiccion ,€s contra Corella ? pag. 48. num. 61. 2d 67. uando un varon digno de fee deponc ( aunque > fea fin jeramento Y que el moribugdo dio feña- Kkk 3 ¿”MN
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz