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Numéro 109. ley ¿y afsi fé conforman mas que las rígidas con aquello del Evangelio: fugum meum fuave ef. Y con aquello de David. Latum mandatum nimis , y conotros fundamentos que apuntan los fobredi- chos-graviísimos Maeltros: ergo ,3c, 1151 Dirás, quizás, con el doóto Lumbier, tom. 30m. 1630. pag. 1067. Lo primero , que las opinionesanchas , O benignas, noes camino, fino defcamino para la lalvacion , porque el cami-= po de la falud eterna es cltrecho , fegun aquello de San Marheo , cap. 7. Artia viacf , que ducit ad visam: ergo , Xc. 1112 Pero fe refponde, que todas las opinio- nes probables mientras confervan fu probabilidad, loa perfe igualmente feguras para la falvacion : y que las mas benignas lon más feguras per accidens, para la lalud ererna , comolo tienen dichos Doc» cores , y aísi fin injuria de cilos , y de la verdad no le puede decir , que lean delcamino , quando fou camino facil , y per accidems mas leguro ,0 4 lo menos igualmente feguro para la falud ererna. 1113 Ala autoridad de San Matheo le relpon-. de , que el camino del Cielo es eltrecito , porque para confeguir la falud eterna , fe debe caminar fia crafpaffar los limites de lo jufto , de la razon natural, y de los preceptos Divinos , y humanos; pero que cl que obra fegun opivion probable mien- tras conferva fu probabilidad, no trafpafía dichos limites. 1114 Dirás lo fegundo , con el miímo tomo 2. num. 634. pag. 586. que el muy dodo, venera- ble , y fanto varoo.el P. M.Lezana, tom. 4. en el coníulto 48. num. 51. dice, que los que enfeñan nuevas , y ingulares doétrinas pecan mortalmen. te , y cllan en eltado de condeuacion , mientras no las retratan enfeñando lo contrario : er» go, Sc. 1115 Reípondo , que dicho doétifsimo Le. zana , habla de los que enfeñan opiniones fin= gulares (fin las condiciones necefíarias para que fcan probables , como confta de la razon que aña» de alo dicho , mum. 52. por eftas palabras : Ca- jus ratio jam afsignata ef , quia tales Jingulares Jensentia non funt probabiles opiniones, fed impro- babiles, Oc. Lo miímo dexa dicho en el num. 48. y las condiciones requificas , para que un Doétor pueda hacer opinion probable, las afsigna , 4:14- mero 21. ad 47. vide illum. Y veaíe lo dicho ar- riba, en la relpuelta fexta , por roda ella; pero lo dicho no es contra nucftra reflolucion , que habla lolo de las opiniones probables (ex /uppojí> tione , que lo lean, y mientras retienen Íu pro- babilidad ) aunque lean bevigoas, y de delahogo para las conciencias. 1116 Dirás lo tercero, que en cafo de duda le debe elegir la parte que fea mas legura ,. ex capit. fuvenis, de Sponfalib. capis. Ad audien. tiam , O' cap. Significafti , de bomicidio : lue- go fe debe feguir la fentencia mas probable , y mas cltrecha, Eo 1117 Refpondo lo primero , que la opinion 110.) 114. $72 no es duda, como bién dicé con Caramuel, y otros Varones doétos , el Daétor Don Franciíco Verde en lus Policiones Seleñas , quef. 12. num, ÓN P33. 143.Lofegundo , que la opinion mas beniz. na , es mas legura , en orden a evitar pecados :0 que a lo menos [on rodás igualmente leguras,pues todas las opiniones probables evitan igualmente el pecado yá cerca de lo qual fe veaCaramuel, in Apolog. de Probabil. ámum.83.donde dice, que aunque en la dialeética Real lean defiguales , en la dialcética Moral [on iguales , porque todas fon igualmente graves, licitas, felladas con el fello de la prudencia, y buenas para comprar la gloria ; lo qual explica bien con un exemplo que le puede vér alli. Y lo tercero , que fegon algunos Doétores,en caío de duda le ha de elegir la parte mas legura,ex confilio ,» BON Ex precepto. Alsi lo tiene con Sierra, y otros dicho Verde, quef.9. $.5. Diem. 48 q» 1118 Diraslo quarto, quelo incierto debe omitirle, quando fe puede feguir lo cierro,ex cap. Si quis, de Peenit. dif. 7.ergo , Sic. 1119 Reípondo , que el que abraza opivion probable, eo ipfo,figue lo que es moralmente cier. to : Namcertitudo moralis exprobabilitate oritar, legun Ariflot,1.Etbic.y dicho Verde,num.485. 1120 Niescontra ello el decir , que fi entra el juicio de la Igleña, quizás dará por falía , y pro- hibirá alguna , O algunas de las opiniones ancha, O mas benignas, que coda vía le controvierten en. tre Cacholicos : Ergo , Blc. 1121 Porque acifu le relponde , que de ai fo. lo le figue el que dichas opiniones no le puedan tener delpues que fe prohiban 5 pero no fe ligue el que no le puedan tener antes de dicha prohibi- cion , porque como dice el Verde citado : Sicuti Jacob, non peccavit accedendo ad Liam, quia creden bat , illame/fJe faam , ¡ta nec qui credens opinionem effe probabilem , peccat, Y aísi dice muy bien Ca- ramuel, in Apolog.de Probabil.num.87.pag.38.Que la opivion probable no tiene malicia abloluta (ad bi materialiter) fino lolo hypotetica, ello es:Que non efi de facto, fed effes, fi contra illam aliquid diffinives Ecclefía. 1122 Opone lo quinto Fagnano , las opinio- nes benignas fon relaxadas , y perniciolas , legun el Obifpo Gandavenfe : ergo , Ac. 1123 Reífpondo , que el tal Obifpo era Jan- fenilta , y lu cenfara falfiísima , (1 babla de las opi. niones probables , y la razon es , porque repugna que una opinion fea probable, y que lea pernicio= la para las conciencias , porque aísi como repug»= na daríe hombre , que no fe animal , afsi rambien repugna darfe opinion probable , que no fea legu- ra. Y porque los Theologos demueftran-elto , por elo los Janfeniftas detelftan,O aborrecen la Logica, y quieren creamos lo que ellos dicen , folo porque lo dicen 5 pero nolotros decimos que lo demucl. tren,y que mientras no lo moftraren , no le les de- be creer. 1124 Opone lo fexto el Padre Olmo , la au» thoridad del doGtiísimo Padre Terilo , que alega en ix
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