BCCMAS0001-15-E-1400000000000

yy Otíies , dz Giagulos Sacerdotes dicterum Regno- Numero 90.9 1:92. y 93. $43 y, rm; Es illarom Civicatom, Dicecefum, locorum, ,, dominorum de premiísis , quomodoliber diffa- yy Datos. diligenter inquiras , O juxta facultatem y» tibi contra bareticos, ant de berefí quomodolibés ,»Jufpetios,d Sede Apoftolica conce /Jarum continen- y tiam, Ó* tenorem procedas, $49 ' Afsi dicho Paulo V.en dicha Bula(la qual trae citendida ala letra Leandro del Sacramento, tom.1. tradh.s. dif/p.13.quef.1. 4 pag. mibi 300.) proligo, y concluyo: Sed /íc e/f, que de ella contta clarifsimamente la juriídiccion privativa, que el Inquiádor General de Portugal tenia concedida por la Silla Apoltolica para proceder contra los Hereges, y lolpecholos de heregia,ibi: Et juxta fan enltatem tibi contra bareticos, aus de barejí quomo- dolibes [u/pecios, Oc. ergo,8Sec. 850 Aora, pues: Siclta Bula de Paulo V, era la primera que huvo contra folicitantes , para los Reynos de Portugal, y de los Algarves (como la de Pio 1V. havia fido la primera para los Reynos de Elpaña:)y (1 ni efta mencionaba a aquella,ni aquella áclta; y (i aquella fe dirigía al Arzobifpo de Sevi- Va,InquifidorGeneral deEflpaña,que nunca tuvo jue rifdicion,ni facultad de laSillaApoftolica para pro: ceder contra los Hereges, y folpecholos,quemodo- liber de heregia en el Reyno de Portugal, como es notorio; y li las dichas Bulas eran independen. tes la una de la otra , y cada una le ordenaba dá di- veríos Reynos, que la otra , clarifsimamente fe in- ficre de ellas, que quando la Santidad de Pio IV.en lu Bula dirigida al Arzobilpo de Sevilla , Inqui- fidorGeneral de Efpaña, leda facultad, y juriídic- cion para proceder contra folicitantes in Regnis Hi/panie, habla de los Reynos de Efpaña, que en- tonces eltaban fujeros al Rey de Efpaña , y á cerca de los quales tenia dicho Inquiáidor General facal: tad de la Sede Apoltolica para proceder contra los Hereges que huvielle en ellos, y delinquiellen en ellas: Atgai, nunca el ral Inquiídor General tuvo facultad para proceder contra los Hereges que hul vielfen en los Reyaos de Portugal , en el qual nó havian fuccedido entonces los Reyes de Elpaña, fino que tenian (uRey proprio de la mifmaNacion, y cenian loquifidor General , y Tribunal proprio de dichos Reyunos, coo jarifdiction privativa, para proceder contra los Hereges , O fofpecholos guomodolibes de heregia , como coníta de la Bula de Paulo Quinto, y es materia agena de toda du, da:ergo,Xc. 851 Dedonde ála exclamacion tan graciofa del R.P.Olmo, digo: Que lu Paternidad Revereni da puede efcribir a la orra vida a laSantidad dePio Quarto, y preguntarle : Por que dixo'en dicha fu Bula in Regnis Hi/panie indefinitamente > Acalo, Portagal es Reyno 4 parte de los Reynos de E/paña? Es por ventura deFrancia,0 Inglaterra? Aquí li que viene bien mutatis mutandis , aquella exclamacion de JichoPadre:O baenDios!Y que exclamacion tan del calo esla de nuetro fapientifsimo PadreLedtor General! Part VI. R ESPUESTA. IL.r 117. 852 Edo aquello , que dice el P, , Olmo en elte ». 93. hablando zone migo. Y de donde prueba, 9 con qué autoridad de DD. que la Conítitucion Urbana apela cou dichas palabras, que lasConflitaciones de Clemente Odd ave y otras,no effaban recibidas en Efpaña? 853 Reípondo lo fegundo:Quelo dicho lo han de (entir afsi,ex confeguentia dotirine,los muchos, y graviísimos Doctores,que fe citan en mi Apolo- gctico,d pag.16, d n.74.ad 85. donde lo prueban bien(a las quales pruebas nunca ha refpondidoelP, Olimo ) por lo dicho arriba , num. 753. 854 Yenquantoá aquello, que me dice dichó Padre Olmo en el fin de dicho vumero: Si bavitra vi/lo con cuidado á los fapientifsimos Mendo, Mo» Ja,Portel, Lumbier, Óc. no tropezára en tan lifoy trillado camino, 855 Reípondo lo tercero : Que yá lu Parerni- dad Keverenda nos hizo merced de elto en el mu- mero 75. pag. 113. y podra ver la fatisfacion ar riba, 4num.738.4d754»+inclufivé; y alli verá he viíto con cuidado, 0 nod los que noscita , quienes el que tropieza, y qual fea el camino trilla» do: y diganos aora el Padre Olmo, donde dice el Sapientifsimo Mendo, que aquellas palabras de la Couftitucion Urbana , apelan fobre el efAdr recibi. dasen ufo en Efpaña las Confituciones de Clemen- te VII y otras,como fu Paternidad Reverenda nos lo quiere infinvar aqui?Z com eo paffemos ad los mu- meros que fe figuen, Numétos 94. 95. y 96. 856 En los mumeros 94.95. y 96. pagina 116. no trae cofa el Padre Olmo, que pida reípucita,co- mo lo conocerá el cuerdo,e inteligente, que los le- yeré 5 y cónocera , que lo que yo le dixe ¿dicho Padre en mi Apológetico en los n4w.323-/324»€8 á pedir de boca, en ordena lo que lu Paternidad Reverenda nos havia dicho en lu Tratado Moral, enlos numeros fobre que apelan los mios:y lo mit mo digo de lo quete dixe lobre el num. 30.de fa Tratado,en dicho Apologetico, 7.335. y 336.pag, 156.Y con clto, paflemos al num. 97. " Numero 97. 857 Profiguiendo el Reverendo Padre Olmo en el numero 97.pag.116.n0s repite lo que nos há- via dicho en lu Tratado Moral , 4 pag. 105. Ham, 35. alterando todo €l principio de dicho name- ro , hafta la autoridad del Padre Miranda (quizás por darle otros coloridos 4 mi telpuefta; como tambien faltó delde el numero 31. de dicho fu Tratado al num. 35. dexandofe en blanco los 24. meros 32. 33.) 34. quizás convencido de mis refpueltas , como Jo conocerá el que las leyere, gue no tuvo que replicar.contra ellas:) yo empero, Zz2 refe- Aa Aa + e —Ñ ea > ao en

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz