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Numero: 30.31.) 3 2o chos Patronos claficos , aquella autoridad de San Aguít.Ecclefía Dei ¿inter multam paleam,multaque cizania confitutaymulta tolerat,Ó: tamen que funt contra fidem,vel honam vitam non approbat. Y en aquello que dice de dichos Parronos clalicos : Que balla,ban eferitocon machbas equivocaciones,en efe, y el principal punto que tratamos:con que /5 bien ba- cen clafeno aumentan numero. Aplicandoles lo de Seneca:y en la autoridad del M. Prado , muy con- forme,aquello de la Sagrada Elcritura: Non fequa- risturbam; y en todo lo demás que les prerende aplicar. Efto afsi anotado, pallemos a ver las rel- pueltas que yo le di,que fueron como fe figuen, RESPUESTA PRIMERA. 223 Efpondo lo 1.Que todo lo que dice aqui en clte m.1 2. el P.Olmo,no es de fubltancia alguna (fino puro. farrago ) para la queltion , y dificultad que le ventila al prefente, y lin que pueda razonablemente aplicarlo a la terce- ra leurencia,que vamos defendiendo : porque elta, además de tener tantos Autores claficos , le funda en razones fuertes,(y forrifsimas) y principios fo- lidos,quales fon las Bulas de los Pontifices .polte- riores á Clemente, y Urbano VII y en las miímas claufulas de efte,Sed noftre insentionis, Oc. ( y el- tas miímas fe hallan en la de Clemente VUU.,)y tan fuertes,que dicho P. Olmo,nofolo no los conven- cera, (que elo es hablar de la mar, quien na la ha vifto la cara) pero ni les dará refpuelta que farisfa- ga,y que no tenga contra si urgentifsimas inítan- cias, como fe verá en lu lugar. 224 Además, que arguyo ad hominem contra dicho Olmo,poniendo toda la dodriva de elte nu- mer. en elta forma: Ni obíta el decir, que el alero delP.Olmo tienePatronos clalicos,pueses fin duda, fe oponen , no (olo á la intencion , y mente de los Pontifices polteriores 4 Clemente, y Urbano VIII. en las concefsiones generales delas Bulas de la Cruzada,halta la prefente de Inocencio XI. fino al comun de los Theologos, y Canonillas, con todo lo demás que contiene elte fu num.1 2,y lo que ref- pondiere dicho P. Olmo, en orden a las preñeces, que no aplica, ni puede hacerlo razonablemente 4 la tercera fentencia , eo miímo le refponderán a las (uyaslos Autores de; la tercera fentencia ; y Ñ no vayalo aplicando á efta , y verá como eltos elo aplican a la fuya de dicho Olmo. RESPUESTA SEGUNDA. 225 pr lo 2. Que cafí todo lo que trae di. choP.Olmo en efte nam.12.lo tomó a la letra del erudiciósimo P. M.Fr. Juan Martinez de Prado: hay empero efta diferencia , que elte lo trae dodtifsimamente muy al intento de lo que va tra- tando, (y que es doétrina certiísima para el iuten- to)y elP.Olmo lo trae con preñeces,para lo queno viene , mies aplicable á ello: y para que cfto le co» nozca mejor, veamos lo que dice dicho Prado, Parts. VI. 226 Efte,pues,difereriísimo,y gravifsimo Au- tor,en dicho lu 1, Tomo de Th:ología Moral,cap» 1. de Confcientia,q.2.$.4. en que cráta de (i la au- toridad de un folo Doctor puede hacer opinion, en el num. 17. dice lo que fe ligue. : 227.. »», Dico 4. opinio unius,nec plurium An- 3, thorum,non cenfecar fimpliciter probabilis , nift »» Farionem probabiliter,$% non fophiítice cam pera », fuadentem afferar, 3 polsic, fatisfacere , faltem 3, Probabiliter,rationibus,X juribas allaris in con- p»trarium:(prucba dicha concluñon alli entre otras »» Colas, con la autoridad de Cayetano , que dice, y» Que opinioeft illicita ex eo quod voluntaria y y 3 ProligueJUnde Dominus Exodo 23.verl.2.pre- y» <<pitiNon fequaris turbam ad faciendum mal: 3) Mec in judicio plarimorum aquiefces fententia, ut 3» 4 vEr0 debies, Quod mirifice ad inteuctum pon» »» derar ibi Olealter in utraque expolitione litrera= »» 11,8% Morali, Er Azor (y pone toda la autoridad 3» de elte , que refiere ¿la lerra dicho Olmo )alios »» Multos refert Garcia, de Denefic,part.1 1. cap.s. 1 0.363.Ez in re per fe nota, non opus elt Authox 3» Tes cicare: ergo,qui inter Modernos infarigabili » ltudio Aurhores congerunt, ut novas opiniones >» Probabiles reddanr,contra antiquas,SE receptas, » 1n vauuor laboraverune 5 quia quioqusginta AG s» thores fine rarione,vel texto,pro nibilo repatan- »» Eur: Su vere hoc elt , coacervare DD. pruriéntes y» Aáribas, O a veritate auditum avertere , O ad fabulas convertí, 8 operari pro libico affeátuum, ,, NON produétu rationum. Halta aqui dicho M Prado en dicho mum. 17. 228 Laautoridad de Terruliano trae, ¿biden, enel a. 19. 4n fn. Y lade S, Aguítio en el m. 25. donde dice, que la autoridad de imprimir , mas es permifsion, que aprobacion, y para elle fia la tras, ¡bi:SedEcclefsaDei inter multam paleam,O<.(todo a la letra,como la trae elP.Olmo)y concluye como le (gue : Nec omnia feripta , que permitit , licité practicari decet. Halta aqui dicho Prado, en dicha q.2.$.4.yenlag.1. $. Etiam 4. n. 21. trace la autoridad de Seneca, de Vita Beata , y refiere á la lecra lus palabras , que no quifo trasladar dicho P. Olmo , porque quizás le pareció no venian al intento (aunque el dáa entender quelo es.) Vea. fe el dicho Prado. 229 Qué, pues, puede inferir dicho Olmo de la doctrina de Prado , que traslada para el intento de nueftra queltion > Y lo miímo , preguoto, de la doétrina de Juan Sanchez , in Seleédis £ Nada cier= to, que venga bico contra la tercera fentenci:: y no, veaíe que, y como í Y más quando dicho PráS do tiene por probable , adbauc defpues de la Conf- titucion de Urbano VIII, dicha tercera fentencia, y cita por ella á dicho Juan Sanchez , difp. 44.1. 10. in fine, $. Ex quo fimiliter, Sk mum. 13. $. Fateor ingenue , circa medinm: Ergo , ce RES-

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