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Numero 63. y 64. ménec Dftavo, fueron iiiValidas , y mulas ( y re- fero aqui fus palabras á tranfcriptas arriba, namt= ro 629.) inablo como Doétor , y no como Ponti- fice. : 641 Y queen dichas dos clanfulas no haya dado , ni quitado jurifdiccion , para que las tales confeísiones hechas delde el tiempo de Clemen- te Oéttavo, hayan fido invalidas, y mulas , pa-= terex fe 5; porque las couícísiones hechas del- de el tiempo de Clemente Octavo, no pendie= ron para íu valor , O nulidad de la jurifdic- cion , que havia de dar, o quitar dicho Urba- no Oétavo por celta Bula , que no exiltia enton- ces, nife labia Gi exiltiria pues mediaron entre Clemente Oétavo , y Urbano Oétavo otros tres Ponrifices , y de hecho. pallaron mas de treinta años, anies que fe expidielle la dicha Bula: Lue- go es manifielto de fuyo, que el Pontifice Ur- bano Oétavo en las dichas dos. claufulas no dió ni quitó jurifdiccion en orden al valor, O nu, lidad de las confeísiones , que fe hicieron mu- chos años antes , que el tal huvicfle fdo creado en Pontifice 5 y por configuiente , que no pen- dieron para lu valor, O nulidad de que el diefe, 9 quitalle jurifdiccion para ellas , por eltár fu Bula expedida tantos años delpues de haverfe he- cho; efto, pues, es loque dice Remigio en fu reípuclta : Que en las dichas dos claufulas , no hablo como Pontifice , fino como Doétor, 0 como Juez que juzga de facto fecundam opinios mem privatam, a cerca delas coílas hechas , co» mo claramente lo dice en. las palabras tranÍcrip» tas arriba , numero 107» 108. y 109. Pag. 4l. y en la refpuefta que daalli al Padre Fray Bernabe Gallego. 642 Enel num.138. pag 45. Que le conti- núa á los dichos, y del qual tranfcribio el Padre Olmo aquellas palabras trancadas , que refiere, omitiendo las demas, de que confla lo que yo di- go, y en li manera que lo digo (4 fin de alucinar á los que no huvieren vito, Ó no tuviereo curio- fidad de regiftarlo alli ) lo que digoá la letra., es del tenor figuiente. 643 De aqui fe conocerá claramente quan Frivola es la ilacion del Padre Olmo:contra Re- migio , de laBula Urbana á la Clementina 5 pues annque la Bula de, Urbano conviene gon la de Cle- mente Oétavo en las demás claufulas en que dá, Ó quita jurifdiccion. Pero fe diferencia de ella en que Clemente Oétavo no dá fentencia de nu- lidad , á cerca de las cofas pafladas , como la de Urbano Odavo, en orden a todas las confelsio- nes hechas defde el tiempo de Clemente Oétavo, diciendo, que fueron nulas, y invalidas ; y alsien orden a eltas lolas , dice dicho Remigio , que ha- bló dicho Urbano, nocomo Pontifice ; fino co= mo Doétor ¿0 Juez; y lo que yo dixe, que pare- ce lo han de decir todos aquellos que juzgan, que quando el Pontifice dá alguna fentencia a cerca de las cofas hechas , que en tal calo no fe dice , que la dá en quanto Pontifice , fino en quanto es una Part VI, | 517 elpecial perlona , conftituida Juez de las dichas colas; y que aísilo tiene Caltro Palao , dicien= do fer doétrina cierta, apud omnes, y lo mif= mo Suarez , Covarrubins , y Cafpenfe , citados alli. Afsi yoa laletra en dicho numero , del qual trunco el Padre Olimo las palabras que refiere, Y profegui deípues en el mamero 139. como le ligue. 644 Veale, pues, que tiene que vér lo uno con lo orro? Y alsi Remigio, relpondiendo ála inftancia del Padre Olmo , negarála primera con- fequencia , de que Clemente Oétavo hablalfe tambien como Doctor , y no como Pontifice 3 y a lu prucba negara confequentemente , que mo haya mas co la Bula de Urbano , que en la de Clemente Oétavo 5 pues en aquella hay eltas dos cípeciales claufulas , las quales no hay eu la de Clemente Oétavo; y en quanto a aquella menor del Padre Olmo: Sed ficeff , que Urbano (per te) no habló como Pontifice ¿ diftinguirá afsi, per me : Urbano no hablo como Ponrifice en las di. chas dos claufulas, concedo: en las demás clau. lulas , fuera de las dos referidas , locum minime babuif]e, nec ullo modo fufragari potuiffe; ne- gara la tal menor , de donde no puede inferir confequencia alguna, que fea contra dicho Re. migio , y lu Refpuelta , en buenadogica , mt ex fe pater, 645 Lo fobredicho es lo que yo dixe á la le< traen refpueíta del argumento del P,Olmo contra dichoRemigio:Paflemos,pues,aora á ver la contra» dicion, que en efte num. 63. pag. 109. en que ella. mos , quiere el Padre Olmo inferir delo dicho cootra mi, y contra lo que digo en mi Apologeti= co, en la menor del 14m, 274. Pag. 150. tralcripto arriba, 141,575» Refpuefta al dicho numero 63.y al 645 646 ¿are , que la tal coutradicion, que le le antoja al Padre Olmo, y.que no lolo le contenta con llamarla contradicion en el mum. 63.000 con decir en el num. 64. que es evidente contradicion. Es de la miíma fariña que otras muchas , que le le fuelen ancojar a dicho Pas dre Ledor General. 647 —Carifsimo , y Reverendiísimo Padre Ol. mo , lo que yo digo en el lugar en que V.P, me cita mum,63. es, que el Padre Remigio confe- guente á(u doétrina , que es: (Que en aquellas dos claufulas de la Bula Urbana , en que dice, que las confefsiones defge el tiempo de Clemente Octavo fueron invalidas , y nulas: lo qual dice V,P. tam- bien en lu Tratado Moral, pag: 56. enel fin del numero 11. y lo miímo dice Lumbier citado arri- ba) Reíponderá , que es fallo no haya masen la Bula Urbana, que la Clementina; puts en aque- lla hay dichas dos claufulas efpeciales , en las qua» les en fu fentir dá por nulas rodas las dichas con. felsiones , lo qual no fe halla enla Bula de Clr- mente Oktavo. Xx Pero
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