BCCMAS0001-15-E-1400000000000
Numero. $6.57.) $3, Confitationibms contentis obfervari mandamas, Aísien disbo $. 4» 593. Y en el $. 5. prohibe debaxo de graviísi- mas peñas el interpretar direta ¿0 indiretamen- te,0 ón qualquiera pretexto lo tontrario. Y en el $6: das facultad ¿los loquilidores de la Hererica pravidad para proceder , y caltigar á los traní- areffores , y les manda que los calliguen, e 594. Vea, pues, aora el Padre Olmo , fi elta» ban en Efpaña recibidas en ufo: las precedentes Conftituciones :leu todo cl $.3. y conocerá cla. ramente , como no cltaban recibidas en ulo de los de la contraria lentencia , pues publicamente predicaban contra la lentencia pia ,y que por ef- ío duraban las ofenías , elcandalos , 8c. Y calo que dicho Padre Oimo- no lo conozca ,0-no lo quiera:conocer , lo conocerá qualquiera media: naweote inteligentes: y conocerá alsimiímo «e que calidad fon los exemplares , que dice dicho Padre , evacuaran ehargumento del Padre Maef: tro Prado, que para vada pueden ler menos a pro- poíito , que para lo que los alega dicho P. Olmo, pnes de. ellos ( aísi. como de todos los de más ar- gumentos fuyos ) de ninguna manera le inficre lo que pretende. Hago Jueces arbitros de lo dicho, 4 todos; y ¿cada uno de los que lo leyeren,y enten- diereo, y me remito á lu juicio. Y con efo pajfemos ¿otra clafe de Bulas, Bulas contra los Aftrologos Fudiciarios. A Bula de Sixto V. que empieza: Celi ,O terra Creator , la qual Te hallará en el fegundo Tomo de los Bularios de Cherubino , y esla 17.de dicho Pontifice , 4 pa: gina 388. es contralos que exercen el Arte de: la Altrologia Judiciaria , y otros, qualefquiera gene= ros de adivinaciones , y contra los que leen , 0 retienen los tales libros de la Altrologia Judicia- ria , Geomancia , Hidromancia , Pyromancia, Onomancia , Chiromancia , Necromancia , Árte- Magica, y todos aquellos en los quales fe contie= nen , fortilegios , maleficios ,agueros, aulpicios ( que esel aguero que le roma de las Aves ) encan- taciones execrables , y fuperíliciones : y man-= da ¿los luquifidores que procedan contra los di- chos. 596 Y laBula de Urbano VIIL, que empieza: Inferutabilis judicioram Dei altitudo , y le ha» lará en el quarro Tomo de Cherubino ), pagin.: 118.€s contra los Altrologos que hacen juicio , y; Pronollicos , ¿cerca de el eftado de la. Republica Chriltiana ,ú de la Silla Apoltolica , ude la vida del Romano Pontifice exifente pro tempore, ú de los confanguineos de clle , hafta el tercero gra-= do inclufivé : y contra todos, y qualefquiera Le gos , de qualquier fexo , condicion, grado., quali- dad , y dignidad , aunque fean Marquetes , 0 Du- ques, que en adelante coníultaren a los dichos , Ó recibieren los Juicios, Pronoíticos , O precogni- ciones de los tales ,aunque eftos le las ofrezcan, Part. VI, 595 O O que ufaren de ellas , olas retuvieren a a fabiendas , O lasenfeñaren' á otros : Y ¿los mil mos Altrologos,que hicieren dichos Juicios,y Pros noíticos (aunque proteftea que no lo afirman de cierto ) que los hicieren , O retuvieren los hechos por si ,0 porotros: ¿todos los quales á mas de la defcomunion mayor late fententia , les impone pena de Reos de leía Magellad , pena de muerte, confifcacion de todos los bienes, aunque feán feudales , ic. con innovacion de la Conftitucion del Papa Sixto V. 597 Vea , pues , el Padre Maeltro Olmo, ( y vealo qualquierá) que es lo que puede infe. rir de cfta fegunda Bula , contra «el indicio ,0 'are gumento del Maeftro Prado, a cerca de las Bu. las que ventilamos > Nada cierto , porque Prado habla de la reireracion de Conftituciones , á cerca de un miímo pento, fin variacion, ó extenfion A orrasperfonas,ó puntos , quaies lon las Bulas de Clemente VHI. Paulo V. y Urbano VIII. que excluyen 4 todos los Regulares del indulto de la Cruzada, en orden á un miímo Articulo de elegir Confellor , que les abíuiva de los releva. dos , lo qual les concedia la Bula de fu primera infticacion : la qual reiteración manificltamente elta indicando , que las primeras no fueron re cibidas en ufo : alias , fuera ociolo multiplicar tantas Conflicuciones 4 cerca de un miímo pun. to ,0 Articulo. 5983 Pero en las Bulas referidas contra los Aftrologos Judiciarios , pala muy de otra fuerte, porque aunque la de Sixto V. eltaba recibida en ulo , y fe caftiga por ella á los delinquentes ,la de Urbano VIII. añade muchas colas que no con. tenia la de Sixto : y afsi muchos confultaban á los rales Altrologos , y los pedian , y recibian de ellos dichos Juicios , y Pronofticos , por lo qual le mo- vio dicho Urbano VII, no folo á innovar , fino á eltender la de Sixto ; de fuerte , que comprehen- diefle á todos los dichos , que la de Sixto no. com= prehendia ,como'confta de ella miíma , efpecial- mente de lo que dice en los parrafos primero , y tercero; doide le pugde ver: ergo , Sc. 599 - No he hecho mencion de la Bula de Gregorio XV. de el año de 1623. que refiere el Padre Olmo , porque yo no he hallado Bula algu. na de dicho Sumo Pontifice (aunque la he búlca- do con cuidado ) contra Afirologos Fudiciarios , y lo que se , es que la tal Bula no fe hallaria, ni en los Bularios de Cherubino , nien el de Lentu(. ca , niel DireGtorio de los Inquifidores; que po- ne las Bulas tocantes al Santo Tribunal , y tracla Sixto V. y Diana , que tambien las pone defpues de la quarta parte , y trae las dos referidas de Six. co V. y Urbano VIII. no hace mencion de la de Gregorio XV. lo miímo fe hallará en Catena, que (con muchos Autores que cita ) hace men. cion de aquellás dos , y no de celta, part. 2. de Sor tileg.tit. 11. $. 11. pagina mibi 178. y otros mu= chos que he viíto , y en ninguno he encontrado mencion de ella. - Vv3 Y
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz