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484 Seccion 4.al. Articulo 4. el poner claufula exprefía, y Bo Obícura , pues de- xandola obícura , era dar fempre ocafion ¿4 que los Autores opinaílen en contra de lo que deleaba, porque fi aun fiendo tan claros los Decretos de Clemente, y Urbano VIII. en que prohiben la Bu= la á los Regulares para los refervados , con todo elfo opinan lo que lleva dicha tercera fentencia; que harian eítando a ea clauíula , no eltando ella clara , y exprefla? , 391 Y nofolo pueden los Sumos Ponutifices valerte de elos medioscon grandiísima facilidad, fi quifieran , y precenden deftruir la tal opinion, (i- no que conforme eltán oy las colas , cltám obliga- dos en conciencia á valeríe de uno de dichos dos medios , lo pena de que parece no cumplirán con la obligacion de lu oficio , y miniflerio Paltoral, Efta verdad le prueba á mi juicio evidentemente, ibid. ¿nuwm.64. ad 69. inclufivé , pag. 235. y en el. 70. proligo , como fe ligue. 392 Detodolo qual inficero uva de dos co- las , y elo neccilaria , y evidentemente , Ó que los Pontifices polteriores a Urbano , obran iniqua , y perverlamente contra fu conciencia , no cun- pliendo lo que tienen obligacion , asi de caridad, como de juíticia ,en materia tan graviísima, y que le prefumirán dolofos fegun los Derechos (que alli fe citan) O que de hecho dán ciertamen- te fu confentimiento para el ulo, no folo valido, fino tambien lícito de la Bula para los relervados a los Regulares , y en eto no fe dá medio : Sed fic eff , que ni el Padre Olmo, ni otro alguno ,conce= derá lo primero : luego debe fer cierto lo fe- gundo. 393 Y quee figa una de las dichas dos co- las , fe explica, y prucbacon efte exemplo, Sn. pongamos , que un Paltor tuvielle obligacion de Julticia de apacentar , y guardar un rebaño de Ovejas , y que reconociefle , que comiendo de cierta yerva las tales ovejas de cierto enfermaban, y morían : y lupongamos tambien , que al: tal Paftor le fucfle muy facil de hacer una de dos co- las, mempé , O arrancar la yerva nociva , 0 conver- tirla en falutifera, y faludable 5 de fuerte, que aun- que delpues comieflen de ella , ni moririan , ni en- fermarian , antes bien les haria gran provecho; cumpliria efte Paftor conla obligacion de fu ofi- cio enteramente , li le contentalle folamente con amenazar á las ovejas para que no comielfen de efta yerva nociva, yá tirandoles piedras , yá el ca. yado ,O yá amenazandolas con el eltallido de la honda? Sicon todas eflas diligencias reconocia , y Vía , que aun tornaban á comer de aquella yerva, y ¿enfermar , y morir? 394 Y que diriamos de elle Paftor, fi no quificife aplicar otro remedio que el dicho, aun Viendo que con el no baftabz,, y que morían las ovejas? Diriamos que era un impio , iujulto,e Aniquo : pues Giendole tan facil el remediar elle mal , que de oficio le tocaba remediar , Bo lo que- ria hacer , ni eficazmente lo queria impedir , pues fi hade cumplir con lu oficio , y obligacion, qué deberia hacer ental cafo ? Qué? Una de elas dor colas , pues puede hacerlo facilmente , arrancar de raiz ella yerva , O converrirla en lalutifera, y hacerla faludable , pueseítá en fu mano el hacerlo, li quibere. 0 395 Pues afsi lucedeen nueliro cafo: Son los Sumos Pontifices Paltores dei rebaño de la [gleña , fegun el Pa/ce oves mess, ven, y Íaben eltos Paftores , que algunas ovejas 5 elto es los Religiofos , y. Religiofas , enferman, y Mueren por comer de una yerva mala, qual es la dicha opinion afirmativa de la rercera fentencia (vrafe lo dicho ibid.num. 64. pag. 235») deben procurar con toda eficacia poner los medios para remediar elte grave daño. MG 396 O,(eñor, dirá el Padre Olmo, yá elfos Paltores con amenazas , y ruidos de Decretos, y mandatos , efpantan , y amedrentan ellas Ovejas para que no coman ella yerva ;bieo easy Ñ con codo ello veu, y faben , que buelven elas ovejas á comer de ella yerva , ávalerte de ella opivion, y a eofermar, y morir , cumplirán enteramente con la obligacion de fa oficio con folo el dicho medio ? Si viellemos , que pudiendo valeríe de uno de otros medios eficaciísimos para obviar efe daño ,no.lo hiciellen , no diriamos con razon, que lon unos impios , pues dexan perecer ellas ovejas? Injuítos , porno librar de la muerte á quie 'po= dian , y debian ? Que foo iniquos ; pues pe nit tanto mal en la Igleíia de Dios, y en la mejorpor. cion de lu rebaño , que fon las Religiones > Si por Cierto. E 397 . Pues que deben hacer para que no lean como eftá dicho ? Qué ? Poner uno de los dos me. dios dichos, mempe ,0. arrancar de raiz.ela yer= va, poniendo. en la Búla la claufula exp dicha , 0 hacer que ela mala, y. no lo lea ;convirtiendola en falatif dicinal , dando fu confentimien 0,)Y cion para el ufo, no folo valido , fino tambica licito de la Bula (:como- lo: hicieron Pio 1, Pio Y. y Urbano VÍIL en fu primer quinquenio y/3 cerca de lo qual fe vea lo dicho en dicho Apo- logetico;: 4 pagina 9. á numero 190. ad 193.) Sed fic ef , mo hacen, ni execuran , ni fe valen de elle primer medio: Jnego. le infiere y que le valen de el otro medio fegundo , quees dár confentimiento para el: nío licito » y Valido de la Bula. Y ¡A 398 Deíde la pagina 236: 4 número 57.ad 89. le mueve la queltions De por gue razon los Pontifices polteriores 4 Urbano, no ignorando que hay la tal opinion , y que le practica sy que el medio mas eficaz para deltruir ella opinion; era el. poner en la milara Bula la clavfula ex- prella , exceptuando á los Regulares del bene- ficio de la Cruzada para la ablolucion,de- los relervados, como fe les exceptúa de los laGicinios: No lo hace afói , pues le era muy facil »y 00m efjo acababa de wma vez con la dicha opinion? Y fe refuca al Padre Olmo , tan eficazmente, que no le refura GOLEO, dl

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