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Numero 153. Y 1594. 389 timo 41os fubditos :y que fi bien no refpondio el Pontifice á la fuplica mencionada , que con la ta- citurnidad fe tiene por revocada , y como (i no fe huviera expedido, Sic 2417. 1 78. Pero aunque de- xo en parte (arisfecho (en el num. 17. efa cita omi- sid aqui ) me ha parecido hacer mas viva demoftra- cion , porque €s bien eltraño, inferir de la tacitur- nidad del Pontifice , que la dicha Bula eta revoca- da ,y como (ino le huviera expedido, quando nos enfeña el Derecho , que Expre/fum ubi requiritar, non fufficis tacitum , neque prefumptum ,cap. 2» de Prabend. cap. fón. de Procuras. lib. 6. (Cabedo Lufitano, decif. 12.num. 7. part.2. tambien omi= tio ella cita ) Cardin. Tufch. tom. 3. lite, E. con- cluf. 654» Se alii relari per Valafcum, de Part. cap. 14: D4m. 13. Y cafo fuera aísi ,con que teltimo- pioaurentico demucíira efta caciturnidad , ni de ella la revocacion? 1053 Lo cierto €es,que voluntas inmente,nibil operatur(leg.Si repetendi ff. de Cond. ob cauf.Bru- nor. a fole,in locis commun. verb, Propofitum,tam- bien omitió aqui eftas citas) Rota Rom. ex colled?. 3 Farinac. decif. 354+ + 6. 10M. E. Part. U. Surdo, conf. 321.0» 56. Además, que dela Bula coníta gutenticamente , y no de la fúplica , ni de la taci- turnidad del Pontifice, €n cuyas circunftancias de- termina el Derecho , que Certa 4 pro incertis dimit- tenda non funt(leg.Cumn titia,ff.ad leg.Falcid.Non quemadmodum Jf.de Fudic, 1.Si Fipulas, f. de Fi- dejuffor. tambien omitio eltas citas) Srephan. Gra- tian. Difcept.For. tom. 5. conf.884. 1.28. Y que Sabemos (cafo que fe hicielle la fúplica ) 1 el Pon» tifice refpondio: Quod feripf5 ,feripff , que eslo mas verifimil , pues no le obtuvo de fu Santidad Decreto revocatotio , fiendo tao necelfario (como conllta del numero 17. fupra ? Tambien omitio elta cita. 1054 Porque (ipara juftificar , que la referí- da Bula de Gregorio XV. eflaba ya revocada, fue neceílario demoltrar a Inocencio X. el Breve de Urbano VIIL ( que coftotanto cuidado el buf- carle ) por que quiere el Padre Maeltro Torreci- lla perfuadirnos , que la Cobltitucion Urbana eftá revocada , como fi no) le huviera expedido , folo porque le fuplico de ella (que es mera gracia el aenío ) a fu Santidad? 1055 SifuP.M. R. quando Provincial , hu- viera mandado defpachar una Patente circular vor fu Provincia , ordenando con precepto for» mal á fos fubditos , que en tal , O tal tiempo, no fe permitiede el ingreflo de Seglares dentro la claufura , por eftár aísi mandado por leyes , o mandatos de los Superiores , fiendo dicha Paten» te una confirmacion , U declaracion de l as ante- rioresy, la Santa Iglefa de Toledo (v.gr.) fupli- cafe de efie mandato , halta que conitalle de lu re- vocacion , no fubiiftiria la fuerza del precepto? Y en calo de taciturnidad en el Superior , darian los fubditos por derogada la Patente , y como ñ no fe huviera expedido ? Bien fe confidera,que no. Lucgo las Balas Pontificias fon de menor cali Part. VI. dad, y caradtér para nueítra obligacion ? (Todo efe apartado omitió aqui el P.Olmospara lo qual no parece pudo tener otro motivo , que lo que yo le ref= pondi á ¿enla refpuefa fexta , y parecerle fer la dicha paridad , indigna de un Maefiro, y Lector General , como ¿la verdad lo es. 1056 Aísia la letra dicho R. P. Olmo. en lu Trar. Mor. en los lugares citados: y lo milmo nos repite aquí, enlos 29.153».Y 154: a pag. 86.( me- nos loque vá anotado en los parentelis ) alo qual refpondi yo en mi Apologético , d pag. 141. 48, 213. 4d 236.4 la letra lo que le (igue. RESPUESTAS. 1057 Ntes de refponder, fuplica al Lec» A tor repare en aquellas ciautulas del P.M. Oluio en el a. 23. pero aunque dexo en parte fatisfecho,en el 2. 17. Me ha parecido hacer was viva demoftracion. 1058 - Enlas quales nos dá ¿entender , que hi- zo alli demoftracion, pero que lerá mas viva la de. moftracion que hará en elle : y vea luego lo dicho arriba, defde el m. 138. hafta el 169. (4 P4g- 132» ad 136.) y conocerá los primores dela demoftra- cion quealli hizo, y lo lucido de lu (aristaccions y de las relpuellas que fe Giguen,, efpero le podrá tambien conocer lo mas vivo de la demofiracion, que aqui nos ofrece hacer.( T de aqui fe puede in. ferir que el baver omitido aquí dicho Padre Ol- mo aquella primera cita , del num. 17. quizas fue a confilio para que no fupieffen los Leélores ,don- de bavia becho la tal demofiracion , que dice, y fueffen d reconocer en mis refpueftas ,/í era de- moftracion , ¿no , la que dicho P.M. Olmo gradúa con e/Je titulo 5 RESPUESTA PRIMERA. Efpondo lo primero : Que la len- tencia que dice , que li el Ponti- fice,oida la fúplica, calla, y no refponde direéta- mente a ella, fe prelume que confiente , y que qui. ta la obligacion de la ley , fino conflare orra cola, Es comunifsima de los Doétores , pues lo tienen afsitodos los citados arriba, en eftafer. 2. Se 5. num, 19. (pag. 111.) y Otros muchos,que fe cita- rán adelante, tobre el m. 34. (id ef, d pag: 160 2 num,3Ó60. ad 411.) donde (e probara de nuevo: con que mi P. M. Olmo , mucho. mas eltraño es, el que V.P. diga ,que es bien efAraño inferir de la taciturnidad de el Pontisce,que la dicba Bu- la efd revocada: pues €s quanto puede fer de etraño , llamar bien eAraño ,a lo que es lenten- cia comun. 1060 Ynoes menos eltraño , que fuponien. dola revocada por la taciturnidad , le haga mylte. rio de que fe diga, fer en tal calo, como/ no fe bu- viera expedido , pues es vulgariísimo en Derecho, que corren parejas el no haveríe hecho la cofa, que no perícverar hecha, O fi no fe lleva baña Kk 3 cl 1059
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