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Numero 148. 149. 19009 151. 33% nariis alioruin locoram ¿O Dieceffum obsentam, etiamfi penitentes illoram Ordinariorum, qui Con- feffanios electos approta/fJemi JSubditi forent; confef» jones ausem aliser ¿O contra earumdem prefen- cinwa , aliarumque Apofiolicarum Conflitutionum formam deinceps faciendas ¡2 excipiendas refpelii. ve preterquamin cafa nece/sicatis io mortis artici» lo,nullas fore, irritas, O” invalidas, O Confe/ffarios ¡pfo jure fufpenfos efe ¿O etiam rigide: puntendas ab ip/0s Ordinariis loscorum, 1018. Defpues, digo, de lo dicho,profigue CO. mo fe figue : Porró quamcisnque contrariam opi» nionem tanquam fal/am,temerariam, fe andalofam, O in praxi pernitiofam , pretenfo quovis contra- ria: uf y contrarisque confuetudine harum ferie damnamus , Ó* reprobamus , Ue. Puede ler cola mas manifielta? Ergo , Sc. roro Lo otro ; Porque fi dicho Inocencio XII. quifiera condenar la opinion , que dice; Que los Religiofos (en cuyo nombre le entienden tam- bien las Religiofas) le pueden confellar por virtud de la Bula con qualquiera aprobado por los Prela- dos de la Religion: y quiligra condenar , que para oír las confefsiones de Religiofos en vircud de la Bula de la Cruzada,no baltaba la aprobacion hecha por los Prelados Regulares, lino yue era neceilaria para ello la del Obifpo (que es nucítro calo ) lo ex» preísára alsizex cap. Ad audientiam 12. in fin.extr. de Decim. cap. Intercorpor. poft med. verf. Unde fi circa, de Transl. Epifcop.leg.mnio. $, Sin autem, ad deficientis,C. de Caduc, tollend. y de otros muchos textos: Sed ficeff, que no lo expre([so,como es ma= nifielto del miímo Breve: ergo, $. 1020 Lo otro ; porque la dicha condenacion esde interpretacion eftrecha, y aísi fe ha de rel- rringirantes que ampliar ; ex cap. Renovantes 22. diff cap.Ne aliquid,de Priv.lib.6. cap. Odia 15. de Regal, jur, codem lib. leg. Cum quidam ff de Li- ber. Ó poffbum., y de orcos Derechos , y la comun de DD. ergo, $ic. 1021. Y que por nombre-de Religiofos, le entiendan tambien las Religiofas ,lo tiene ,con Felino , Fuíco , y Barbofa, el Padre Mendo, obre la Bula, di/p. 29. 64p. 8. num. 51. Y lo miímo tienco Suarez , de Penis. difpa28./1é. 4. num.4. in fín, Leandro del Sacramento ,con muchos que cita, y (igue k trad. 5 de Penitent.difp.1 1,quej?, 46. Balico ,tom, 1. verb.Confeffarius 3. num. 54 fol. 187. Juan Savchez, in Seleét, difp.49.num.Z. Diana, part. 4» tract, 4. refol.. 3. y lacomun. Y la razon es: porque las tales, Legua los Derechos , no Lon Seglares: ergo, Xc. ro223 He querido tocar tan exprofeflo aquí la fabredicha dificultad , para que le vea qua» mal ha entendido el R. P. Olmo el dicho Breve de Ino- cencio XIL.enquanto a elte punto: y lo miímo ve-= remos , quando le expongamos , á cerca de ortas muchas opiniones , que da por comprehendidas, y condenadas enél , no lo eltando mas que €n la buena gana de dicho Padre ( cuyo genio le inclina mucho á condenar doétrinas de otros , fin hacer Part. VI. reflexion fobre las fuyas ) y por la dicha expofis cion,no pudiere entrar en cia primera parte de ef ta mi Refpuelta Apologetica ¿porque fegun lo que me dilaro,parece ferá precilo dividirla.en dos(aun- quela fegunda Deo volente, laldrá tambien moy luego) por efo,pues, he querido tocar aqui tan ex- proteilo dicho punto, para fariófacer plengriamen- te a aquella gran advercencia, que entre parente(s, hace a los Leétores dicho R.P. Olmo , en dicho BAM. 150. RESPUESTA SEGUNDA. A los num.150:Y.151. 1023. Or quanto el R. P, Olmo, en el num. 150. pag. 85. refierelo que yo dixe en mi Tom. de las Propof. cond, confulta 4.y enel num. 158. pag. 86. quiere convinar lo dicho con lo que yo dixe enmi Apologetico,en las refpuellas 1. y 2.8. 143.Y 144» ( que dicho Padre dexa citados en ela. 148.) que fon los tranícrip- rosarriba ,n. 394- y 895. Yo , que deleola claríi- dad, para proceder con ella , dividire en dichos el dicho nam. 151. y refponderée inmediatamente d cada uno de ellos , que de efía fuerte podrá cono= cerfe la fuerza de la cal convinacion , y lo que di= cho P. Olmo pretende inferir de al, y estodo co- mo fe (igue, DICHO. PRIMERO. 1024 'N dicho num.1 51. pag-36. dice ala, fi dicho P. Olmo: Lo primero , le debe notar, el que dice (el P. Torrecilla) que la (ú- plica fe hizo de parte de las Religiones de los Rey- nos de Efpaña : y aora dice, le fuplico á inftancias del feñor Felipe Quarto , por cuya2 Regia aurori- dad:fe obtuvo el Breve revocatorio. Afsi a da de- tra dicho R. P.Qlmo. 1025 Reípondo : Que yo nunca he dicho de mio,que la tal íúplica fe hizo 4 lu Santidad de par= te delas Religiones, como mal nota el P. Olmo,por no haver querido entender lo que yo digo en dis cho Tomo de las Propoliciones condenadas. 1026 Padremio en dicho Tomo de las Pro» poficiones,en dicha coníulta 4 P4g. 109. M. 16. lo que digo a lalerra es :Imóo , Lezava , con muchos que cita, y ligue, 60m. 4. confult. 40: 1.75. dice, que por parte delas Religiones de los Reynos de Efpaña , le fuplico de dicha Conftitucion Gregos riana, y que le obuuvo Breve (ufpenfivo de ella, de la Santidad de Urbano VIiL Sus palabras fon: Y refiero dla letra fus palabras ,en que dice todo lo dicho ,comofe puede ver alli. Pd 1027 Aora, pues, mi Padre Olmo , pregunto ¿V.P.M.R.eslo miímo referir yo; Jue Leza- na dice lo dicho ,que decirlo yo de mio ? Linda inteligencia por cierto ! Padre mio, en la miíma pag. 109.num. 19. digo yo de mio lo que le fi. ue : Y las razones , que pudieron mover a la Ma= getad Catholica de Felipe Quatro, para que en la E nom- a pr mm nik == a a n= NN A a | $ 1 4] E Ñ 3 m0 MS A a

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