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y == o. a 366 en que puede uno confelfarfe con aquel, que 10 €S fu proprio Covtellor , lib. 3. cap. 15. 24M.7» dice: Cuin quisbabet Bullas , aut diplomata Apoftolica: quamuvis enim baclenus derogata fins preterita quantum adhoc, tamen , f? qua in pofterum dan- tar juxta pracedentium tenorem , Func perca bo- mo habet facultatem confitendi cuilibet Sacerdott apto ad confefsiones audiendas , ettam malla habi. ta licentia ip/íus proprii. De lo qual fe inficre, que aunque la Bula de la Cruzada eftuviefle dero- ada por el motu proprio de Urbano,en quanto al poder los Religiotos elegir Conf: flor ,queles ab- Ífuelva delos refervados; pero por quanto defpues fe ha concedido la Bula de la Cruzada, justa temo- rem pracedentium, higuefe, que el Religioto , haber facaltasem confitendi enilibes Sacerdosi apto ad confefsiomes audiendas , aunque no tengan licen=' cia de lu Prelado, etiam mwulla babita licentia ip- Jus proprii. 874 Lomifmo tiene en terminos, el P.M.Fr. uan Antonio Baco,en fu fuma, impreísion legun- da,en la relpuelta quinta, 4 pa2-365.donde dicelo: que le ligue. 875 >» ( La quiota; porque quando Urbano ,, VUIL. vivia, podia haver en cito alguna duda. ,, Por'eflo Eflcobar , fract.1. exa:17. 14m.42. que y efcribio vivicodo Urbano, dice, que la Bula y; no vale 4 los Religiofos, Saltem dim vivit Ur- ¿banus. Pero aora, ni vive Urbano, ui ha conce- », dido laBala de efte año 1667.£inu que la ha con= cedido Inocencio X: y la ha mandado publicar ;, Alexandro VII. luego en elte tiempo 4n duda al- ¿, na, vale la Bula ¿los Religiofos para elegir Con- s, feffor, que les abluglva de los relervados ,co- , mo vale a los demás Ficles. Porque Inocencio y, concedió la Bula fin limitacion'alguna , y con ¿y lás mifmas claufulas, que los Religiofos puedan y gozar de todas las gracias, y facultades conce- j» didas á los otros Fieles: con lo qual queda dero. jugada la Bula de Urbano VIII. |. 4/si dicho Maefiro Baco', cúyo es tambien el difcurfo ante- CANE), ARES IDIA 876 'Lo mifmo enfeña , con otros muchos, Machado, tranferipto en mi Apologetico, pag.3 3, num, 45. Y lo mifmo prueba nervofamiente , y la- tisface dá los argumentos contrarios, eldotto Pa. dre Maehtro Eufebio de Herrera, tranforipto, bi» dem, ápag 221.4 num.198. ad 222. y lo milmo probe yo abundantemente , Contra Portel , y el P.Oimo , y refpondiá los fundamentos de dicho Olmo, (lo qual lu Párervidad Reverenda no ha hecho 4 los mios ,- ni dadofe por entendido de ellos) ¡bidem, d pag.197.4 num.38.44 76. donde le puede ver. 4% (877 - Vea, pués , aora qualquiera delinterefe fado( yá que el Padre Olmo no lo alcance , Ono quiera verlo) la gras difparidad , que hay entre las dichas dosBuias, y h'es manificita + pues bay tantos doGifsimos Varones,que defpues de la Bu- la Urbana, lleven lo que queda anotado, d mum. 368, fin haver doétor alguno , que haya llevado, Subfeccion 2 cerca del Artículo ye Lo: ni íe atreva a decir cola femiéjante n el cada Clemente VIIL defpues de la dicha Clementio na declaracion?. A cerca de lo qual cmo bien , lo dichoarriba , 4 num. 770, ad 782, AR 878 Y vea tambien, lo que me podia apre rar el tal argumento del Padre Olmo? Puesref pondiendole en forma: Concedo el antecedentes y niego el fupueño de lo que VuefJa Paternidad dice fub la confequentia; y alsimifmo, niego la confequencia, y la paridad. í 879 Y de ¡aqui podra inferir dicho Reverens do Padre Olmo, que tal fea el,calor de dicho, argumento , (de quien dice , qué huyendo de el, di en las braías) pues con (olas. aquellas breves claufulas , quedaria tan apagado el dicho calor , como í huvieran echado fobre el un ela tanque de agua fria: y en orden a. relponderle yo en efte tono , le fuplico , fe acuerde de aqués lla autoridad de Plauro, que con, tanto ma terio nos admiviftro fu Paternidad Reve pag»57.vum.36. Qui quod vuls dicis , quod nó vault, audit. : RESPUESTA TERCERA. | Al num.138. dit 880 A* num.138. reífpondo, preguntane do al Padre Olmo ; Con qué ver= dad puede decir, que fe conoce bien lei ya per trama Jenam la Bula de Urbano V 111? Quando de lo [EX eval de la dicha Bula Urbana, pruebo yo, y des fiendo, que la Santidad de Urbano Vil no declas ro alli, que los Regulares no fe comprebendian en la claufula de la Cruzada , fino que tolo declaro Íu intencion particular , fin entromererfe en. (1 la ral clau[ula de fuyo los comprehendia,o no: Immó,dís xe, refponderian (los Ávtores que voy d - do alli) por cónfiguiente, que dicho UrbanóW en dicha Conftitucion; folo declaro,que nolsh via valido,ni valia la concefsion de la Cruzada, hes chía por dicho Urbano, ú que huvicíle de hactr por el tiempode lu vida , Gin mereríe en (rleshas via valido ,0.no la concefsion hecha por los Pon. tifices lus anteceflores : lo qual probe, y defendi en mi apologetico, 4 pag. 60. d mum. 8. ad 304 y'alsimifmoprobe de lo rextual de la milma Bus * pl la , que tampoco declarúalli las incenciones de los | Pontifices,que le havian.de iden, a paga 81.4 num.138,4d 146. da £ - 881 Pregunto mas: Con qué verdad dice día cho Reverendo Padre , queno me hago cargo dé lu argumento , ni:le fatisfago 421? Quando el tal argumento le eranícribia la lecra , en mi Apo logetico y. Pag» 127, MM. LO3. Y ES el reperido ale riba , numer.363.) y quando le latisfago a el tan abundante , y fobradamente, en la refpuelta (exa ta, ¿bidem, pag. 131. (es la que queda Tepes tida, arriba, altra, mum. $64. y 865.) y quan+ doprofigo-alli: No fer nuevas femejantes spli- cas:en Ejpoña: , y lo pruebo: eficazmente , dem y mem: 137. y 138% Cierto que Pa Ñ
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