BCCMAS0001-15-E-1400000000000

a. A A hs den g Seccion 1. al Preludio. $:Quol jas quidem civile Inf .de Furinas. gentium, O civil. e. pen. de Sent .excomm. Y es elto eo tanto grado;que le han de interpretar, y exponer, legun el lencido mas proprio,y formal, conforme DAres! reglas, /.Quotics idem Jermo, ff. de Regul.jar, hafta aqui dicho P.Olmo,que repite los molmosTextos, y otros tomados demi , con otras ampliaciones 2 dicha regla,ibidem,p33.72.m.10. De lo qual proú- go,t infiero:Sed /5c e/2, que las palabras de la dicha concefsion de la Cruzada , fon generales codos los Ficles(mullo excepro)aunque fcan de qualefquie- raCabiidos de Izlclia , y de qualelquiera Monalte- rios de Religiolos,y Religiolas,aunque Ícan de los Mendicartes,como fe expreflan en dichaBula,poco antes de las palabras referidas arriba;ergo , dc. 54 Lootro,y es confirmacion del antecedente, porque aquellas generales palabras dela Bula, que eltan al principio de ella,en que le expreíla,que las dichas concefsiones le hacen : Omnibus fidelibas, ubriufque fexus , cujufcamque condisiomis, O qua- ligatis Oc manificltamente arguyen el intento,que + fe pretende en dicho primer fundamento, porque fi lo dicho le concede generalmente ¿todos losFieles Carholicos,que toman la Bula,no pueden dexar de participar el tal privilegio los Religiofos que to- man la Bula, por la razon de FielesCarholicos;pues donde hay una mefma razon total , para gozar al- gun privilegio,es precifo, que, O le gocen todos, Ó hinguno , porque fegun aquella maxima magiltral del Derecho, donde bay una mifma razon, debe en. tenderfe que bay una mifma di/poficion,como conf- ta, ex leg. ¡Mud , ff. Ad leg. Aquil.leg. aTicio , de Verb, Obligationib. leg. Quidem numularins , f. de «Adendis , y de otras muchas. Zmó , (í donde hay la miíma razon, le dice haver la miíma dif. poficion de mente del concedente , no folo exten» Jive , lino comprebenfivé , como confta ex /inga- lari sexta, in leg. Iud ,Cod. de Sacrof. Eccl. leg. Item veniunt , S. Ait fenatus , ff. de Petit. ba- redít. y lo tiene con muchos Gutierrez , Prad, lib.3.quef. 17.4 num. 384. y con otros muchos Pafqualigo , de Sacrif. pov. leg. queft. 573. num, 5-10 qual es en tanto grado verdadero , y comun, que aunque la ley lea penal admite extenfion quan» do fe da una melma razon , porque en tal caío, no le dice extenfion , /2d ¡dem jus , propter iden. bitatem rationis, como conlla ex leg. Quedam , S, Nuinalarios , donde Bartulo , Baldo, Angelo, Ful.- goño , Jalon , y otros , ff: de v£dend dez.Si pofa- laverit , (f. Ad leg. Fultam, de adult. La Glofa, verb, Italre, in cap.1. de Tempor.ordinat.donde los DD./ib. 6. Abbas, incap. Nibil, mum.9. de Elec?, Juan Monacho, y otros, ¿in c.Si civitas,S.1.[n prin- cip. de Sensentia excommunication, in 6. y lo mif- mo coníta de otras leyes , y multitud de DD. que omito; y larazon es , porque la dicha en tal caío no fe dice extenñion , firiéte loquendo , lino que es la mefma ley la que habla, como lo prueba el Tex- to, in leg. His folis, donde Baldo, verf. Satis ebtam caute putamus , Cod. de Revocand. donatio- 1e, y Jalon , in Autbrst, Quas aíjiones , num. 25. Cod. de Sacrof. Ecclef. pues dondé concúrre ina miíma razon , alli de mente del Legislador, y dif- ponente , fe comprehenden todas las perlonas, y, calos , aunque Ícan penales, en losquales concur- re, y delos quales fe verifica aquella total razon legun dicha Giofía , verb. Italie , in diétocap. x. donde tambien los DD. de Temp. ordinat. Abad, y. los demas DD, citados arriba : Sed /5c ef, que la Bula de la Cruzada concede dicho privilegio , ge- neralmente á todos los Fieles Catholicos que la to- man,como confta de las palabras generales de que ula la dicha Bula : Omnibus fidelibus , Oc, lncgo le gozan todos los Fieles , que la toman, en quan- to tales , luego le gozarán tambien los Religiofos que la toman,por la razon de Fieles Catholicos, 55 Lootro, y es legunda confirmacion de lo antecedente, porque la conccision , y privilegios de la Bula de la Cruzada , fe han de interpretar la tameote , como lo tiene con Luis Lopez, Villalow bos ¿Suarez , Raphael de la Torre, Diana, En riquez , Mendo , y la comun de los DD. contra Sanchez, el Doétifsimo P. M. Mendez de San Juan, fobrela Bula, Znterrogat. 3. num. 3 1. Pago 14. y la razon es : porque las concelsiones , y pri= vilegios de la Bula, fon beneficio del Principe, (Gn perjuicio de alguno:, como diximos en íu lugar) lino antes bien lon obras de liberalidad , Clemen-= cia , caridad , Sc. luego fon favorables, y ledes ben ampliar legun reglas de ambos Derechos: ltem , porque como bien Diana, p.1. tr.11, refol, 98. las tales facultades fe ordenan inmediatamena te ad pleniorem abfolutionem faciendam, la qual en quanto a elta parte es favorable; y finalmente, cox mo bien el miímo Autor , fe ordenan , nO al bien particular, fino al público de toda la lgleía ;con- Viene a laber, ad fubveniendam publica ejus necef. fitati:lego Lon favorables, y ampliandas, antes que reltriogendas:Sed /5c ef? ,que la Bula ufa de aquellas palabras generales en las dichas concelsiones: Om. nibus fidelibus utrinfque fexos,cujufcumque condi. tionis,O* qualitatis, Oc. Y en la conceísion de que es la preíente controveríia , ufa de las palabras tranícriptas arriba,n.50, que apelan lobre los Mo. nafterios de Religiofos, y Religioías , aunque fean de los Mendicantes : luego no hay por donde de. bamos excluir á los Religiofos (eltando ¿la mente delos concedentes de dicha Bula, defpues de la muerte de Urbano VIIL pofteriores á el) del goce delos dichos privilegios , que eta concede , fino antes bien incluirles en ellos , pues aliás no fuera ampliarla concefsion de la Bula , ino reltringirla mucho , tanto , quanto es la multitud de Regula» res , alsi hombres , como mugeres, que la to: y Lon Fieles Carholicos : ergo , dec. 56 Y lo otro,y es tercera,y urgente confirma. cion,porque pretendiendo fuSantidad en la concefa fion de dichaBula,que fe aque de ella unaamplia co leccion depecmnia,paralaGuerracontra los Infieles da fu facultad ApoftolicaalComifíario de laCruúzada Para revocartodos losprivilegiosque fe oponen a la glicha cauía final con laspalabras delíiguiente num. lem, na0, yA

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz