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F rm : Número 124. : 1 Pontificia eo ¡pfo fufipende fu valor. Acerca delo qual le vea nueftro Apologetico, Pag, 109. 14m. 8, y pag. 111 44m. 19- ad 24. y aqui en elta Sub- leccion, num, 3.y 4NAM.13 ad 19. 610 Y enciadm: 123. Pag. 78. profiguiendo dicho R.P.Olmo, folo dice : Que no confla. auten- ricamente de la dicha fuplica : lo qual es verdad, pero no del cafo: porque aunque aquello feria ne- ceflario para el fuero externo , y contenciolo ;pe- ro no para el fuero interno de la conciencia; pues' en el fuero de la conciencia fe le dá credico 4 un tefligo fidedigno : Qué, pues, a un teffigo tan frde- digno , como el Iaftrifsimo feñor Araujo? Veale lo dicho en cta Subleccion , 44m. 321.4d 333. y á doude alli me remito: y veafle lo que diremos, abaxo , lobre el sum. 126. y con elto paílemos al HUM. 124» Numero 124. 620 Profiguiendo el R. P. Olmo, en el nun, 124. pag.78. teficre una refpuelta, que yo le di en mi Apologctico,a pag, 146.num.25 2. Pero no dice fobre lo que apela la tal refpuelta, y la reficre crun- cada, y dexandofe otras antecedentes, que todo €s argumento de fu mucha legalidad : y el omitir tó- do lo dicho es,por lo que de ello mifmo puede in. feriríe 5 pero yo fe lo referire todo; lo uno , para que le conozca lo dicho , y el modo.de apologiar de elte buen Religiofo , Leétor General , y Gran Elcritor : y lo orro , para que relplandezcan [us inflancias contra la tal refpuelta : lo qual ala letra es del tenor figuiente. 6:21 Dicho R.P.Olmo, en fu Tratado Moral; pa2.97. num. 25. dixolo que fe Ggue: En el sum, 122-dice el P.M.que no dio la Santidad de Urba»> no Oátavo Decreto revocatorio, por fer diflonan-» te á la auroridad de dicho Sumo Pontifice,revocar con Decreto politivo,y publico,otro hecho por el miímo. Lo que fiento es , que el P. Torrecilla yo haya viíto bien el púnto.Sin mucho crabajopudit- ra darle millares de Decretos, que han expedido diverlos Sumos Pobrifices , en que politivamente revocaron otros hechos por si mifmos. No leyo el P.M.el capitulo : Quia per ambitiofam, de referip- tis, in 6. (que cita en lu num. 68? ) Dira que no. Pues yeale aora,y hallará un bien publico , y poli- tivo Decretó ,en que Bonifacio Oétavo pofitiva- mente revoca muchos , que fu Santidad havía ex- pedido, y publicado: Luego, Sc. Afsi a la letra di- cho P.M.Olmo,en dicbo numero.y pagina. Alo qual le. refpondi yo en mi Apologetico, a pag.145.4 num, 238.4d 252.4 la letra, lo que fe Jigue. RESPUESTAS. 622 Válgame Dios! Queno pueda el Pidre Maeltro Olmo acabar con: fu condicion el referir las colas como ellas fon, acribuyendo á. cada uno Jo que fuere Íuyo, y no mas , fino que todo lo ha de invertir , y darlo di- fcrentes vifoside lo que ello fe tiene, Mi Padre Maeltro , yo no digo aquello , fino folo diso que ip Oc. y que afsi refponden á 7 dich3 objecton Leandro , y brifoval fe di died que dicen, rd peste na pl ¿e ; parecer) er diito= nante. Veafe el tal nuarero , trabícripto a la letra, Jfupra $.5.num.32.(¡d clft,en dicho Apologetico, e P48.113.) Diganme, pues,V urfía Paternidadaora,es lo miímo decir yoyque re/ponderán,que el relpon- derlo yo? Y es lo mifino decir, por parecer fer, que fer dillonante > Yale vé queno; pues por que V, Paternidad norefieré con legalidad: las colas ,atri- buyendo a cada uno lo que fuere fuyo,ó lo que di- ce, y en la manera que lo dice ¿Pues nos prometió: en lu Prologo al LeGtor hacerlo aísi, ibi: Refiriena do con legalidad lo formal de fus razones Oi Pero quidquid de boc 56: Vamos a las relpucitas, RESPUESTA PRIMERA, 623 R Efpondo lo primero : Que el Padre Olmo puede depóner el lentimien- to, que dice tiene , de queyo nu baya vifto bien el punto: porque le hago faber le tengo bien vilto., y que he leido el Capitulo: Quía per ambitiofam ía quelo pueda dudar dicho P. Maecílro razonable- mente : pues en los numeros 68, y 69.(¡d el, del Tomo de lasPropoficiones condenadas;Pag.124. y mucho mas latamente en el Apologetico , 4 pag. 100. 4 num, 280. 4d 290: ) doy tales leñas de ha verle leido, que no se como dicho Padre Olmo pueda decir: Dira que no le leyó, y aora le buelvo a ver por obedecer a lu Paternidad : y haviendole vilto, buelvo a decir, que relponderán (como ref- ponden) lo miímo,fin que les haga fuerza el exemo plar, que alega dicho Padre Olmo, como veremos en la feganda refpuela. RESPUESTA SEGUNDA. 624 Efpondo lo fegundo : Que el De. creto publico, y politivo de dis cho cap. Quia per ambitiofam , en que Bonifacio "Oftavo revoca pofitivamente muchos Privilegios perpetuos, concedidos por el , 0 por [us predetel. lores, no esen manera alguna contra la relpuelta, que dán Leandro del Sacramento , y Chriloval de San Jofeph, en orden ála revocacion de Urbano a lo miíma Conftitucion; ni de aquella revocación publica, y pofitiva , puede inferitte confequencia aelta, como mal pretende la iniftancia, lo qual ma. nifieñto como fe figue, 625 Porquelos Privilegios , que revoca alli Bonifacio DÁA3vo,eran unos Privilegios obtenidos por ambiciofa importunidad de los impetrantes, que eran ocalion de mal, y materia de diffolucion, cuya revocación, no folo no podia:parecer Jifo- nante a la autoridad de dicho Sumo Pontifice, ni lerle motivo de erubeftencia, (ro que aores bién era de lu obligacion el enmendar lo paado,y prez caver lo futuro, pues tenia por ilicico el pañag poK

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