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Numeros 103.104.) 106. RESPUESTA QUARTA. Efpondo lo 4. A cerca de la mima excepcion antecedente , que quíe- Olmo ¿los cinco [ugetos que indi- vidua, que me admira mucho, que el P.Olmo ten- ga, O por improbable , O por improbabil:/simo , lo que efpecifica contra los dichos lugetos , Y Contra mi; y que lu P. R.tenga por probali/stmo y Scgu- rifsimo en conciencia , que el Caltellano N, podia ermitir entraflen las Mererrices en elCaítillo don: de eltaban algunos Cavalleros , para que con ellas e alofiuviellen los táles de folicitar otras catadas, y vírgines : y lo que es mas horroroto, es, que pa» tá mantener lu dicha refoJucion , diga , que le de- beiipermicir antes mil pecados mortales , que Un folo pecado mortal, fi elle esde mas [uperior efpecic. Acerca de lo qual te vea lo dicho en di- cho Apologerico, 4 Pag. 274. 47U4M. 60. ad 88, Espotsible , buelvo a decir, que dicho P, Olmo tenga elto por probabilifsimo , y En conciencia t4- tifsimo , y con aquel cayrelico de fine dubio , y con , aquel otro de patet manifeffe: y QUe tenga por 1m- robable, O por improbabili/simo , lo que dice Du- “bál, San Jofeph, Hozes, Remigio , y lo que yo di- go,o meatribuye, ubi fupra! Tanto rigor con di. chos Autores, y conmigo, y tanta blandura con- figo proprio ,en la refolucion , y propoficiones de arriba ! Cierto , quer es. cofa para aturdir á qual- 515 re adaptar el Pr quiera, que fin paísion , O fin adefión nimia ,lo , : quificre confiderár. RESPUESTA QUINTA. '516 y A En quanto á aquello , que dice el P.Olmo, mempe. Padecen tambien grande equivocacion (que es otra excepcion) por- que las Declaraciones Pontificias en materia de dottriva , pertenecientesa las coftombres , y qua- lificacion de opinion , confunden con nombre de Contlitucion legislativa, O preceptiva, que es muy diltinto. e 517 Refpondo lo quinto: Que efta excepcion, que dicho Padre quiere idearfe (6 lo fuera) le coge de pies á cabeza á dicho Padre Olmo: pues Inume- rables veces llama Conffitucion a elta Declaracion de Urbano; ( y lo miímo á la de Clemente VIII, y a otras ) convienea (aber , Pag. 3. HUM. 3. Paga 10, H1N.10. PAZ. 11.M4M,1 1. PAgÍn. 32. NUM. Y. pagin. 52. num.5. pag. 66. Bum. 21. PAZ. 115. 19 Jime, pagin. 220. num. 13. y €n Otras muchas partes, por todo fu Tratado, delde el principio al fin, que por ello dixe , le cogía de pies a cabezas luego fila dichaes equivocacion y y por efía canía es otra exception , de aquellas que dice ( ex p. Pa: lanco ) dicho P. Olmo : Que maxime autboritatem Dodloris infirmant. Saquete tu Paternidad Reye- renda la confequencia , y apliquefela assiproprio, pues es direótamente contrá si miímo la lacta que cita contra dichos Ántores, 4 DU 319 513 - Dixe"arriba, E lo fuera : porque además de llamar Conffitaciones ¿ dichas Bulas de Clemena te, y Urbano VII. el libfirifsimo feñor Araujo,y Otros muchos , padece engaño dicho Olmo ( ade» más de contradeciríe á si miímo ) em quererla yes gar aquí en elte numero el nombre deConfitacion, porque quizás no labif'que Áignifique propriamen- te elte nombre de ConfP itucion : y li acalo no lo fa- bia,0 no lo fabe,vea a Sylveltro, verb, Lex , m1. y hallara,que eltos quatro nombres generales : Lex, Jus, Statutum, y Confiitutio, aunque por diverías Etymologias (ignifican una mefma cola. Vea tam- biea a Lancelloro,ImfPit.lib.1.tit. 2. donde divide las Cooltitúciones en Civiles, y Eclefialticas, y ve- rá la variedad de nombres cón que le denominan las Conflituciones, y la explicacion de todos ellos, y vea alsignifmo a Buena-Gracia Habfenfe, In 1/a= ¿03€ 4d Summulam,quef Regular. $ 1.num.2. 3. O* 4. part.3. doúde explica lo mifmo. 519 Y vea el Diccionario de ambos Dere. chos ; verb. Conffitutionum, y hallará, que dichas Declaraciones de Clemente , y Urbano VII fon unas Condticuciones perfonales. Divide dicho Alea xandro Scoto las Conflituciones en generales , y perfonales:las generales, dice,fon aquellas,que per- tenecen a todos: y las perfomales aquellas, 8 quibus Ppropter certe perfone rationem d jure commúni rea ceJum ef que O" privilegia appellantur., legar.Ó* leg.2.C.de Legib,Ó $. Quod principi, de Fare nat, Sed ficef?, que las dichas Declaraciones fon unos Privilegios , que han obtenido los Prelados de las Religiones á fu favor , en que dichos Pontifices, 2 inftancias de los dichos Prelados han excepruado álos Regulares de la concefsion general hecha en las Bulas de la Cruzada , que los dichos havian concedido, y havian de conceder por todo el ticmo po de [u vida : ergo, ácc. 520 Pero para que es menefter mas prueba; que la mifma Bula de Urbano VIIL. pues efte,en el $. 1. dice lo que le figue : Quare idem Clemens pradeceffor fua perpetua valitura. Conflitutione declaravit , Oc, Vea, pues ,el P. Olmo, cómo. dla dicha Declaracion de Clemente VIH. la llama Urbano VIIL. Conffiracion 5 y laquele lu Pater= nidad la confequencia:, pues no fe atreverá d decir , que dicho Urbano VUL. padeció tama bien en effo grande equivocación , ablit hoc; ero go, Sc. 521 ¿De lodicho parece inferirle , fer flaco de memoriaclR.P.Oimo , pues apellidando tabras vecés lu Pacernidad a dichas Bulas DeclaPatorias con el nombre de ConZitucion : y haviendo tranío cripto á ta lerra la Bula de Urbaxo , (que como fu Paternidad dice, pag.40.es el principal objeto de - elta gran controveriia y y por ello la tranícribe) en la qual ¿la Bula Declarativa de Clemente VIIL la llama Confitucion y olvidado de eo , y gontradi. ciendofe a si proprio , dice contra los:cinco men. cionados antes: Que padecen grande equivocacion en apellidar con nombre de Conffitucion a dichas Declaraciones Ponsificias. O, buen Dios! y A e ia ga soon A i h
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