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Numero 103.104. ) 100 4 ' 31% as , defpues dela! Urbána , y la notificaron 4 fus fubditos con rigor, improbable , Porque no (e ha facado alguna, mi bay tal noticia, lobre que he hecho exadtifsimas dilibencias. á ¿30 fl Pi Torrecilla dice muchas veces , que el Papa Urbano hablo en lu Bula; no como Pon- tifice, lino, Como Doctor particular. Improbabi- lifsimo , porque fihablo como Dodor : luego éo- mo Doétor , y no como Papa la expidió : Atgai, como Pontífice la expidió : luego como tal eñ ella habló. Dice mas, (n4m.41.)que los Pontifices Cle- mente, y Urbano no declararon , que la Cruzada no huvielle aprovechado'a los Regulares defde fu principio para lo dicho : ni declararon , que no les aprovecharian.en adelante las Bulas de fus Suc- celores,3c. Improbable.Veate fol.117.0.9.y 10, ¿481 Padecen tambien grande tquivocacion, (que es orra excepcion ) porque las declaraciones Pontificias en materia de do4trina, pertenecien- tes ¿las coftumbres, y qualificacion de opinion, confunden con nombre de Conftirucion legif- lativa , ú preceptiva, que es muy diftinta. Equi- vocanfe tambien en juzgar , que dichas Bu- las fon tempordqles, y vitalicias y Y no perpe= tuas , y generales , contra todo derecho, y co- mun aceptacion. ¡ 482 * La quarta excepcion que padecen , es: Si Autbor affirmat conclufionem , fine eo quod exa. minet fundamenta utriu/que partis, 483 Mucho podia difundirme ,vito los cin= co Autores ,que he citado aquí; remitome á los num. 40. y 42. folo digb, que (1 bica en otras ma- terias, difputas, y tratados han efcrico con grande acicreo, y mucha aceptacion , en elta , dice'el Car. deval Lugo: Non acurate difcafferant fandamen- 14. Luego dichas circunflancias : Maxime au- shoritatem pradicloram infirmant ; O per confe- quens, Oc. ' 454 Aísiala letra dicho PadreOlmo,en dictio n4M.47, 4.Pa7.136.44 188. a lo qual refpondi yo en mi Apologetico, (y lo refute) a pag.286,4 14m, 145.44 135.4 la letra, lo que le gue. RESPUESTAS. lerto que hay argumentos, que fue- ra mejor no refpouder a ellos: aísi dixo muy bien el Dean de Torroía D. Alexan- dro de Ros, en fu Cataluña defengañada , difcurf, 3. pag.mibi 30.in fín. quando dixo, Propoficiones hay, que llevan tan en la frente fu Énrazon , (con otros terminos lo dixo dicho Dean, que yo omito por la templanza, y modefiia Religiofa, aunque quizás no vinteran mal apropriados al argumento del pre- Jente numero ) que no merecen relpuella, porque elias miímas fe condenan , y folo las puede honfar el que trata de impugnarlas. Mucho debe el Auror de la noticia univerfal a D. Jofeph Pellicer de Sa- las , que con tanta erudicion le honró con hacer calo de aquel libro,refpondiendo á las finrazones, (osro termino las de dicho Dean.) Hafta aqui dicho Pan VE 435 D.Alexandro,y bied: (bién no quiñera, que el has ver referido dicha claufula , pareciee latira, por= que me precio mucho con dicho Ros, pag. 142. 491 Principio, de no laberlas hacer,y por ello he quiras do á la dicha claufula los terminos mas efcabrofos, con que la pone el referido Autar,remitiendo ala confideración de los diícretos Lectores y el pre. (ente numero , y terminos de que ufa el P. Olmo, contra tan graves Religiofos , y Autores claficos, como los que menciona , (fuera de mi,que por la parte que a mi toca, poco, d nada importa, cl que hable lu Parernidad,como gultare;y fuere fervido) es digno de una pluma de una Religion tan lanta, tan doéta , Y tan atenta : Sed quidgauid fit de dicho modo de hablar , palíemos 4 relponder á las tales excepciones. RESPUESTA PRIMERA. Efpondo lo primero: Que ¿Los Aus tores de la tercera lencencia no fe les puede adaptar razonablemente la primera ex- cepcionseltoes,quod pars oppofita fit certa; porque la parte opueñta esopinion,como la llama el milmo P.Olmo,y como en la realidad loes ; pues la con» clufion de los Autores de la féntencia opaelia,, ño es inteligencia , que conozca inmediatamente los privcipios:ni ciencia,que es cognitio certa, evidens, O' per demoftrationem adquifita , lino un cónoci- miento, que Verfatur circa res probabiles, no pue= de fer,ni llamarfe ciertazporque lo que eta /ub 0pi- mione, liempre es, cam formidine partis oppofite; y aísi ninguna opinion , en quanro;tal , puede fer cierta, fino lolo probable ,Ó'mas probable , como es cierta en Philolofia. Veate lo'dicho arriba, ( ¿4 ef?,en el Apologerico,pag,278.) num.93. 487 Dice el P.Olmo , que lo que fu Paterni- dadidice, es confante: y lo prucba, porque el Pon- tifice Urbano declaro ex Catbedra, que es, y ha (- do iliciro, que los Regulares ufen , ó hayan ulado de la Bula de la Cruzada para la ablolucion de los relervados,é%c, ' 488 Sed contra: Porque la dicha mayor es fal» ía, como conlta abundantemente de lo dicho arri. ba,/tc.2.5.8. 41.98.04 154..(id ef,a pag. 206. de nueltro Apologetico) y alias (e Giguiera, que Ur bano definió ex Cathedra,que es, y ha fido ilícita, quelos Regulares ufen , y hayan ufado de la Bula de la Cruzada para la ablolucion de los caos re- feryados, haviera difivido, 0 declarado porconá- guiente,que el mifmoUrbano,en la concelsion del primer quinquenio,obro iviqua,y perverlamente, contra lu conciencia, y obligacion,(y lo mifnfo fe debe decir de Pio IV «¿Paulo ILL. y Pio V. ) porque Quod efi canfa caufe,ef canfati canfa; como lo en- (eñan todos los Philolofos, y Theologos, y es vul- . gariísimo en Derecho, leg. Manumifijone , Fo de Jabit. O: jure ,leg. Quominus , fi de Flamin, leg, Maritas , donde. los Doftotes*, C. de. Pro- cUrat. y de otras muchas. De donde fe dice, que la canía le conoce por los efetos, leg.Non co- - Dd 2 di- 436

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