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Número 103. 104.y 106% Propoliciónes condenadas por los Sumos Pontifi- ces Alexandro VIL € Inocencio XI. impreffz en Pamplona, año de 1696. tradi. 6. di/p.6. fub aun, 252,4 pag.92,tiene por probable dicha lentencia. Sus palabras fon las figuientes.. 445 [Qui ofhicium bodiernum paulo ante ,, mediam nodtem diet fequentis IDcepit recitare, ,, fine interruptione recitando, poft ¡llam finiac, ¿, probabilior fententiá, 8l ín praxiomnino fe- ,, quenda, negar quod preceprum recicandi adim- » plear.Probabile tamen elt,quod facisfaciar.Quod sy late probat, 31 ingeniose avtlhior, oíto argumen» y is, $ quatuor argumentis contra eam a D. Di. » Jaco Narbona fatistacit.Rurfulque camdem fen- », tentiam, tom.6. tr.3..4i/p.4-49.108. ad incadem ,,Vocar,8 confirmans,lepide,8 eruditeobjedtiones »»contra illam a M.Prado confeétas diflolvendo. ] Afsi el fobredicho P.M.Manuel de la Concepcion, 446 . Mas: El fobredicho Leandro , que en lu fegunda parte , tradt.6. difp.13. queft. 15. lolo havia dicho , que la dicha fentencia era probable: Lora en la fexta parte, $ra63,S. difp.4. quef. 108. ventilandola de nuevo conel Padre Maeltro Pra- do,no fe contenta , con tenerla por probable , (ino que dice la tiene por probabilifsima, 446 Y lo miímoyo,que en mi Tomo fegundo”* de la Suma, pag.507.n.58 de la 2.imprefsion,dixe, que cra probable la tal fentencia,con la nueva yen- tilacion , me confirmomas en fu gran probabi- lidad. , 447 Ni efto es de admirar: porque ela es condicion dela verdad, que mientras mas veces fc examina y luce , y fe aclara mas ,como lo tiene con muchos , que cita y ligue Barbola , Axioma 224.num, 1. donde alega dos textos Canonicos. Y la razon que dá, es: Nam veriras difputando, invenitar , ex leg. Muneram, $. fin. de Muner., O honorib. Y aiega al Cardenal Tuícho. De don- de es, que*la impugnacion fuele fer medio para que campee mas la verdad , como bien Sau Hila- rio ,lib.7. de Trinitate , donde dice: Magna «ff vis veritatis, que cum: per fe intelligi non. pofsst, per es tamen ipfa, que ei aduerfantur elucet, Y LaGtancio Firmiano , de Ira Dei, cap. + lo redu- ccála Phiiofofiadela loz, 4 quien precedieron para que campeaÑle mas las: tinieblas», y 4: la del mundo foperior a quier fede dio por centío el in- ferior, para que lucieffe con explendor mas fos brefaliente. Sus palabras fon; Nok potaiffe lacem fieri ,nij, O tenebra effent , quia nec fuperum prodefi efe fine infero, Tc. Y la experiencia quo. tidiana nos enfeña dicha Philofofia,pues vemosno dexa de ler mas rgíplandeciente el día, por preces derle la noche: ni el Sol luce menos , porque fe le opufo alguna nube: antes bien defyanecida ladi- cha, lale mas. lucido , y á nueítro parecer mas ale. gre, quando el horror de una nube le tuvo algun tiempo encubierto: Alsi, pues,la verdad dela pro- babilidad de la dichafentencia de Leandro,luce, y campea mas, con la. opalicion del P,M. Prado, y la foluciona lus argumentos. ti 448 Nibáfta decit ton dicho Prddola nd cal fentencia favorece no poco á la negligencia y pe- reza,y que no le ha de abrir puerta para eludir una obligacion tan fanta, como la del Rezo, 449 Louno: porque como bien dice dicho Leandro ,en dicha parte 2. defpues de la otava prueba: la dicha fentencia , nada puede dañar 4 los diligentes: y ¿los muy negligentes, y que fe eftán jugando halta cerca de la media noche, pue- de ferles provechola , ne ex una , in alteram abyf- fum in cidant, 450 Lootro: porque como tambien dice «el milmo enla parte fexca , en el fin de la refpuelig al quarto de dicho Prado: por la dicha fentencia no le abre puerta para eludir tan fanta obligacion, fino antes bien para cumplir fuavemente los pre- cepzos humanos , y para evitar muchos pecados mortales, y ¿muchos negligentes la pena eterna. 451 Loorro:: porque la comun opinion, fas vorece tambien no poco Ala negligencia, y pereza, pues dice ,que el tiempo en que fe ha de rezar el Oficio Divino para cumplir con la tal obligacion, es todo el dia , deíde la media noche, haíta la me- día noche figuiente.* Afsi lo tiene, con Azor, Syl- veltre, Villalobos, Trullench, y la comun, Martia de San Jofeph, en lu Suma, /ib,2.traF.1o.num.9. pag.mibi 396. lo qual, ya le ve, fi favorece ,¿los muy negligentes , y perezofos; pues pueden, fi- guiendo dicha opinion comun, diferir todo el re- zo del dia , Maytines , Laudes, y las demás horas, halta defpues de las.once de la noche,y tomar pre= ciflamente aquel tiempo , que balte para acabar de rezarle antes de las doce , O al punto crudo de las doce: álo qual refponderan , y bien, los dichos Autores , como refponde dicho Leandroá dicho Prado. 452 Y lo otro; porque aunque es verdad, que los que tienen obligacion de rezar, harán mal en dilatar el rezo para el tiempo crudo ,que pre= ciíle la obligacion , y: ler perezolos , y negligen. tes: en ello , fino. rezarle 2-1as horas competen» tes , que tisne afsignadas la Igieña, y prefcriben las Rubritas, y acoftambran los diligentes, y ti MOratos. 453 . Con todo elo, los que efcriben materias Morales, antes deben (no hablo del debiro de obli. gacion, fío del debito de congruencia ) preferir, y:enfeñar las! opiniones benignas , fiendo proba- bles,quelas:eftrechas, y rigurofas, como fe probb larifsimamente , en mi Tomo de las Propoliciones condenadas, quef.Proemial,dific.5. 48.30.24 5 qe y ev el Tomo 1.de nucftra Sama,pag.77. 40,1, 44 9.de la 2.imprefsion,donde le puede ver. RESPUESTA SEGUNDA! 454 La' razon , que alegá el P. Olmo, en el num, 108. refpondo,, que dicho argumento , es , de D. Diego de Narbdna, tom. 2. Hora5. 12.10; 43.(00 excogitado por el Macítro Prado )) y. es eb tercero en numero , que hace ARA El ai cod e e i O a Pl AZ
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