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>> Numero 103.104.) 10$2 relabatur, abfolvl poteft ¿quia non eñ in prodimál occafione peccandi , cum non frequenter delin quad ) remendarlo,no havieédo para ello mas remiendo que corrar el pedazó.pnes las callejuelas, por don. de V;P. pretendo elcurrirle y fon callejucias fin falifs para el intento. Peropafemos ya al pam. 103. 104 Y 105. HE Namero 103. 104»y 105» 393 Profiguiendo el Reverendo Padre Ol- 1: mel num. 103. pag. 73. dice lo que fe fgue. El Doétor Juan Sanchez, tn Seleét. difput.1o.num, 6. fueel primero que enfeño > fe podia abflolver ' tres, O quatro veces al concúbinario , viniendo con propofito deechar la amIga 5 y elto antes de apartarla, eltando en lu poreltad Phy(ca, y Moral, el expelérla. Entra el Padre Leandro en ella quet- tion,trad?.5. de Penitent. difput.7.q4ef.35.y f- guiendo á Sanchez , aficma , fe puede ablolveral concubinario halta la quarta vez: y fiendo Sanchez el primero que faco/a plaza ella opivion , fe alar- gó dicho Leandro a cicar por fu fentencia 4 Me- dina , Cordova, Angelo , Cayetano, Úc, Efto fu- puefto , ariendame el Reverendo Padre Torrecilla. El Doétor Juan Sanchez,hace un argumento , para probar fu opivion, y dice: el que ciéne obligacion de relticuir, puede fer abíuelto dos veces , aunque no haya reltiruido , como lo tienen Medina, Cor. dova,Oc.luego el que tiene la ocahon proxima con la'concubina, 2unque por dos veces no haya cum- plido la promella de expelerla , podra fer ab- Íucico, 394 En el mum. 104. 4. págin. 73. profigue aísi el Revercodo Padre Olmo. Elle argumento forma Sanchez a paritate , que decimos, leyole el Padre Leandro, y loque dichos Autores dif- dicurren del que debe reffitair,los alega,como de- fenfores de la referida opinion del concobinario,y que puede (er abínélco, (que ad quartam vice, quando dichos Aurores eltienden Lu fentencia, en razon de refitucion, u/fque ad fecundam vicem tan- tum. Pregunto aora, en elto que vio, y leyó dicho Padre Leándro, le equivoco , y engaño ? Quien lo duda luego pudo tambien fucederle lo mifmo en la refpuelta del feñor Araujo. 395 En elnumaros. dice afsi: Mas, cita tam- bien dicho Leandropor elta lu Ópiniona Armilla; el qual aun del mifmo Dodtor Sanchez conlta , tie- ne la contraria. Afsimifmo alega» al Padre Mare tro Candido , por la parte que fe puede ablolver al concubinarió , u/(que ad quartam vícem,tantes que expela la amiga. Pues arendamosáver , quedice el Padre Candido, enla di/quifit.24. artic,27. du bitatis; Propone aísi fu fentir. Dico fexto. Quido. mi retines concubinam, few ancillam y cum qua fre. guenter peccaret folet, non ef? abfolvendas,nifi con _ cubinam,otl ancillam dimittat, quia exifd1t in occas Jione proxima peccandi, Ve. . 396 Profigue defpues , y dice : Dico /eptimo, Qui cum ancilla, fea alía perfona, ter , vel quater ia anno peccavit , repentina libidine correptws , O in confefsione propohis, Or fperas fore,ub non amplias Part.VI, do$ e Elte es el fentir del Padre Maeltto Candido - cia tabdo a Jacobo de Grafis , Benedidtino”, de ovién tomo eftas dos conclufiones. Y qué hizo el Paz dre Leandro > Al decir Candido » Que li peca con ella.no ,mas que stes, O quateg veces al año , pue de (erúbíuelto , trobo Leandro, que podia fer ab- Luclro las £res , O ¿Batro veces, que el otro numera de reincidencia; ( veafe en dicho Añtor élta vera dad) Infiero, pues, (el Padre Leándro fc equi- voco tan craflamente en aquello, que DIO,y leyó en dichos Antares , por qué no fe pudo engañar, o "equivocar en lo que le refirielle, O informalle el Maeftro Araujo, fiendo aísi , que no es cán fiel, ni tan digno de allento el oido ,como la vifa? Afsi dla letra dicbo' Padre Olmo , en los dichos tres NUMETOS. RESPUESTA. PRIMERA, $ A 397 Ara convencer al Padre Olmo, de p la falta de legalidad , y de la mala inteligencia , con que ha referido , y entendido al Padre Leandro del Santifsimo Sacramento, es pre=> cifo tranícribir álalecra lo que elle dice, y como” lo dice. Dicho , pues , Leandro , en dicho trad. 5. * de Penitent. difput, 7. quef.2 5. Pregunta. An pofsit abfolvi concubinarius ufque dum expellas concubinam , quam domi fue tetinet ? Y relponde. Negan: pof)+ abfolvi,nec prima Vice , quamvis pro. ponat concubinam expellere , mi/5 privs ¡lam expel las. Margarita Confe/foram. Y otros que alli Cita, y refiere Ja razon en que fe fundan. 398 Palla defpues a decir fo fentir , y dice: la lecra lo que fe figue. ,, [| Sed probabilius ref- y» Ppobdco , pole. licitey femel ac iterusn ablolvi 3, Concubivarium , ante quam ejiciar concubinam: y dummodo denuo proponat confeffario firmitér yy lam, e domo ejicires ( fecus veró, fi fepius jam y, Monitos y, domisfuz retinec, vel ín alia domo, 3» Cul libere ad cam parer addirus) Ratio eft, quia yy CX fecunda, immo, 3 ex rertia, aut quarta »»Promilsione faéta de rejicienda concubina , aa$ 3» Alia occafíone proxima , non lomirur judicium; y, grave de defectu difpoficionis poenitentis ¿ergo ¡yy licite porel ablolvi, Sic Medina,/ib.2. Sam.cap, ty LL fol. 280. Cordub. quej?. 4. corolario 8. fol. sw» 27: licer contrarium fenferir, fol. 21. Angélo 3, Verb. Confefsio 6. Yabiena, verfi Consubinatas,' 3,2. Suarez, di/p..32-/cct.3.00m.3.Cayeranus, 3, Armilla, S alií ,quos citar , E fequicor Sand | 3, di/put. 10. numero 4. pagina mibi 60.Candidus, 3» 4060 citato:, dub, 5. pagina 76. 8 apud Lum 3; Grafus, lib. 1. detif], Aur. 54P.28, HUMEPO YA. Veafe tambien el mifmo Leandro ,1bidem que f, 51. Afst a la lesra el fobredicho Leandro , enla di- cha queffion 35. y nada mas , ni de diver/o modo. Aora , pues. 399 Reípondo lo primero”, que el Reverenz Cc3: do

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