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ez ZE a e 7) y - bs ” , e - A E SN na cn E A E | 4 ' AÑ A im (A | ñí $ "A E Ñ _ y " 2198 Ticio palabra de cafamiento , mi que eJa palabra fueffe verdadera: Opportes enim probare , nec dice- re fufficit, Ita lle, muy bien, y aora infto. Se hizo la referida fuplica al Papa? Si feñor , porque elP. Leandro, Autor muy doéto , pio , grave , y tIMmo- rato , refiere haveríclo refpondido aísi el Maeftro Aranjo,Cathedrarico de Prima de Salamaoca,pues probare opportet dicere non fufficis.O no hay Lo- gica, 0 pruebo: luego menos bien dice el Reveren- do Padre Torrecilla : Que no es facil sonvencer con demonfiracion alguna , que no fe baya fuplicado en nombre del Rey de laConflitucion Urbana Quando no íe prueba la Propolicion. Afsi dicho Reverendo Padre Olmo, en dicho numero. RESPUESTA 1. HH, Y 111. 335 Efpondo lo primero , que eltraño mucho , que un Leétor Gencral diga: Que forzofamense le be de confeffar, Oc. quando la paridad que alega es de la calidad que delpues veremos, 336 Relpondo lo fegundo,que el que fe haya hecho la dicha fuplica fe prueba , y queda ballan- temente probado arriba , en ella fubfeccion , 47, 3.4d 13. Immó, la tal probanza cs plena, por lo dicho en dicho num. 12.4 nada delo qual fatisfa- ce el Padre Olmo , ni fe dá por entendido de ello, ni aqui, ni en parte alguna , fiendo asi, que vió lo dicho aísi en mi conf. 6. del Tomo de las Propo- ficiones, 4 mam. 101. ad 110. como en mi Ápolo- gerico ,d pag. 109. a num. 8. ad 18. y defendido ibidem halta el mum. 44. y en otros muchos, Reípondo lo tercero , que para dár cre- dito al llultriísimo feñor Araujo ,que lo refpon- dió aísi, confultado fobre el punto ,4 dicho Re- verendo Padre Leandro , que lo teftifica aísi : ni para creer á cite en lo que depone como teltigo de oido inmediato, no es menelter probar que fe hizo la dicha: fuplica , pues bafta que lo deponga aísi dicho Leandro, para que qualquiera cuerdo le de el credico que le es tan debido a lu Religiolidad, y veracidad , y pueda en el fuero dela conciencia, feguir por elta parte dicha tercera fentencia , pues no es creible , que dicho tan Religioto Prelado,en la depolicion que hace, (añadiendo,que cree la di- cha fuplica , y que por elo le mueve á llevar por probable dicha tercera fentencia) quiera ir en di- cha depolicion , y creencia , contra lu conciencia, fiendo cauía de que otros muchos lleven por fola fo depoticion dicha tercera lentencia. Ádemas;,que como dice el doétifsimo Thomás Sanchez , citado arriba, num, 136.con otros muchos : Non ef levis momenti fed magni potiús , mt aliquid Rome conti. gil credamaus , 1d virum pium alferere; ergo part. Sormitér,O<, Pero de elto le bolverá d tratar mas exprofello, lobre el 2.130. de dicho P.Olmo, donde nos dara motivo fu Patega pidad para ello, Fo ¡e Sub feccion a cerca del Articulo 32 RESPUESTA QUARTA. Efpondo lo quarto , que no vale la paridad del cafo de Emilia , al can ío del R.Padre Leandro del Sacramento: y me admiro mucho que un Leétor Geueral alegue di. cho argumento 4 pari, y diga : Que forzofamente be de confeffar fer neceffario probar fe bizo la din cha fuplica: Y que añada por contera aquello:O no bay Logica», ó pruebo, Linda cola , no parece hay, mas que decir en punto de Logica. i 339 Padre mio es posible no alcanza V uefa Paternidad , que fegun buena Logica no vale el argumento 4 pari, quando puede darle alguna diíparidad ? Y es poísible , que no alcance Vuela Paternidad la grandiísima diíparidad, ( y no una, fino muchas difparidades ) que hay del un calo al otro? Cierto que no parece creible; pero , pues, Vueíla Paternidad quiere que yo fe las afsigne,vas mos á ellas. 340 Padre mio, el caío de Emilia , ellaba puefto en litigio en el Tribunal Eclefialtico: y ale fi, aunque la dicha diga , que Ticio la dió palabra, no fe la debe creer en el dicho Tribunal, fino lo prueba. Lo uno, porque era Aétora , y al Aítorle incumbe la obligacion de probar , como es vulgar enambos Derechos , y fi no prueba , fe le abluel. ve al reo de la demanda , y elto aunque el reo no pruebe coía alguna , veale Barboía, axiomat, 10] num.2.4. 06. 341 Lootro , porque fi al que tieneenla caus ía algan intes , commodo , 0 incommodo, le le repele de teftificar,como fi la caví2 fuefe luya pros pria , fegun Baldo , Berrazol, Mafcardo, Faris nacio , que dice; Ser regla comun , y que mo ba vifto alguno que la contradiga,á los quales cita, Y figue nueltro Filipo de Biétis , ¿n /uo epitem, po quef.27. numer.27. Y que procede mucho més joren la cauía formaliter propria , porque col gran abíurdo , que una miíma perfona , fuefe At tor , y teltigo, zx leg. Nullas , donde comunmens te los Doctores todos ,/f. de Teftibus , cap. Infua per , in ultimis verbis , de tefibus. De donde dis cen , y bien , dichos Doétores , que.no fela debe examinar: Cómo le la ha de dar credito 4 dicha Emilia en el fuero judicial donde pufo la demana da , y alega que dicho Ticio la dió palabra, ino prueba la cal palabra? Bis, 342 Lootro, porque ( quando una muget pone demanda de Matrimonio 4 un hombre con quien quiere cafar, (por fer el mas noble,o mas ri4 co,8c.)diciendo que la dió palabra de calamiento; y que juró tomarla por fu muger ,no le admirea los padres de ella á ceflificar para probar las Ef ponfales , porque de ai le figuiria , que cftuvielle en fu mano alegar fuficientes teltigos para probar las Efponfales, que la eltavicflen a cuento , porque los padres empre delean los incrementos,y honor de fo hija, como conftj ,ex cap. fupereo( el 2») Y, allila Glolía 1.y los Doérores,de bn , 338
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