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pa "Mr A AMEN TARA » .. A E A A — e ds a ” - / > ra RA e E 156 o. de Aranjó , Carhedratico de Prima en Ja Univerfidad de Salamanca , y delpues mericif, fimo Obifpo de Segóvia , que lo refpondio aísi, confultado fobre el punto, al Reverendo Padre Fray Leandro del Santifsimo Sacramento , que lo teltifica aísi , traét. 5. de Ponitent. difp. 12. queft. 58. in refponf. ad fexsum. Y lo mimo depone haverle oido, yá que no in terminis, a lo menos en femejante cafo , el Reverendo Pa- dre Fray Chriftoval de San Jofeph: Receptarum opinionum Moralium, tomo 1, in explicatione Bul- la Cruciate , part. 2. dubio 2. numero 13. pagin. mibi 131. Y ambos lo tienen por fuficientifsi- mo , y verdadero, en lo qual no parece puede dudaríe , fino es que feponga dolo en la verdad de can grave Religiofo , y fauto Prelado, den la depolicion de teltigos tan abonados, y tan mayo- res de toda excepcion , con injuria de aquel, ú de eltos,-4 que fejuntan las conjeturas (iguien- tes, que confirman no levemente lo dicho , O nos dán fuficiente fundamento para que lo creamos aísi. 4 Lo primero, porque“dicho Leandro, ha- viendo divulgado lo dicho en fuprimera imtpref- fion del año de 1641. explicando el nombre de dicho Ilultrifsimo feñor Araujo , y haviendole ima pugnado el doétifsimo Padre Maellro Mendo: delpues enla fegunda imprefsion , hecha el año de 11654. fiendo Obifpo de Segovia dicho feñor Araujo, lo buelve árepetir, explicando tambien, que fue dicho feñor, el que fe lo dixo. Y lo míímo divulgó dicho Fray Chriftoval de San Jo- feph., enel Tomo dicho , quegdió á la Prenía el año de 1656. fiendo todavia OBifpo de Segovia, el lobredicho Araujo , lo qual no fe atrevieran ¿ hacer en manera alguna, fino fuefe afsi. Nidi- ¿Cho feñor Obifpo Araujo , paísara porque le fu- pulicllen ello, pues no parece verifimil, que no Megalle á lus manos algun libro de los fobredi. chos Autores , O a¿lomenos la noticia de que lo divulgaban aísi. 5. Lo fegundo , porque dicho feñor Arau- jo , adbúec, viviendo Urbano VII. y defpues de dicha Conflitacion Urbana , enfeño elta ter-" cera fentencia, in voce, como lo dice ex Lean: dro , dicho Chrifloval de San Jofeph, ubi fu- pra, numero 14. y aísimiílmo la llevó, in de- cifionibus Moral, trali. 1. quef. 8. numer.28. fol. 51. fegun el dodtifsimo Moya en fus Quef. tiones Seleótas, tradi, 3. de Penitent. difput. 8. $. 2. numero 18. pagina mibi 360. Sed fc ef , que no fe debe creer de tan dodo Reli- gioío , y tinlorato Íugero , que fe atrevielfe ¿en- feñar la dicha opinion, defpues de la Conltita- cion Urbana , ( y mas viviendo todavia el dicho Urbano ) á no contarle que fe havia Íuplicado de ella: ergo,8c. 6 Lo tercero, porque la praxi contraria de la Cruzada , y de machos Religiofos , de quibis fupra , numero 96. y 97. pagina 128. del Tomo de las Propoficiones condenadas. Y Subfeccion a cerca del Articulo 7 en el Apologetico , rsmero 4. y $. pagina Y quizás fe funda en la dicha fuplica , pues lc defcubre apoyo mas leguró en que podere var, fiendo afsi, que no [e puede prefumir, ni ds Comiflario del Confejo de la Santa Cruzada, ni de tantos Religiofos, y Religiolas, como la han praca4 ticado , y praÉdtican , que quieran ir contra: (y conciencias , y hacer nulas , y facrilegas las co; feísiones : ergo ,8tc, a Lo quarto, porque no es leve indicio. de la dicha fuplica, ver , que el Comiffario de la Cruzada en el Sumario de la Bula, en Jena gua vulgar Hifpavica , no exceptúe á los Re ligiofos en quanto al dicho articulo de elégi Confeílor para los relervados,, y ver queno has ya exprellado nunca tal cofa en dicho Sumarios liendo afsi, que efle feria medio unico, y É lifsimo , para quitar del todo la probabillé 1 de laopinion contraria. Y fiendo afsi , que miel tras Jos Comillarios de la Cruzada no exprelo faren lo dicho en dicho Samario , O engaña á los Fieles Regulares en cofa graviísima E efta tercera opinion es probable , autboritate O" ratione , fegun el muy Reverendo, y dota Juan Martinez de Prado , cap. 6. de Bulla, quel. 5-$. 5. DUM. 31. pag. 276. ie S Explicafe lo dicho a fimili, porquecoma bien dicho Prado , mum. 32. antiguamente (fede cia- con generalidad En el Sumario de la Bula de la Cruzada , que los que la tomaflen podian fet abíueltos de todos los calos , aunque elluviek len contenidos en la Bula de la Cena : y entonces. era opinion probable , que por virtud dela Cru- zada fe podia abíolver de la heregia , porqueno | fe exceptuaba en la Bula efte delito, Y afsi. lo enfeñaron Soto, Cordova , O in fimili ; Lora Farinacio , y otros muchos Dodtores , legun die cho Prado. Pero defpues la Santidad de G::go XIIL. declaró, que no aprovechaba la Bula de M0 57 A Cruzada en quanto ¿la abíolucion de la here gia Y aísi, es improbable ya.el decir, que por la Bula de la Cruzada fe puede abío lver de la heregia, aund que feaoculta , por haverlo declarado una vr, fola el Ponrifice , como lo tienen diez y ocho Dodores , que cita »-y ligue Sanchez, lib. 2. ¿8 Ñ Decalogum , cap. 12. num. 10. Y lo milmo el doétiísimo Mendo , Trullench , Ignacio Lobo, y dicho Juan Martinez de Prado, que los'cita , y figue, abi fupra , num, 32. kde 9 Y la razon , porque una fola declaras * cion Pontificia fue baftante alli; para que ccffalo! te de todo puntola opinion contraria, fue : Poref que en el traffimpro en Efpañol de la BulajW fc añaden aquellas palabras : Excepto el crimen y delito de la beregía , aunque las tales pal bras no. eftán en la Bula Latina , como confia de ella mifma, y lonota el doctiísimo Mendo, di/p.24.c4p.12. núm.126. luego (argumenrando * a fimili) el medio unico para que cefafíe la probar 0. bilidad de la opinion , que afirma, quela Bala de la Cruzada , aprovecha ¿los Regulares en a 5 q A A ci PA:
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